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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 463-26

QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO NÚM. 82-26, QUE ESTABLECE LAS INSTITUCIONES AUTORIZADAS PARA REALIZAR LOS PROCEDIMIENTOS DE EXCEPCIÓN POR SITUACIONES DE SEGURIDAD NACIONAL ESTABLECIDOS EN EL NUMERAL 2 DEL ARTÍCULO 78 DE LA LEY NÚM. 47-25, DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, MODIFICADO POR LOS DECRETOS NÚMS. 127-26, 257-26 Y 308-26.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 jul de 2026fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 11251Gaceta Oficial del 11 jul de 2026
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 463-26 que modifica el artículo 2 del Decreto núm. 82-26, que establece las instituciones autorizadas para realizar los procedimientos de excepción por situaciones de seguridad nacional establecidos en el numeral 2 del artículo 78 de la Ley núm. 47- 25, de Contrataciones Públicas, modificado por los decretos núms. 127-26, 257-26 y 308- 26. G. O. núm. 11251 del 11 de julio de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 463-26 CONSIDERANDO: Que el artículo 78, numeral 2, de la Ley núm. 47-25, del 28 de julio de 2025, de Contrataciones Públicas, establece un procedimiento excepcional aplicable a las contrataciones cuya publicidad pueda comprometer la seguridad o defensa nacional. CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), conforme a las atribuciones que le confiere la Ley núm. 160-21, del 1 de agosto del 2021, es la entidad competente para la planificación, diseño, construcción, supervisión y ejecución de obras públicas de infraestructura y edificaciones bajo la responsabilidad del Poder Ejecutivo y, en coordinación con la Policía Nacional, tendrá a su cargo la ejecución de proyectos de infraestructura policial de carácter estratégico, cuya naturaleza y justificación técnica hacen necesaria su inclusión entre las instituciones autorizadas para realizar procedimientos de excepción por situaciones de seguridad nacional previstos en el numeral 2 del artículo 78 de la Ley núm. 47-25, del 28 de julio de 2025, de Contrataciones Públicas y su Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto núm. 52-26, del 28 de enero de 2026. VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTO: La Ley núm. 47-25, del 28 de julio de 2025, de Contrataciones Públicas. VISTO: El Decreto núm. 52-26, del 28 de enero de 2026, que aprueba el Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 47-25 de Contrataciones Púbicas. VISTO: El Decreto núm. 82-26, del 9 de febrero de 2026, que autoriza el uso de los procedimientos de excepción por situaciones de seguridad nacional establecidos en el numeral 2 del artículo 78 de la Ley núm. 47-25. VISTO: El Decreto núm. 127-26, del 24 de febrero de 2026, que modifica el artículo 2 del

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona