Apropiación certificada muy inferior al monto estimado
· hace 1 año
El certificado consigna RD$400,000 como monto del proceso, mientras que el portal registra una estimación de RD$20,000,000, una diferencia de RD$19,600,000. El artículo 69 del Reglamento 416-23 exige saldo suficiente para cubrir el monto total; conviene verificar si hubo otra certificación que completara la apropiación o si este certificado correspondía solo a una parte.
“MONTO DEL PROCESO | 400,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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