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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 570-26

QUE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE MONTE PLATA A VENDER A LA COMPAÑÍA PUBLILATINA, S.R.L., DOS PORCIONES DE TERRENOS DE SU PROPIEDAD.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 ago de 2026fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 11258Gaceta Oficial del 27 ago de 2026
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 570-26 que autoriza al Ayuntamiento del municipio de Monte Plata a vender a la compañía Publilatina, S.R.L., dos porciones de terrenos de su propiedad. G. O. núm. 11258 del 27 de agosto de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 570-26 CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República Dominicana establece que corresponde al presidente de la República ejercer la dirección de la Administración Pública y velar por la correcta administración del patrimonio público, en el marco de las atribuciones conferidas por su artículo 128. CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, dispone que la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del Distrito Nacional requiere la autorización del Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los Municipios, reconoce la autonomía de los gobiernos locales para la administración de sus bienes, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos legales aplicables para su disposición. CONSIDERANDO: Que el Ayuntamiento del municipio de Monte Plata, provincia Monte Plata, en ejercicio de sus competencias, ha aprobado mediante resoluciones contenidas en las actas del Concejo Municipal, las ventas de diversos solares municipales objeto del presente decreto, conforme a los procedimientos establecidos por la normativa vigente. CONSIDERANDO: Que dichas decisiones han sido debidamente certificadas por el Secretario del Concejo Municipal del Ayuntamiento del municipio de Monte Plata, provincia Monte Plata, lo que acredita la validez de las autorizaciones otorgadas a nivel municipal. CONSIDERANDO: Que mediante comunicaciones el Ayuntamiento del municipio de Monte Plata, provincia Monte Plata, ha solicitado al Poder Ejecutivo la correspondiente autorización para la venta de los referidos inmuebles municipales. CONSIDERANDO: Que los inmuebles objeto de las solicitudes corresponden a solares municipales debidamente identificados, los cuales pueden ser objeto de disposición conforme al régimen jurídico aplicable, siempre que medie la autorización del Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que la autorización para la venta de dichos inmuebles contribuye a la regularización de la ocupación, al ordenamiento territorial y al fortalecimiento de la gestión patrimonial municipal. CONSIDERANDO: Que en consecuencia procede autorizar al Ayuntamiento del municipio de Monte Plata, provincia Monte Plata, a realizar la venta de los referidos inmuebles, conforme a las disposiciones legales vigentes. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del Distrito Nacional. VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los Municipios. VISTA: Las solicitudes de decreto de autorización y venta del Ayuntamiento del municipio de Monte Plata, provincia Monte Plata, de fecha 24 de julio de 2026. VISTA: La certificación de la Secretaria del Concejo Municipal del Ayuntamiento del municipio de Monte Plata, provincia Monte Plata, del 11 de julio del 2022, del acta núm. 10/2022 del 2 de junio de 2022. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Monte Plata, provincia Monte Plata a vender los siguientes inmuebles a: 1. Publilatina, S. R. L, entidad comercial constituida de conformidad con las leyes de la República Dominicana e inscrita en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) bajo el núm. [RNC], debidamente representada para estos fines por el señor Diego Carbonell Thielen, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad núm. [cédula], respecto de una porción de terreno ubicada dentro del ámbito de la parcela núm. 41, distrito catastral núm. 64-B, amparada en la constancia anotada matrícula núm. 1200001822, emitida por el Registro de Títulos de Monte Plata, con una extensión superficial de ochenta y siete mil veintisiete punto noventa y cuatro metros cuadrados (87,027.94 m2), ubicada en el municipio Monte Plata, provincia Monte Plata, por el monto de dos millones trescientos seis mil doscientos cuarenta pesos dominicanos con 41/100 (RD$2,306,240.41), con los siguientes linderos: 1. Al norte, Carlito Alvarado. 2. Al sur, Suc. Hernández. 3. Al este, Suc. Hernández. 4. Al oeste, Carlito Alvarado. 2. Publilatina, S. R. L, entidad comercial constituida de conformidad con las leyes de la República Dominicana e inscrita en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) bajo el núm. [RNC], debidamente representada para estos fines por el señor Diego Carbonell Thielen, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad núm. [cédula], respecto de una porción de terreno ubicada dentro del ámbito de la parcela núm. 41, distrito catastral núm. 64-B, amparada en la constancia anotada matrícula núm. 1200001822, emitida por el Registro de Títulos de Monte Plata, con una extensión superficial de trescientos seis mil ciento tres punto ochenta y nueve metros cuadrados (306,103.89 m2), ubicada en el municipio Monte Plata, provincia Monte Plata, por el monto de siete millones cuatrocientos noventa y nueve mil quinientos cuarenta y cinco pesos dominicanos con 30/100 (RD$7,499,545.30), con los siguientes linderos: 1. Al norte, Lorenzo Monegro. 2. Al sur, Suc. Hernández. 3. Al este, Lorenzo Monegro. 4. Al oeste, Coronel Justo de la Cruz. ARTÍCULO 2. Envíese al Ayuntamiento del municipio de Monte Plata, provincia Monte Plata, a la Liga Municipal Dominicana (LMD), al Registro de Títulos de Monte Plata y al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona