La Circular núm. 1, emitida el 23 de diciembre de 2024, modifica el numeral 7 del pliego sobre entregables y cronograma del proceso de adquisición de extintores. Establece que las fechas de entrega se calculan desde la suscripción del contrato, que el cronograma se expresa en días hábiles y que el oferente debe tener disponibles en su almacén los bienes de la primera entrega, sujetos a verificación del INAIPI.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Numeral 7. Entregables y cronogramaCómputo de fechas, unidades de tiempo y cantidades por entrega | Redacción anterior del numeral 7, no reproducida en la enmienda. | Las fechas de entrega se calculan desde la suscripción del contrato; el cronograma se expresa en días hábiles e incluye cantidades requeridas por entrega para los artículos. | Aclara |
| Numeral 7. Entregables y cronogramaDisponibilidad de bienes para la primera entrega | La enmienda no reproduce la exigencia anterior sobre disponibilidad en almacén. | El oferente debe tener en su almacén los bienes programados para la primera entrega; el INAIPI se reserva el derecho de visitar los almacenes para validar la disponibilidad. | Endurece |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona