El Comité de Compras y Contrataciones adjudicó el 17 de diciembre de 2024 el proceso AYT.ZAMBRANA.CCC.CP.2024-0001, dividido en dos lotes. Vicente Luna Ingeniería, Agrimensura, Tasación recibió el lote 1 por RD$6,960,430.98 y Aneury Rafael Galán Rodríguez el lote 2 por RD$4,917,339.03; el total adjudicado es RD$11,877,770.01.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$6,960,430.98 y RD$4,917,339.03, pero los datos del portal suministrados muestran ambas ofertas como RD$0 y pendientes, aunque el proceso figura adjudicado y celebrado. Conviene conciliar la publicación electrónica con el acta; podría tratarse de información del portal atrasada o incompleta.
“Ing. VICENTE LUNA INGENIERIA, AGRIMENSURA, TASACION | [RNC] | , Lote 1- CONSTRUCCIÓN DE ACERAS Y CONTENES EN TOJIN, LAS CAOBAS Y EL COTORRO | RD$6,960.430.98 ING. ANEURY RAFAEL GALAN RODRIGUEZ | Lote 2- CONSTRUCCIÓN DE ACERAS Y CONTEN”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
El acta identifica el proceso como dirigido a MIPYMES, mientras que la ficha del portal indica que no está reservado a ese sector. La discrepancia debe verificarse porque la condición puede incidir en quién podía participar; el dato del portal podría estar desactualizado o no reflejar la convocatoria.
“CONSTRUCCIÓN DE ACERAS Y CONTENES EN LAS LOCALIDADES DE TOJIN, LAS CAOBAS, EL COTORRO, EL MANGO Y COROSITO, EN ESTA JUNTA DEL DISTRITO DE ZAMBRANA ABAJO, PARA MIPYMES”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 157 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 157 — Convocatoria
Artículo 157. Convocatoria. Las instituciones contratantes al momento de realizar las convocatorias para la compra y contratación de bienes, servicios y obras deberán indicar expresamente que se trata de un procedimiento de selección dirigido exclusivamente para MIPYMES e indicar, según corresponda, si se trata de MIPYMES en general, de MIPYMES mujeres o de MIPYMES de fabricación o producción industrial.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona