La Circular núm. 01, de fecha 2024-12-19, responde consultas de oferentes sobre la licitación PROMESE/CAL-CCC-LPN-2024-0015 y remite a la Enmienda I para cambios de cronograma y vigencia de las ofertas. Aclara requisitos de registros sanitarios y fichas técnicas, y admite alternativas de rotulación para ciertos medicamentos y para las tres primeras entregas, sujetas a carta compromiso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se flexibiliza la verificación de que la leyenda conste en ambos envases y de que la rotulación provenga del fabricante.; La etiqueta y la carta compromiso sustituyen temporalmente la presentación ordinaria de la leyenda en el envase..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Respuestas 10 y 11; rotulación de envasesPermitir que el empaque secundario complemente la información del primario y lleve manualmente la leyenda de uso exclusivo
El pliego requería que los envases primarios y secundarios estuvieran identificados con la leyenda «Uso Exclusivo PROMESE/CAL».
Para algunos medicamentos específicos, se acepta que el empaque secundario complemente al primario; también se permite colocar manualmente un sticker o label en el empaque secundario, con carta compromiso.
RelajaQuita un control: Se flexibiliza la verificación de que la leyenda conste en ambos envases y de que la rotulación provenga del fabricante.
Respuesta 6; cronograma de entregaRotulación alternativa durante las primeras entregas
La leyenda «uso exclusivo de PROMESE/CAL» debía constar en la identificación exigida para los envases.
Se permiten las tres primeras entregas con la leyenda en una etiqueta o label, junto con una carta compromiso.
RelajaQuita un control: La etiqueta y la carta compromiso sustituyen temporalmente la presentación ordinaria de la leyenda en el envase.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona