miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 432-26

QUE CONCEDE LA NACIONALIDAD DOMINICANA, A TÍTULO DE NATURALIZACIÓN ORDINARIA, A 31 PERSONAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 jun de 2026fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 11250Gaceta Oficial del 1 jul de 2026
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 432-26 que concede la nacionalidad dominicana, a título de naturalización ordinaria, a 31 personas. G. O. núm. 11250 del 1 de julio de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 432-26 CONSIDERANDO: Que, el artículo 19 de la Constitución de la República, dispone para las y los extranjeros la facultad de naturalizarse de conformidad con las condiciones y formalidades requeridas por la ley. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley núm. 1683, sobre Naturalización, en el literal d) del artículo 1, establece que toda persona extranjera que haya residido sin interrupción en el país por dos años o más, si ha contraído matrimonio con un dominicano y está casada o casado, con el plazo tiempo cumplido podrá solicitar la naturalización ordinaria. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones. VISTAS: Las instancias números 924, 925, 926, 927, 928, 329, 930, 931, 932, 933, 934, 935, 936, 937, 938, 939, 940, 941, 942, 943, 944, 945, 946, 947, 948, 949, 950, 951, 952, 953 y 954 del 5 de junio de 2026, del Ministerio de Interior y Policía, mediante las cuales se presentan las solicitudes relativas a las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana, a título de naturalización ordinaria, a las personas que se indican a continuación: 1. Alci Alveiro Acosta Mancera, su esposa Martha Cecilia Rodríguez Domínguez, sus hijos mayores de edad, Santiago Acosta Rodríguez y Leandro Acosta Rodríguez, todos de nacionalidad colombiana. 2. Alex Saul Rodríguez Cifuentes, de nacionalidad colombiana. 3. Ana Laura Aguilera García, de nacionalidad cubana. 4. Asly Yuliana Jiménez Gironza, de nacionalidad colombiana. 5. Esther Ramona Coromoto Urdaneta Baena, de nacionalidad venezolana. 6. Jordi Quíntela Camilo, de nacionalidad cubana. 7. Joo Yeon Fayad Amaral, de nacionalidad colombiana. 8. Olga Nileira Mora Omaña, de nacionalidad venezolana. 9. Oriana Valentina Ruiz Guedez, de nacionalidad venezolana. 10. Ricardo Alberto Rodríguez Ocando, de nacionalidad venezolana. 11. Román Orio Martínez, de nacionalidad española. 12. Sylvain Pierre, de nacionalidad haitiana. 13. Leidy Yazmín Vargas Buitrago, de nacionalidad colombiana. 14. Adriana Elena Rojas González, de nacionalidad venezolana. 15. Amanda Isabel Fernández Vázquez, de nacionalidad cubana. 16. Anni Veruska Rodríguez Key, de nacionalidad venezolana. 17. Dayana Carolina Fernández Pérez, de nacionalidad venezolana. 18. David Hernández Mora, de nacionalidad española. 19. Harold Restrepo Zambrano y su esposa María del Pilar Franco Vargas, ambos de nacionalidad colombiana. 20. Hernando Fierro García y su esposa Hedwig Gisella Skupin Lozano, ambos de nacionalidad colombiana. 21. Jonás Paul Fígaro, de nacionalidad haitiana. 22. Keren Mena Miranda, de nacionalidad cubana. 23. Luis Ramón Gómez y su esposa Jannette Giraud Puy Arenas, ambos de nacionalidad venezolana. 24. Mauro Furlanetto, de nacionalidad italiana. 25. Mercy Jiménez Rodríguez, de nacionalidad cubana. 26. Ney Joel Martínez Avilés, de nacionalidad ecuatoriana. 27. Nina Leandra Báez Guzmán, de nacionalidad suiza. 28. Rosa María del Toro Teruel, de nacionalidad cubana. 29. Rosanna Collantes Ortegano, de nacionalidad venezolana. 30. Victoriano Jordán Mavo, de nacionalidad venezolana. 31. Consuelo Isabel Lezcano Miranda, de nacionalidad panameña. ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona