El acta del 15 de enero de 2025 aprueba la Enmienda No. 001-2025 del proceso CAASD-CCC-LPN-2024-0012. Modifica fechas del cronograma, extiende la vigencia de la oferta y cambia los períodos financieros exigidos; además, clasifica como no subsanables varios documentos técnicos, incluidas certificaciones de experiencia. No adjudica ni identifica ofertas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda declara no subsanables los ocho requisitos técnicos, aunque su propia nota incluye las certificaciones de experiencia entre los documentos de credenciales subsanables. El artículo 120 del Reglamento dispone la subsanabilidad de documentos relativos a credenciales cuando el requisito se cumplía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad, por lo que la clasificación general podría impedir corregir omisiones documentales admisibles y merece revisión.
“Nota: Podrá ser subsanada la presentación de los documentos que tengan el carácter de credenciales como certificaciones de experiencia, acorde a la definición establecida en el artículo 82 y en cumplimiento del artículo 120 del Decreto núm.” (pág. 5, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Numeral 6: Cronograma de actividadesFechas para garantía, suscripción y publicación del contrato
Garantía: 25/03/2025 a las 3:00 p. m.; suscripción: 31/03/2025 a las 4:00 p. m.; publicación: 04/04/2025 a las 4:00 p. m.
Garantía: 31/03/2025 a las 4:00 p. m.; suscripción: 07/04/2025 a las 4:00 p. m.; publicación: 11/04/2025 a las 4:00 p. m.
Relaja
Numeral 9: Contenido de la oferta técnicaVigencia de mantenimiento de oferta
Las ofertas debían estar vigentes hasta el 28/02/2025.
Las ofertas deben estar vigentes hasta el 31/03/2025.
Endurece
Numeral 9, acápite 9.2, sección DVigencia indicada en el requisito 5
Vigencia hasta el 24/03/2025.
Vigencia hasta el 31/03/2025.
Endurece
Numeral 9.1.2: Documentación técnicaSubsanabilidad de documentos técnicos y credenciales
La nota permitía subsanar documentos con carácter de credenciales, como certificaciones de experiencia; la lista no marcaba los ocho requisitos como no subsanables.
Los ocho requisitos listados —incluidos experiencia, referencias, documentos de choferes, vehículos y póliza— se identifican expresamente como “No Subsanable”.
Endurece
Numeral 10.1.2: Evaluación de documentación financieraPeríodos de información financiera requeridos
IR-2 y estados financieros auditados de los períodos fiscales 2022 y 2023, e interinos al 30/06/2024.
IR-2 y estados financieros auditados de los períodos fiscales 2023 y 2024, e interinos al 30/06/2024.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona