El Acto Administrativo núm. 006/2024, de 2025-01-02, aprueba enmiendas al pliego de la licitación para adquirir vehículos institucionales. Sustituye requisitos de documentación técnica, condiciones de las garantías y el cronograma, que fija la recepción de ofertas para el 2025-01-15 y la adjudicación para el 2025-02-18.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma sitúa el fin del período para subsanar el 28 de enero, pero fija la notificación de errores u omisiones para el 31 de enero. La secuencia consignada puede dejar sin oportunidad efectiva de responder a errores que se notificarían después del vencimiento.
“Notificación de errores u omisiones de naturaleza subsanables y solicitud de aclaraciones a la oferta técnica (artículos 120, 121 y 129 Reglamento núm. 416-23) | Viernes 31 de enero de 2025, hasta las 6:00 P.M. … Período de subsanación para”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 122 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 122 — Procedimiento para la subsanación
Artículo 122. Procedimiento para la subsanación. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones deberá notificar, de manera diligente y en igualdad de condiciones, a los oferentes para que subsanen en el plazo establecido en el cronograma de actividades del procedimiento, los errores u omisiones identificados en el informe de evaluación, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y vía correo electrónico que se encuentre registrado en el Registro Proveedor del Estado o en la propuesta técnica presentada. Párrafo I. El pliego de condiciones deberá fijar expresamente el plazo para subsanar, que deberá ser razonable en relación con los tiempos de convocatoria…
La enmienda exige que la garantía esté vigente hasta veinte días después de la fecha prevista para suscribir el contrato, pero fija el 14 de marzo como vencimiento y programa la suscripción para el 25 de febrero. El plazo y la fecha fija no parecen concordar; además, el reglamento computa como hábiles los plazos en días si no se indica que son calendario.
“que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato … Con una vigencia hasta el 14/03/2025 … Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra | Martes 25 de f”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 250 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 250 — Régimen de los plazos
Artículo 250. Régimen de los plazos. Los plazos establecidos en este reglamento se contarán siempre a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación o notificación, según corresponda. Siempre que en la ley o en este reglamento no se exprese de otro modo, los plazos señalados en días se entenderán como días hábiles y, para su cómputo, se excluirán los sábados, domingos y feriados. Cuando se indique que se trata de días calendario, los sábados, domingos y feriados se incluirán en el cómputo del plazo. En todos los casos, cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil subsiguiente.
La enmienda establece como no subsanable una carta vigente del fabricante que acredite al oferente como representante, distribuidor autorizado o concesionario de la marca, y exige al menos dos referencias de contratos u órdenes similares. Son condiciones vinculadas a la capacidad y garantía del suministro, pero conviene verificar su proporcionalidad y el efecto sobre la competencia en el mercado de vehículos.
“Carta vigente que le acredite como representante oficial, distribuidor autorizado y/o concesionario de la marca ofertada, emitido por el fabricante. (No subsanable). … Mínimo dos (2). (Subsanable)”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Numeral 11.1.2, documentación técnicaDocumentos técnicos, garantía del fabricante y experiencia
El contenido previo del numeral no se reproduce en la enmienda.
Exige oferta técnica detallada, carta de plazo de entrega y acreditación vigente de representante/distribuidor/concesionario oficial de la marca, estas tres no subsanables; garantía del fabricante de 3 a 5 años o 100,000 km y mínimo dos contratos u órdenes similares, ambos subsanables.
Aclara
Punto 11.2, garantía de seriedad de la ofertaMonto y vigencia de la garantía
El contenido previo del punto no se reproduce en la enmienda.
Fija una póliza equivalente al 1 % de la oferta, en pesos dominicanos, incondicional, irrevocable y renovable; dispone vigencia hasta veinte días después de la fecha prevista para suscribir el contrato y fija como fecha límite el 2025-03-14.
Aclara
Apartado 10 de la Sección II, garantía de fiel cumplimientoGarantía del adjudicatario
El contenido previo del apartado no se reproduce en la enmienda.
Establece garantía de 4 % de la adjudicación, o 1 % para adjudicatarios certificados como MIPYME; plazo de cinco días hábiles, o diez para adjudicatario extranjero, y vigencia hasta la liquidación del contrato.
Aclara
Apartado 8 de la Sección I, cronogramaFechas y etapas del procedimiento
El contenido previo del cronograma no se reproduce en la enmienda.
Fija recepción y apertura técnica para el 2025-01-15, apertura económica para el 2025-02-03 y adjudicación para el 2025-02-18; incluye fechas de subsanación y de formalización contractual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…