La solicitud, fechada el 23 de diciembre de 2024, invita a La Hogareña, SRL a presentar una propuesta por contratación directa bajo la excepción de proveedor único para alquilar el Almacén Hainamosa durante tres años, de enero de 2025 a enero de 2028. Fija como plazo de recepción el 15 de enero de 2025 a las 12:00 y consigna un cronograma que programa la adjudicación para el 21 de febrero de 2025. El monto no figura en este documento; el portal registra un monto estimado de RD$18,475,429.20 y el acta posterior reseñada en el expediente registra la adjudicación a la empresa por RD$18,475,429.32.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El resumen del acta posterior indica que la adjudicación fue fechada el 30 de enero de 2025, aunque el cronograma de esta solicitud sitúa la evaluación de subsanaciones hasta el 4 de febrero, otras subsanaciones hasta el 12 de febrero y la adjudicación el 21 de febrero. La diferencia merece verificarse contra posibles cambios de cronograma y las fechas efectivas de evaluación.
“9. Ponderación y Evaluación de Subsanaciones: hasta el martes 4 de febrero 2025 … 13. Adjudicación: viernes 21 de febrero 2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
El pliego prevé descalificar al oferente si no logra demostrar la inexactitud de los indicios identificados en la debida diligencia. Esta regla merece revisión porque vincula la descalificación a que el oferente refute indicios, en vez de describir cómo se verifican y sustentan antes de decidir; el documento también contempla comunicar los indicios y recibir alegatos.
“Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo estipulado, no se refiere a lo solicitado o no logra demostrar la inexactitud de los indicios identificados, quedará descalificado.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 119 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 119 — Evaluación de las ofertas técnicas
Artículo 119. Evaluación de las ofertas técnicas. Los peritos responsables de evaluar las ofertas técnicas, previamente designados por el Comité de Compras y Contrataciones o por la Dirección Administrativa y Financiera, procederán a verificar minuciosamente las credenciales y evaluar la oferta técnica de los oferentes. Párrafo I. Al evaluar las credenciales, los peritos deberán examinar detenidamente la documentación presentada y asegurarse de la veracidad de la información proporcionada por los oferentes, así como verificar que éstos cumplen con los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones. Párrafo II. Los peritos deben emitir un informe preliminar mediante un acto…
La solicitud se dirige a La Hogareña y clasifica el proceso como proveedor único, por lo que esta convocatoria no abre una competencia entre varios proveedores. El alquiler de un inmueble determinado puede tener una fuente única; procede verificar que la justificación del expediente sustente esa condición, cuya existencia no queda establecida solo por esta solicitud.
“Señores: La Hogareña, SRL … Proceso de Excepción-Proveedor único”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
La solicitud identifica a La Hogareña como proveedor del alquiler y exige acreditar el rubro de servicios inmobiliarios. Según la información registral aportada, la actividad DGII consultada en 2026 es venta mayorista de artefactos para el hogar; ese dato posterior no determina cuál era su actividad al ofertar, pero justifica verificar su capacidad y actividad habilitante en la fecha del proceso.
“Registro Nacional de Proveedores del Estado (RPE) en estatus "activo", emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, donde se pueda constatar que el Oferente posee los rubros/ actividad comercial Núm. (SERVICIOS INMOBILIARIOS”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
La Hogareña, SRLLa solicitud la identifica como destinataria para presentar propuesta. Según el resumen del acta posterior de adjudicación, fue adjudicada tras cumplir las evaluaciones técnica, financiera y legal.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona