Texto de la norma
Dec. núm. 465-26 que deroga el artículo 12 del Decreto núm. 426-22, que designó un
auxiliar consular en Houston, Texas, Estados Unidos de América. Deroga además el
artículo 2 del Decreto núm. 681-22 y el artículo 4 del Decreto núm. 333-26, que
nombraron 2 vicecónsules de nuestro país en Santa Cruz de Tenerife, Islas Canarias,
Reino de España y en Juana Méndez, República de Haití, respectivamente. G. O. núm.
11251 del 11 de julio de 2026.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 465-26
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, en su artículo 128, numeral 3,
literal a), enviste al presidente de la República con la atribución de dirigir la política exterior
y, en consecuencia, le faculta para designar, aceptar renuncias y remover a los miembros del
cuerpo diplomático.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones
Exteriores y del Servicio Exterior, establece el marco jurídico que regula la organización y
funcionamiento del servicio exterior de la República Dominicana, y dispone que los
funcionarios designados en misiones diplomáticas y consulares podrán ser removidos
mediante decreto del Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus
Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, dispone que las
actuaciones de la administración deben estar motivadas, de manera que se garantice que las
decisiones y preceptos emitidos por los órganos de la Administración Pública reposen sobre
el interés general, la legalidad, la transparencia y la debida justificación de sus actuaciones,
así como en los demás principios establecidos en la referida norma.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 107-13, del 6 de agosto de 2013, sobre los Derechos de las Personas
en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.
VISTA: La Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del
Servicio Exterior, del 28 de julio de 2016, y su Reglamento de Aplicación.
VISTOS: Los oficios núms. PR-IN-2026-16508, del 26 de junio de 2026, PR-IN-2026-
16509, del 26 de junio de 2026 y PR-IN-2026-16860, del 1 de julio de 2026, suscritos por el
secretario general del Gabinete del Presidente.
VISTO: El memorándum núm. DM-NUM. 026847, del 30 de junio de 2026, suscrito por
Roberto Álvarez Gil, Ministro de Relaciones Exteriores.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Queda derogado el artículo 12 del Decreto 426-22, del 5 de agosto de 2022,
que designó a Katherin Nikaury Medina Díaz, auxiliar consular en el Consulado de la
República Dominicana en Houston, Texas, Estados Unidos de América (renunciante).
ARTÍCULO 2. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 681-22, del 18 de noviembre
de 2022, que designó a Wilfrido Caba Rodríguez, vicecónsul en el Consulado de la República
Dominicana en Santa Cruz de Tenerife, Islas Canarias, Reino de España (renunciante).
ARTÍCULO 3. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 333-26, del 19 de mayo de
2026, que designó a José Cuello de Jesús, vicecónsul en el Consulado de la República
Dominicana en Juana Méndez, República de Haití.
ARTÍCULO 4. Queda sin efecto cualquier traslado administrativo relacionado a las
designaciones derogadas por el presente decreto.
ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Cámara de Cuentas, a
la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás
instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los nueve (9) días del mes de julio del año dos mil veintiséis (2026); año 183
de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER