QUE DESIGNA A LOS SEÑORES JORGE HUGO CAVOLI BALBUENA, ALFREDO FRANCES ORTÍZ Y HÉCTOR RISEK SUED, REPRESENTANTES HONORÍFICOS DE LOS CONSEJOS DE DESARROLLO PROVINCIAL, DEL PODER MUNICIPAL Y DEL SECTOR CULTURAL, RESPECTIVAMENTE, DEL CONSEJO NACIONAL DE CULTURA. DEROGA LOS LITERALES F, G Y N, DEL ARTÍCULO 1 DEL DECRETO NÚM. 66-21.
| Persona | Qué dice el decreto | Cargo e institución |
|---|---|---|
| Jorge Hugo Cavoli Balbuena | Designación | representante de los Consejos de Desarrollo ProvincialConsejo Nacional de Cultura, a título honorífico |
| Alfredo Frances Ortíz | Designación | representante del Poder MunicipalConsejo Nacional de Cultura, a título honorífico |
| Héctor José Rizek Sued | Designación | representante del sector culturalConsejo Nacional de Cultura, a título honorífico |
Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.
Jorge Hugo Cavoli Balbuena · representante de los Consejos de Desarrollo Provincial · Consejo Nacional de Cultura, a título honorífico
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 7 ago de 2026. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
Alfredo Frances Ortíz · representante del Poder Municipal · Consejo Nacional de Cultura, a título honorífico
Héctor José Rizek Sued · representante del sector cultural · Consejo Nacional de Cultura, a título honorífico
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 7 ago de 2026. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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