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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 472-26

QUE CONCEDE LA CONDECORACIÓN ORDEN DEL MÉRITO AÉREO CON DISTINTIVOS AZUL Y BLANCO EN SUS DISTINTAS CATEGORÍAS, A VARIOS OFICIALES SUPERIORES Y SUBALTERNOS DE LA FUERZA AÉREA DE LA REPÚBLICA DOMINICANA Y A UN ALISTADO Y PERSONAL CIVIL, ASÍ COMO A MIEMBROS DEL EJÉRCITO NACIONAL Y DE LA ARMADA DOMINICANA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 jul de 2026fecha
Condecoracióntipo
G. O. 11252Gaceta Oficial del 18 jul de 2026
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Rafael R. Ramírez TejedaCondecoración—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 472-26 que concede la condecoración Orden del Mérito Aéreo con Distintivos Azul y Blanco en sus distintas categorías, a varios oficiales superiores y subalternos de la Fuerza Aérea de la República Dominicana y a un alistado y personal civil, así como a miembros del Ejército Nacional y de la Armada Dominicana. G. O. núm. 11252 del 18 de julio de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 472-26 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 128 de la Constitución, el presidente de la República es la autoridad suprema de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana. CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley núm. 3351, establece que, para premiar y enaltecer de modo especial, servicios extraordinarios o excepcionalmente meritorios en la aviación militar dominicana, se crea la Orden al Merito Aéreo, la cual será concedida por el presidente de la República a los generales, oficiales y alistados de dicha institución. CONSIDERANDO: Que, la Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, dispone que las actuaciones de la administración deben estar motivadas, de manera que se garantice que las decisiones y preceptos emitidos por los órganos de la Administración Pública reposen sobre el interés general, la legalidad, la transparencia y la debida justificación de sus actuaciones, así como en los demás principios establecidos en la referida norma. VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 3351, del 3 de agosto de 1952, que crea la Orden de Mérito Aéreo. VISTA: La Ley núm. 139-13, del 13 de septiembre de 2013, Orgánica de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana. VISTA: La Ley núm. 107-13, del 6 de agosto de 2013, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. VISTO: El oficio núm. 0472, del 8 de julio de 2026, del Mayor General Jimmy Arias Grullón, ERD, Jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial. VISTO: El oficio núm. 26057, del 7 de julio de 2026, del Ministerio de Defensa, dirigido al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede la condecoración Orden de Mérito Aéreo con Distintivo Azul, en su segunda categoría, a los siguientes oficiales superiores de la Fuerza Aérea de la República Dominicana: 1. Teniente coronel ingeniero civil Luis A. Romero Marmolejos. 2. Teniente coronel técnico procesador de datos Agapito Crisóstomo Uceta. 3. Mayor piloto Adalberto Feliz Marte Quiroz. 4. Mayor paracaidista José Fabián Sánchez Brito. 5. Mayor médico Darleny Josefina Palmo Almonte. 6. Mayor licenciado en educación Sonia Claribel Rodríguez de Fernández. ARTÍCULO 2. Se concede la condecoración Orden de Mérito Aéreo con Distintivo Azul, en su tercera categoría, a los siguientes oficiales superiores y subalterno de la Fuerza Aérea de la República Dominicana: 1. Capitán licenciado en psicología clínica Rafael Aquino Reyes. 2. Capitán técnico en administración Ángel Alfredo Laucet Sánchez. 3. Capitán banda de música Esequiel Matos Feliz. 4. Capitán Ernesto Rafael Alberto Sánchez Peralta. 5. Primer teniente paracaidista José Manuel de la Rosa Fabián. ARTÍCULO 3. Se concede la condecoración Orden de Mérito Aéreo con Distintivo Blanco, en su segunda categoría, a los siguientes oficiales superiores de la Fuerza Aérea de República Dominicana: 1. Coronel paracaidista Elisandro Feliz Díaz. 2. Coronel paracaidista Juan Miguel Montilla Cuevas. 3. Teniente coronel paracaidista Juan Ariel Félix García. 4. Teniente coronel paracaidista Claudio Hernández Urbáez Cristo. 5. Teniente coronel técnico de aviación Carlos Marx Lenin Martínez Jacquez. 6. Teniente coronel de ingeniería civil Francisco Gabriel Martínez Lizardo. 7. Teniente coronel de ingeniería civil Socorro Cayetano Fabián. 8. Teniente coronel José Ramón Báez Tavares. 9. Mayor piloto Adalberto Calderón Luciano. 10. Mayor paracaidista Rafael Peralta Encarnación. 11. Mayor médico cirujano Rhomel Pacheco González. 12. Mayor licenciado en informática Waldy Rafael Acevedo Matos. 13. Mayor Jahaira de Jesús Encarnación Veras. ARTÍCULO 4. Se concede la condecoración Orden de Mérito Aéreo con Distintivo Blanco, en su tercera categoría, a los siguientes oficiales superiores y subalterno de la Fuerza Aérea de la República Dominicana: 1. Capitán paracaidista Eurípides Ricar Varela Castillo. 2. Capitán técnico de aviación José Orlando Sánchez Rodríguez. 3. Capitán Natanael Martín Rodríguez Ramírez. 4. Primer teniente paracaidista Dannel Aniel Pérez de Jesús. 5. Primer teniente Patricio de Jesús Concepción. 6. Segundo teniente en contaduría pública Edward Alcántara. 7. Segundo teniente licenciado en psicología industrial Soniel Moisés Fabián Tolentino. ARTÍCULO 5. Se concede la condecoración Orden de Mérito Aéreo con Distintivo Blanco, en su cuarta categoría, al siguiente alistado y civil de la Fuerza Aérea de la República Dominicana: 1. Sargento mayor técnico procesador de datos Luis Antonio González de los Santos. 2. Empleado contratado temporal licenciado en imagenología Johanny Berroa. ARTÍCULO 6. Se concede la condecoración Orden de Mérito Aéreo con Distintivo Azul, en su primera categoría, al Contralmirante Juan Gilberto Núñez Abreu, miembro de la Armada de República Dominicana. ARTÍCULO 7. Se concede la condecoración Orden de Mérito Aéreo con Distintivo Blanco, en su primera categoría, al General de Brigada Rafael R. Ramírez Tejeda, miembro del Ejército de República Dominicana. ARTÍCULO 8. Se concede la condecoración Orden de Mérito Aéreo con Distintivo Blanco, en su primera categoría, al vicealmirante Juan Bienvenido Crisóstomo Martínez, miembro de la Armada de República Dominicana. ARTÍCULO 9. Envíese al Ministerio de Defensa, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de julio del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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