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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 597-26

QUE CONCEDE LA CONDECORACIÓN DE LA ORDEN DEL MÉRITO DE DUARTE, SÁNCHEZ Y MELLA EN EL GRADO DE GRAN CRUZ PLACA DE PLATA, AL HISTORIADOR DOMINICANO Y EXMINISTRO DR. FRANK MOYA PONS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 ago de 2026fecha
Condecoracióntipo
G. O. 11259Gaceta Oficial del 9 sept de 2026
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 597-26 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Gran Cruz Placa de Plata, al historiador dominicano y exministro Dr. Frank Moya Pons. G. O. núm. 11259 del 9 de septiembre de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 597-26 CONSIDERANDO: Que la Constitución dominicana faculta al presidente de la República para otorgar reconocimientos a ciudadanos cuyos méritos y aportes hayan contribuido al fortalecimiento de la Nación y a la preservación de sus valores históricos y culturales. CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 1113, del 26 de mayo de 1936, que crea la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte, modificada por la Ley núm. 3916, del 9 de septiembre de 1954, que la denomina “Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella”, instituye esta alta distinción para reconocer los servicios distinguidos prestados a la Patria y los trabajos y aportes relevantes, constituyendo un medio para honrar a quienes, mediante una destacada trayectoria, han contribuido al desarrollo de los valores de la sociedad dominicana. CONSIDERANDO: Que la Academia Dominicana de la Historia, institución dedicada al conocimiento, estudio y difusión del pasado, particularmente de la historia de la Nación dominicana, conmemora el nonagésimo quinto aniversario de su fundación. CONSIDERANDO: Los altos merecimientos del distinguido intelectual doctor Frank Moya Pons, historiador, escritor y académico, expresidente de la Academia Dominicana de la Historia y exministro de Medio Ambiente, cuya trayectoria y labor han contribuido al enriquecimiento de la bibliografía histórica nacional. CONSIDERANDO: Que el Dr. Frank Moya Pons es uno de los más destacados historiadores dominicanos contemporáneos, cuya producción intelectual ha contribuido al conocimiento y difusión de la historia nacional, destacándose su obra “Manual de Historia Dominicana”, referente para el estudio de la historia dominicana durante varias generaciones. CONSIDERANDO: Que en el marco de la conmemoración del nonagésimo quinto aniversario de la fundación de la Academia Dominicana de la Historia, resulta oportuno reconocer la trayectoria, los méritos y los aportes del Dr. Frank Moya Pons al estudio de la historia y la memoria de la Nación dominicana. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 1113, del 26 de mayo de 1936, que crea la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte, modificada por la Ley núm. 3916, del 9 de septiembre de 1954, que denomina la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte “Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella”. VISTO: El artículo 6 del Decreto núm. 186, del 23 de julio de 1931, que crea la Academia Dominicana de la Historia, el cual dispone su fundación el 16 de agosto de 1931. VISTA: La propuesta del presidente de la Academia Dominicana de la Historia, Miguel Reyes Sánchez, del 4 de agosto de 2026. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Gran Cruz Placa de Plata, al historiador y exministro Dr. Frank Moya Pons. ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER CORONA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona