La Enmienda No. 01, fechada el 16 de enero de 2025, modifica el numeral 7 del pliego para fijar un cronograma actualizado del proceso UASD-CCC-LPN-2024-0017, incluida la recepción de ofertas el 27 de enero de 2025. El documento vincula el ajuste a la suspensión anunciada del SECP durante la semana del 17 al 23 de enero.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda está fechada el 16 de enero de 2025, pero el cronograma incluido mantiene como fecha límite para emitir respuestas y enmiendas el 9 de enero. Esto deja sin aclarar cómo podían tramitarse consultas o cambios posteriores a la emisión de esta enmienda.
“Fecha: 16 de Enero del 2025. | ... | 4. Plazo para emitir respuesta y adendas/enmiendas por parte del CCC. | 09 de enero del 2025.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El cronograma establece la suscripción del contrato dentro de un plazo de hasta 20 días hábiles desde la notificación de adjudicación, pero también indica que su publicación será inmediata desde esa notificación. La secuencia no coincide con la regla reglamentaria que vincula la publicación al perfeccionamiento del contrato.
“19. Suscripción del (los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra o de servicios | No mayor a 20 días hábiles contados a partir de la notificación de adjudicación. | 20. Publicación del (los) contrato(s) en los portales: institucional y ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 167 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.
Cambios que introduce (1)
Sección
Antes
Después
Efecto
Numeral 7 del pliego: cronograma de actividadesFechas de consultas, presentación y evaluación de ofertas, adjudicación y formalización
El cronograma anterior no se reproduce en el documento.
Fija la recepción de ofertas para el 27/01/2025; notificación de habilitados para el 05/02; adjudicación para el 18/02; notificación para el 25/02; y suscripción del contrato en un máximo de 20 días hábiles desde la notificación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona