El Acta núm. 165/2024, de fecha 2024-12-09, adjudica a Lermont Engineering Group, SRL el proceso MIREX-CCC-CP-2024-0030 para reparar y mantener aires acondicionados del MIREX, por RD$5,300,000.00, impuestos incluidos. Registra que en la apertura económica se presentó una sola oferta y ordena notificar la adjudicación y coordinar el inicio del servicio.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$5,300,000, mientras que el portal registra para Lermont un contrato modificado por RD$7,391,143, una diferencia de RD$2,091,143 (39.45%). La modificación está dentro del límite legal de hasta 50% para servicios, pero merece verificarse su fundamento, alcance y aprobación conforme a las reglas aplicables; la cifra del portal no permite determinar por sí sola cuándo ni bajo qué condiciones se formalizó el cambio.
“ADJUDICAR al oferente LERMONT ENGINEERING GROUP, SRL el procedimiento para la Contratación del Servicio de reparación y mantenimiento de aires acondicionados de diferentes áreas de este Ministerio de Relaciones Exteriores. (Proceso declarad”
ART. 31. La entidad contratante tendrá las facultades y obligaciones establecidas en esta ley, sin perjuicio de las que estuvieren previstas en otra legislación y en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones, o en la documentación contractual. Especialmente tendrá: 1) El derecho de interpretar administrativamente los contratos y de resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, el Organo Rector emitirá la opinión definitiva; 2) Podrá modificar, disminuir o aumentar hasta un veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original de la obra, siempre y cuando se mantenga el objeto, cuando se presenten circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el proceso de…
Reglamento 416-23, artículo 179 — Potestad de modificación de los contratos y órdenes de compra o servicios
Artículo 179. Potestad de modificación de los contratos y órdenes de compra o servicios. Los contratos y las órdenes de compra o de servicio podrán ser modificados de manera unilateral, como ejercicio de la facultad prevista en la ley, o por mutuo acuerdo y por las causas previamente establecidas en el pliego de condiciones. en ambos casos, siempre y cuando se mantenga el objeto de la contratación, se trate de circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el procedimiento de selección y esa sea la única forma de satisfacer plenamente el interés general. Párrafo. Para las causas previstas en el pliego de condiciones se deberá establecer de manera detallada, clara,…
Reglamento 416-23, artículo 181 — Procedimiento para la modificación del contrato
Artículo 181. Procedimiento para la modificación del contrato. La modificación del contrato se realizará agotando la forma y plazo establecidos en el pliego de condiciones. Cuando estas sean ambiguas o no se haya establecido un procedimiento, será el siguiente: 1. La institución contratante realizará un informe pericial en el cual se indique de manera detallada la causa que da lugar a la modificación. 2. La institución contratante notificará por escrito al contratista la intención de modificar el contrato u orden de compra o servicio, exponiendo de manera detallada y debidamente motivada la causa que la justifica, así como el informe pericial que avale la intención. 3. El proveedor tendrá…
El acta registra una sola oferta económica abierta. El portal lista además una oferta de Aldatis Technology, SRL por RD$5,150,558, pero el acta no explica si fue excluida antes de la apertura económica; conviene verificar esa evaluación, especialmente porque el acta describe el criterio como comparar precios con otros participantes. La oferta global predeterminada en el pliego puede explicar que el adjudicado recibiera exactamente RD$5,300,000, pero no resuelve la diferencia sobre las ofertas efectivamente comparadas.
“se efectuó el acto de Apertura de Ofertas Económicas (Sobres B) en presencia del Notario Público y los miembros del Comité de Compras y Contrataciones, siendo aperturada una (01) oferta económica (Sobres B): ➤ LERMONT ENGINEERING GROUP, SRL”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 128 — Evaluación de las ofertas económicas
Artículo 128. Evaluación de las ofertas económicas. Atendiendo al sistema de evaluación determinado en el pliego de condiciones y con apego irrestricto a los criterios de evaluación establecidos en este, los peritos responsables de evaluar las ofertas económicas procederán a la misma y dejarán constancia de sus ponderaciones y resultados en un informe de evaluación.
Según el historial aportado, Lermont tenía cinco contratos con el MIREX por RD$4,946,623 en los 24 meses anteriores; el acta le adjudica otros RD$5,300,000. Es un dato de concentración que puede revisarse junto con el universo de proveedores y adjudicaciones de la institución, sin que por sí solo indique una irregularidad.
“ADJUDICAR al oferente LERMONT ENGINEERING GROUP, SRL el procedimiento para la Contratación del Servicio de reparación y mantenimiento de aires acondicionados de diferentes áreas de este Ministerio de Relaciones Exteriores.”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…