El Comité de Compras y Contrataciones aprobó el informe definitivo de evaluación económica y adjudicó el 24 de diciembre de 2024 la compra de 3,000 kits de raciones alimenticias a P M Trinidad Suplidores de Alimentos, SRL, por RD$4,690,500.00. El acta consigna que se recibió una sola oferta y que esta cumplió los requisitos técnicos y económicos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta identifica una única empresa oferente y la adjudica. La participación de un solo oferente no demuestra por sí misma una irregularidad, pero reduce la competencia efectiva y merece verificar la difusión de la convocatoria y la respuesta del mercado.
“RESULTA: Que, las ofertas recibidas fueron de las siguientes empresas: En físico: P M Trinidad Suplidores de Alimentos SRL.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta adjudica RD$4,690,500.00, mientras los datos aportados del portal registran para la oferta de la adjudicataria RD$0 y estado «Cargada / Pendiente». Puede tratarse de un registro del portal atrasado o incompleto; conviene contrastar el expediente electrónico y la oferta económica.
“SEGUNDO: ACOGE la recomendación de adjudicación propuesta por los peritos designados, en tal sentido adjudica a la empresa P M Trinidad Suplidores de Alimentos SRL, la compra de tres mil (3,000) kits de raciones alimenticias para ser donada”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
P M Trinidad Suplidores de Alimentos, SRLEl acta indica que cumplió las especificaciones técnicas y económicas requeridas y fue seleccionada para la compra de 3,000 kits.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona