Se reprograma una actividad cuya fecha ya había vencido
· hace 1 año
El acta se aprobó el 15 de enero de 2025, pero sustituye la fecha del informe preliminar, prevista para el 14 de enero, por el 30 de enero. El artículo 107 permite modificar el cronograma en cualquier etapa siempre que la enmienda afecte solo fases futuras; conviene verificar si esa actividad ya se había realizado antes de la aprobación.
“7. Informe Preliminar Evaluación de Ofertas Técnicas. Martes 14 … de enero de 2025 a las 04:00 p.m. 7. Informe Preliminar Evaluación de Ofertas Técnicas. Jueves 30 de enero de 2025 a las 04:00 p.m”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
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