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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 572-26

QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 1 Y 2 DEL DECRETO NÚM. 556-26. DESIGNA AL SEÑOR JOEL ADRIÁN SANTOS ECHAVARRÍA, PRESIDENTE DEL CONSEJO UNIFICADO DE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE ELECTRICIDAD (CUED) Y COORDINADOR DEL GABINETE DE ENERGÍA, Y DEJA SIN EFECTO LA DESIGNACIÓN CONTENIDA EN EL DECRETO NÚM. 667-23.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 ago de 2026fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 11258Gaceta Oficial del 27 ago de 2026
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 572-26 que modifica los artículos 1 y 2 del Decreto núm. 556-26. Designa al señor Joel Adrián Santos Echavarría, Presidente del Consejo Unificado de las Empresas Distribuidoras de Electricidad (CUED) y Coordinador del Gabinete de Energía, y deja sin efecto la designación contenida en el Decreto núm. 667-23. G. O. núm. 11258 del 27 de agosto de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 572-26 CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, en su artículo 128, numeral 2, literal a), confiere al presidente de la República la atribución de nombrar y remover a los funcionarios públicos cuya designación le corresponda, de conformidad con la Constitución y las leyes. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto del 2012, Orgánica de la Administración Pública. VISTO: El párrafo V del artículo 46 del Reglamento de Aplicación de la Ley 247-12, del 9 de agosto del 2012, Orgánica de la Administración Pública. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se modifican los artículos 1 y 2 del decreto 556-26 del 16 de agosto de 2026, para que se lea de la manera siguiente: ARTÍCULO 1. Joel Adrián Santos Echavarría queda designado presidente del Consejo Unificado de las Empresas Distribuidoras de Electricidad (CUED) y Coordinador del Gabinete de Energía, en adición a sus funciones de Ministro de Energía y Minas. ARTÍCULO 2. Se deja sin efecto la designación relativa al Consejo Unificado de las Empresas Distribuidoras de Electricidad (CUED) contenida en el Decreto 667-23 del 29 de diciembre de 2023. ARTÍCULO 2. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona