miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 533-26

QUE CONCEDE PENSIONES DEL ESTADO A 124 SERVIDORES PÚBLICOS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 ago de 2026fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 11258Gaceta Oficial del 27 ago de 2026
Poder Ejecutivoórgano
124personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Adys Enriqueta Peralta PeraltaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Aglisberto Ydelfonzo Suarez CortorrealEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Altagracia Diaz RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Amarfis Victoria Ferreras Rivera de BanderaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Amparo PadillaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Beatriz Peña Peña de FerreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Josefina Diaz de JesusEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Anastalia de Peña de BockEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Andres Modesto Cruz DuranEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Angel Yonis Garcia CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Antonia Roa TapiaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Anyelina Matos FerrerasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Aracelis Mercedes Flete MirandaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Bartolo Ramon GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Belkis del Carmen Peralta TorresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Bernardo LopezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Candelaria Mateo FernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Celeste Fabian BeltreEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Rosa Tejada Lopez de GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Celeste Maria Abreu de BaezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cesar Euclides VizcainoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cesar Feliz FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cresencio Hermogenes de la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cristina C de la Cruz RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cristina de Jesus GermanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Danele Maria Mejia MinayaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dilenia Mercedes Paulino QuezadaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo AriasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dominica Elizabeth TorresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domitila Margarita Antonia Camilo CamiloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dora Altagracia Rodriguez de CasimiroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eladia Teresa Ruiz CastroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elias Bienvenido PujolsEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elvin Antonio Madera JimenezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Emma Mercedes Maria CorderoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fausto Antonio Cruz RiveraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felipe Perez PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felipe Vinicio FerreiraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felix Rafael Guzman SuarezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fidelia Garcia AlmanzarEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Florencio Ozoria FelixEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisca Duran Hernandez de JimenezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisco Ramon Rodriguez NuñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gabriela Narcisa Ozoria GironEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Geanette Jimenez RojasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gelacia Dishmey MercedesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Geraldo Encarnacion RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gladys Santana RojasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Grabiela Peña RomanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gregoria Ureña RondonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hector Antigua FriasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hilaria Hernandez GenaoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Hilda Maria BlancoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ignacio Andres Soriano NovaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Irene Evangelista Jimenez CarrascoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jacqueline Altagracia Aquino OzunaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jorge Alberto Polanco DajerEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Danilo Sandoval PaulinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Joaquin Rosario VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Maria Garcia MorenoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Josefina Cuello NatalioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Josefina Frometa de LeonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Bautista Estevez CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Esteban BernalEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Ramon de los Santos GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Ramon GuerreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juana Belgica de la Cruz VargasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juana del Carmen Torres JaquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juana Hilaria Reyes de SolanoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juana Sencion Placencia de OvalleEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio Marcelino Acevedo PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julio Rafael Zorrilla JaquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Justina Lopez CabreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Liliana del Carmen Peralta SurielEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lino Ortega FriasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Llery Antonio Rodriguez MarmolEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lucrecia Nuñez NuñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Magalis Altagracia Fermin DuranEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel de Jesus Mateo DuranEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel Demetrio Valoy de los SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marcelino Antonio LuisEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Margarita Severino RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Josefina de LeonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Teresa Leon Paulino de RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maricela Maura Sanchez RosisEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mario Bienvenido Moreno PoloniaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mariza de la Cruz HernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marta Virgen Santos de Jesus de LirianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mary de la Altagracia CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Matea Fabian VasquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maxima Florentina Lopez LopezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miguel Omar Pou PayanoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Milagros Altagracia Tejeda SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miledys Altagracia Brito OrtizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Minerva Maria Peña PeraltaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nancy del Carmen Santiago UreñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nania Gestrudes Ramirez de CarrascoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Natalia CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Neris Garcia CletoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pablo Beltre CuevasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Patricia de Jesus Then MenasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Paula Lopez RicourtEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Pablo Disla BurgosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro SabaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Antonio Ruiz PolancoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rhadames GuerreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rhaiza Cristiana Peguero PaulinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Roberto Antonio Sanchez GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Roberto Miguel Sandoval MarmolEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Delia Gomez Peña de GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Julia Soriano Martinez de MatosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Roxanna Elizabeth Perez FloresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Santa Gonzalez ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Santiago ValdezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Simona de la Cruz SolanoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Teresa Maria Duran AquinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Tomasina Familia Suero de DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Valerio Diaz RivasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Victor Manuel Baez OgandoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Virgilio Mercedes de los SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Xiomara Libertad Delmonte AriasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Yrenes Maria Fajardo ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ysaias Morillo FerreiraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 533-26 que concede pensiones del