Texto de la norma
Dec. núm. 514-26 que concede naturalización dominicana a trece (13) personas.
Modifica el numeral 13 del artículo 1 del Decreto núm. 318-16, y concede la
nacionalidad dominicana a Muhammad Umer Farooq Ramzan, de nacionalidad
pakistaní. G. O. núm. 11255 del 13 de agosto de 2026.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 514-26
CONSIDERANDO: Que, el artículo 19 de la Constitución de la República, dispone para los
extranjeros la facultad de naturalizarse de conformidad con las condiciones y formalidades
requeridas por la ley.
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley núm. 1683, sobre Naturalización, en
el literal d) del artículo 1, establece que toda persona extranjera que haya residido sin
interrupción en el país por dos años o más, si ha contraído matrimonio con un dominicano y
está casada o casado, con el plazo tiempo cumplido podrá solicitar la naturalización ordinaria.
CONSIDERANDO: Que, la Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus
Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, dispone que las
actuaciones de la administración deben estar motivadas, de manera que se garantice que las
decisiones y preceptos emitidos por los órganos de la Administración Pública reposen sobre
el interés general, la legalidad, la transparencia y la debida justificación de sus actuaciones,
así como en los demás principios establecidos en la referida norma.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus
modificaciones.
VISTA: La Ley núm. 107-13, del 6 de agosto de 2013, sobre los Derechos de las Personas
en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.
VISTAS: Las instancias números 1088, 1091, 1093, 1094, 1097, 1099, 1101, 1102, 1104,
1105, 1106, 1107, 1109 y 1110 del 22 de junio de 2026, del Ministerio de Interior y Policía,
mediante las cuales se presentan las solicitudes relativas a las personas cuyos nombres
figuran en la parte dispositiva del presente decreto.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana, a título de
naturalización ordinaria, a las personas que se indican a continuación:
25. Mileidis Hechevarría Guerrero, de nacionalidad cubana.
26. Natali Geohana Gares Fucks, de nacionalidad uruguaya.
27. Reineris Martínez Olivares, de nacionalidad cubana.
28. Ronald St Germain, de nacionalidad haitiana.
29. Shushanna Mkrtchyan, de nacionalidad armena.
30. Víctor Hugo Álvarez Bermúdez, de nacionalidad venezolana.
31. Elimar Cecilia Tunarosa Fuentes, de nacionalidad venezolana.
32. Jean Robert Rolph Louizaire, de nacionalidad haitiana.
33. Luckenson Chery, de nacionalidad haitiana.
34. Matthew Todd Scholsser, de nacionalidad estadounidense.
35. Gustavo Ayala López, de nacionalidad española.
36. Kelly Johana García Riapira, de nacionalidad colombiana.
37. Jorge Wassouf Farah, de nacionalidad de nacionalidad venezolana.
ARTÍCULO 2. Se modifica el numeral 13 del artículo 1 del Decreto núm. 318-16, del 8 de
noviembre de 2016, para que en adelante se lea de la manera siguiente:
13. Muhammad Umer Farooq Ramzan, de nacionalidad pakistaní.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los treinta (30) días del mes de julio del año dos mil veintiséis (2026); año
183 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 515-26 concede pensiones del Estado a 22 personas. G. O. núm. 11255 del 13
de agosto de 2026.
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