Transición presupuestaria motivó la cancelación del proceso
· hace 1 año
El acta consigna que la segunda enmienda no pudo aplicarse porque el preventivo pertenecía al ejercicio 2024 y decide cancelar y relanzar el proceso. Conviene verificar que el nuevo procedimiento cuente con apropiación presupuestaria vigente antes de convocarse; el documento no establece que la certificación original faltara.
“la misma no pudo ser aplicada debido al cambio de año, ya que el preventivo con el cual fue integrado se venció ya que el mismo pertenece al año presupuestario 2024”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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