Estado a 124 servidores públicos. G. O. núm. 11258 del 27 de agosto de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 533-26 CONSIDERANDO: Que el artículo 60 de la Constitución de la República Dominicana consagra el Derecho Fundamental a la Seguridad Social, estableciendo que toda persona tiene derecho a la misma y que el Estado promoverá su desarrollo progresivo, a fin de garantizar el acceso universal a una protección adecuada frente a contingencias como la enfermedad, la discapacidad, la desocupación y la vejez. CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado (DGJP) es una dependencia del Ministerio de Hacienda y Economía, que tiene como propósito administrar el Sistema de Reparto amparado en la Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, la cual crea un nuevo Régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado dominicano para Funcionarios y Empleados Públicos. CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 494-06, del 27 de diciembre de 2006, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda y Economía), se encarga de administrar los fondos públicos generados por las cotizaciones de los ciudadanos en su vida laboral activa y del presupuesto que le es asignado conforme a la ley, destinado a hacer efectivo el pago de las pensiones que indican las leyes y planes correspondientes a tales fines. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado. VISTA: La Ley núm. 494-06, del 27 de diciembre de 2006, sobre Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda y Economía). VISTA: La Ley núm. 45-25, del 21 de julio de 2025, que dispone la fusión del Ministerio de Hacienda con el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo y deroga la Ley núm. 496-06, del 28 de diciembre de 2006, que crea la Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo. VISTA: La Resolución núm. 496-25, del 18 de julio de 2025 y sus modificaciones, sobre Procesos Operativos para las Administradoras de Fondos de Pensiones, Fondos y Planes Sustitutivos, de la Superintendencia de Pensiones. VISTO: El oficio DGJP-2026-04681, del 9 de junio de 2026, del Director General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, dirigido al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado dominicano por antigüedad en el servicio a los siguientes servidores públicos: Monto Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y RD$ electoral ADYS ENRIQUETA PERALTA PERALTA [cédula] 10,000.00 AGLISBERTO YDELFONZO SUAREZ CORTORREAL [cédula] 80,000.00 ALTAGRACIA DIAZ RAMIREZ [cédula] 10,000.00 AMARFIS VICTORIA FERRERAS RIVERA DE BANDERA [cédula] 10,000.00 AMPARO PADILLA [cédula] 14,400.00 ANA BEATRIZ PEÑA PEÑA DE FERRERA [cédula] 10,395.00 ANA JOSEFINA DIAZ DE JESUS [cédula] 28,499.59 ANASTALIA DE PEÑA DE BOCK [cédula] 28,698.85 ANDRES MODESTO CRUZ DURAN [cédula] 68,048.00 ANGEL YONIS GARCIA CASTILLO [cédula] 24,000.00 ANTONIA ROA TAPIA [cédula] 23,733.33 ANYELINA MATOS FERRERAS [cédula] 43,948.72 ARACELIS MERCEDES FLETE MIRANDA [cédula] 23,753.87 BARTOLO RAMON GONZALEZ [cédula] 10,000.00 BELKIS DEL CARMEN PERALTA TORRES [cédula] 10,193.04 BERNARDO LOPEZ [cédula] 10,000.00 CANDELARIA MATEO FERNANDEZ [cédula] 10,000.00 CARMEN CELESTE FABIAN BELTRE [cédula] 52,639.29 CARMEN ROSA TEJADA LOPEZ DE GONZALEZ [cédula] 46,200.00 CELESTE MARIA ABREU DE BAEZ [cédula] 28,499.59 CESAR EUCLIDES VIZCAINO [cédula] 10,500.00 CESAR FELIZ FELIZ [cédula] 72,000.00 CRESENCIO HERMOGENES DE LA CRUZ [cédula] 10,000.00 CRISTINA C DE LA CRUZ RODRIGUEZ [cédula] 10,000.00 CRISTINA DE JESUS GERMAN [cédula] 10,000.00 DANELE MARIA MEJIA MINAYA [cédula] 25,111.49 DILENIA MERCEDES PAULINO QUEZADA [cédula] 24,937.14 DOMINGO ARIAS [cédula] 46,250.00 DOMINICA ELIZABETH TORRES [cédula] 28,000.00 DOMITILA MARGARITA ANTONIA CAMILO CAMILO [cédula] 24,694.44 DORA ALTAGRACIA RODRIGUEZ DE CASIMIRO [cédula] 21,281.96 ELADIA TERESA RUIZ CASTRO [cédula] 40,000.00 ELIAS BIENVENIDO PUJOLS [cédula] 80,000.00 ELVIN ANTONIO MADERA JIMENEZ [cédula] 10,000.00 EMMA MERCEDES MARIA CORDERO [cédula] 28,499.59 FAUSTO ANTONIO CRUZ RIVERA [cédula] 18,480.00 FELIPE PEREZ PEREZ [cédula] 10,000.00 FELIPE VINICIO FERREIRA [cédula] 10,882.86 FELIX RAFAEL GUZMAN SUAREZ [cédula] 12,210.00 FIDELIA GARCIA ALMANZAR [cédula] 10,000.00 FLORENCIO OZORIA FELIX [cédula] 10,500.00 FRANCISCA DURAN HERNANDEZ DE JIMENEZ [cédula] 54,000.00 FRANCISCO RAMON RODRIGUEZ NUÑEZ [cédula] 36,458.38 GABRIELA NARCISA OZORIA GIRON [cédula] 21,524.14 GEANETTE JIMENEZ ROJAS [cédula] 25,884.44 GELACIA DISHMEY MERCEDES [cédula] 35,429.17 GERALDO ENCARNACION RAMIREZ [cédula] 10,000.00 GLADYS SANTANA ROJAS [cédula] 29,385.53 GRABIELA PEÑA ROMAN [cédula] 10,000.00 GREGORIA UREÑA RONDON [cédula] 28,499.59 HECTOR ANTIGUA FRIAS [cédula] 63,333.33 HILARIA HERNANDEZ GENAO [cédula] 10,000.00 HILDA MARIA BLANCO [cédula] 10,000.00 IGNACIO ANDRES SORIANO NOVA [cédula] 80,000.00 IRENE EVANGELISTA JIMENEZ CARRASCO [cédula] 36,509.96 