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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego Estandar INEFI-CCC-CP-2025-0001.pdf

COMPRA TICKETS DE COMBUSTIBLE PARA SER UTILIZADO EN LA DISTRIBUCION DEL PERSONAL Y GASTOS OPERATIVOS DE LA INSTITUCION CORRESPONDIENTE AL 1ER. TRIMESTRE 2025 ENERO-MARZO · Instituto Nacional de Educacion Fisica

Publicado el 13 ene de 202542 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INEFI-CCC-CP-2025-0001

Lo que dice

El pliego establece las condiciones de la comparación de precios INEFI-CCC-CP-2025-0001 para comprar tickets de gasolina destinados a la distribución de personal y gastos operativos del primer trimestre de 2025, con valor referencial de RD$5,600,000. Fija la recepción de ofertas para el 23 de enero de 2025 y la adjudicación prevista para el 19 de febrero de 2025. La evaluación técnica es cumple/no cumple y la adjudicación se basa en el menor precio entre las ofertas técnicamente habilitadas.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Diferencia entre oferta registrada y contrato en el portal

Documento del 13 ene 2025 · hace 1 año

Según los datos del portal aportados, Sigma Petroleum Corp, SAS figura con oferta de RD$0 en estado cargada/pendiente y con un contrato activo por RD$5,600,000; el pliego establece que gana el menor precio entre las ofertas técnicamente conformes. La diferencia puede deberse a un registro incompleto del portal, pero amerita cotejar el Sobre B, el informe económico y el acta de adjudicación.

“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación es adjudicación basada en menor precio, es decir, se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas téc”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación

Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego califica como no subsanable toda la documentación técnica

Documento del 13 ene 2025 · hace 1 año

La sección de documentación técnica está rotulada como no subsanable e incluye la evidencia de experiencia mínima de un año, que es documentación relativa a credenciales. El artículo 120 del Reglamento establece que los documentos de credenciales son subsanables si el requisito se cumplía al presentar la oferta o era inherente a la capacidad del oferente; la redacción puede excluir ofertas por una omisión documental subsanable.

“11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable … 4. Documentación que evidencie experiencia mínima de un (01) año, en cualquier de estos reglones; importación, distribución, ventas o comercialización de los bienes objeto de este proceso”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

A revisarHallazgo en documentos

La evaluación financiera no fija indicadores ni umbrales verificables

Documento del 13 ene 2025 · hace 1 año

El pliego plantea evaluar estabilidad, solvencia y liquidez mediante cumple/no cumple, pero enumera estados financieros e IR-2 sin definir ratios, valores mínimos ni otro método de comprobación. Esto deja indeterminado cómo se decidirá si la capacidad financiera cumple y puede dificultar la aplicación uniforme del criterio.

“La documentación financiera debe permitir validar que el oferente/proponente cuenta con estabilidad financiera para ejecutar satisfactoriamente el eventual contrato. En tal sentido, el Oferente/Proponente debe acreditar su capacidad financi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

Mínimo de 15 estaciones puede restringir la competencia

Documento del 13 ene 2025 · hace 1 año

El pliego exige que cada proveedor disponga de al menos 15 estaciones para canjear los tickets, sin explicar en este documento la necesidad técnica de ese mínimo. Al ser un requisito de acceso al proceso, conviene verificar su proporcionalidad y cuántos proveedores del mercado pueden cumplirlo.

“Estaciones de Combustibles: El proveedor deberá poseer como mínimo Quince (15) estaciones de combustibles disponibles para canjeo de los tickets.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

Se exige capacidad logística nacional aunque la entrega indicada es en Santo Domingo

Documento del 13 ene 2025 · hace 1 año

El pliego exige personal, equipos y transporte para entregas a nivel nacional y en zonas costeras, pero la tabla de lugar de entrega identifica una única ubicación en Santo Domingo. Esa exigencia logística puede elevar costos o limitar participantes si no corresponde a entregas adicionales especificadas en otra parte del expediente.

“El Oferente/Proponente, deberá contar con el personal, los equipos y el transporte para realizar las entregas de los requerimientos a nivel nacional y en las zonas costeras.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

Prórroga automática de la vigencia de las ofertas

Documento del 13 ene 2025 · hace 1 año

El pliego dispone que la oferta se prorroga automáticamente si el oferente no comunica su negativa con cinco días hábiles de anticipación. La Ley prevé que la entidad solicite una prórroga determinada y que el oferente pueda negarse sin perder la garantía; conviene comprobar que esta cláusula no se aplique como extensión obligatoria sin consentimiento y renovación de la garantía.

“Si no manifiesta en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Oferta con una antelación mínima de (5) días hábiles al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por el mismo plazo original o el que fije la ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 22

ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.

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Otros documentos del proceso (23)

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  • ACTO ADMINISTRATIVO.pdfPliego · 13 ene de 2025
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Documento · 13 ene de 2025
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