La Enmienda No. 1 del proceso OPRET-CCC-CP-2024-0025, expedida el 19 de diciembre de 2024, anexa un listado de cantidades actualizado y modifica criterios financieros y fechas del pliego. Entre otros cambios, incorpora un criterio diferenciado para MIPYMES, fija la vigencia de la garantía de seriedad al 24 de febrero de 2025 y corrige la recepción de ofertas técnicas y económicas al 23 de diciembre de 2024 a las 10:00 p. m. La respuesta sobre la apropiación presupuestaria mantiene el uso de RD$100,000 y anuncia que el monto correspondiente al gasto de 2025 será actualizado.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda registra que se utiliza una certificación de RD$100,000 frente a un monto estimado de RD$175,507,612.74, y la respuesta dice que el monto correspondiente al gasto de 2025 será actualizado, sin consignar aquí esa actualización. El artículo 69 del Reglamento 416-23 exige que exista saldo suficiente para cubrir el monto total que se pagará durante el año; conviene verificar la certificación aplicable al ejercicio 2025 y su publicación.
““Se aprecia que el certificado de apropiación presupuestaria aportado a los fines del proceso da fe de que la institución cuenta y hace reserva con un monto de RD$ 100,000.00 dentro del presupuesto del año 2024.” … “Y dicho contrato se ejec”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce para MIPYMES la exigencia financiera respecto del criterio alternativo de capital de trabajo referido al monto estimado del proceso..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Listado de cantidades previo, sin detalle de sus valores en esta enmienda.
Se anexa un listado de cantidades actualizado; esta enmienda no detalla las diferencias.
Neutral
Documentación financiera, numeral 11.1, pág. 14Criterio financiero diferenciado para MIPYMES
Como alternativa, capital de trabajo mayor o igual al 15% del monto estimado por OPRET para el proceso.
Se agrega un apartado diferenciado para MIPYMES: línea de crédito bancaria o comercial limitada al 10% del monto del contrato.
RelajaQuita un control: Reduce para MIPYMES la exigencia financiera respecto del criterio alternativo de capital de trabajo referido al monto estimado del proceso.
Garantía de seriedad de la oferta, numeral 11.2, pág. 18Vigencia de la garantía y de la oferta
Vigencia hasta la suscripción del contrato y emisión de órdenes de compra o servicios, conforme al cronograma; plazo indicado de 90 días.
La vigencia se fija hasta el 24 de febrero de 2025.
Aclara
Presentación de ofertas, pág. 35Fecha límite de recepción
20 de diciembre de 2024 a las 10:00.
23 de diciembre de 2024 a las 10:00 p. m.
Relaja
Garantía de fiel cumplimiento, numeral 10, pág. 40Vigencia de la garantía
El pliego no contemplaba su vigencia, según lo señalado en la enmienda.
Se establece una vigencia mínima de seis meses a partir del contrato, con referencia al 28 de julio de 2025.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
LISTA DE CANTIDADES PINTURA Y CORRECION DE FILTRACIONES L1 y L2 MSD.xlsx