JACQUELINE ALTAGRACIA AQUINO OZUNA [cédula] 39,312.00 JORGE ALBERTO POLANCO DAJER [cédula] 80,000.00 JOSE DANILO SANDOVAL PAULINO [cédula] 13,200.00 JOSE JOAQUIN ROSARIO VARGAS [cédula] 63,657.67 JOSE MARIA GARCIA MORENO [cédula] 10,000.00 JOSEFINA CUELLO NATALIO [cédula] 17,600.00 JOSEFINA FROMETA DE LEON [cédula] 19,533.33 JUAN BAUTISTA ESTEVEZ CASTILLO [cédula] 10,000.00 JUAN ESTEBAN BERNAL [cédula] 31,339.92 JUAN RAMON DE LOS SANTOS GONZALEZ [cédula] 78,000.00 JUAN RAMON GUERRERO [cédula] 40,000.00 JUANA BELGICA DE LA CRUZ VARGAS [cédula] 24,937.14 JUANA DEL CARMEN TORRES JAQUEZ [cédula] 28,698.85 JUANA HILARIA REYES DE SOLANO [cédula] 10,000.00 JUANA SENCION PLACENCIA DE OVALLE [cédula] 44,000.00 JULIO MARCELINO ACEVEDO PEREZ [cédula] 16,800.00 JULIO RAFAEL ZORRILLA JAQUEZ [cédula] 49,645.34 JUSTINA LOPEZ CABRERA [cédula] 28,698.85 LILIANA DEL CARMEN PERALTA SURIEL [cédula] 10,000.00 LINO ORTEGA FRIAS [cédula] 10,000.00 LLERY ANTONIO RODRIGUEZ MARMOL [cédula] 39,222.22 LUCRECIA NUÑEZ NUÑEZ [cédula] 29,746.61 MAGALIS ALTAGRACIA FERMIN DURAN [cédula] 11,555.56 MANUEL DE JESUS MATEO DURAN [cédula] 40,000.00 MANUEL DEMETRIO VALOY DE LOS SANTOS [cédula] 23,066.67 MARCELINO ANTONIO LUIS [cédula] 16,496.87 MARGARITA SEVERINO RODRIGUEZ [cédula] 11,682.00 MARIA JOSEFINA DE LEON [cédula] 24,177.78 MARIA TERESA LEON PAULINO DE RODRIGUEZ [cédula] 46,488.89 MARICELA MAURA SANCHEZ ROSIS [cédula] 21,544.69 MARIO BIENVENIDO MORENO POLONIA [cédula] 80,000.00 MARIZA DE LA CRUZ HERNANDEZ [cédula] 80,000.00 MARTA VIRGEN SANTOS DE JESUS DE LIRIANO [cédula] 28,499.59 MARY DE LA ALTAGRACIA CASTILLO [cédula] 10,144.34 MATEA FABIAN VASQUEZ [cédula] 28,698.85 MAXIMA FLORENTINA LOPEZ LOPEZ [cédula] 56,000.00 MIGUEL OMAR POU PAYANO [cédula] 62,000.00 MILAGROS ALTAGRACIA TEJEDA SANCHEZ [cédula] 21,281.96 MILEDYS ALTAGRACIA BRITO ORTIZ [cédula] 35,181.34 MINERVA MARIA PEÑA PERALTA [cédula] 47,054.58 NANCY DEL CARMEN SANTIAGO UREÑA [cédula] 24,510.50 NANIA GESTRUDES RAMIREZ DE CARRASCO [cédula] 10,000.00 NATALIA CRUZ [cédula] 25,111.49 NERIS GARCIA CLETO [cédula] 28,698.85 100 PABLO BELTRE CUEVAS [cédula] 10,000.00 101 PATRICIA DE JESUS THEN MENAS [cédula] 28,698.85 102 PAULA LOPEZ RICOURT [cédula] 26,550.00 103 PEDRO PABLO DISLA BURGOS [cédula] 42,519.92 104 PEDRO SABA [cédula] 10,000.00 105 RAFAEL ANTONIO RUIZ POLANCO [cédula] 14,816.67 106 RAFAEL CASTILLO [cédula] 10,000.00 107 RHADAMES GUERRERO [cédula] 13,315.09 108 RHAIZA CRISTIANA PEGUERO PAULINO [cédula] 19,043.74 109 ROBERTO ANTONIO SANCHEZ GONZALEZ [cédula] 49,875.60 110 ROBERTO MIGUEL SANDOVAL MARMOL [cédula] 53,820.64 111 ROSA DELIA GOMEZ PEÑA DE GONZALEZ [cédula] 42,800.00 112 ROSA JULIA SORIANO MARTINEZ DE MATOS [cédula] 38,066.67 113 ROXANNA ELIZABETH PEREZ FLORES [cédula] 52,000.00 114 SANTA GONZALEZ REYES [cédula] 25,111.49 115 SANTIAGO VALDEZ [cédula] 10,000.00 116 SIMONA DE LA CRUZ SOLANO [cédula] 28,499.59 117 TERESA MARIA DURAN AQUINO [cédula] 28,499.59 118 TOMASINA FAMILIA SUERO DE DIAZ [cédula] 28,698.85 119 VALERIO DIAZ RIVAS [cédula] 12,127.50 120 VICTOR MANUEL BAEZ OGANDO [cédula] 11,839.33 121 VIRGILIO MERCEDES DE LOS SANTOS [cédula] 10,000.00 122 XIOMARA LIBERTAD DELMONTE ARIAS [cédula] 31,500.00 123 YRENES MARIA FAJARDO REYES [cédula] 56,355.56 124 YSAIAS MORILLO FERREIRA [cédula] 21,000.00 ARTÍCULO 2: En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión del Estado, éstos podrán optar por la pensión que más les favorezca. ARTÍCULO 3: Si los beneficiarios del presente decreto hubiesen cotizado en el Sistema de Capitalización Individual previsto por la Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, deberán agotar el proceso de traspaso de fondos del Sistema de Capitalización Individual al Sistema de Reparto, siempre y cuando cumplan con las disposiciones de la Resolución núm. 496-25, del 18 de julio de 2025 y sus modificaciones, aprobada por la Superintendencia de Pensiones, sobre Procesos Operativos para las Administradoras de Fondos de Pensiones, Fondos y Planes Sustitutivos, y en consecuencia, su afiliación también deberá pasar al Sistema de Reparto. ARTÍCULO 4: Se dispone, conforme al artículo 1 y su párrafo del Decreto núm. 402-19, del 20 de noviembre de 2019, que estas pensiones otorgadas por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tengan efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la Nómina de los Jubilados y Pensionados del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda y Economía. PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado tendrá un plazo no mayor de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, a partir de la fecha que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la Nómina de Pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo después de cumplido dicho plazo. ARTÍCULO 5: Envíese al Ministerio de Hacienda y Economía, a la Superintendencia de Pensiones y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.