Texto de la norma
Dec. núm. 364-26 que autoriza al señor Gustavo Enrique Hernando Castillo, para que
pueda aceptar usar la condecoración real de “Orden de Mayo al Mérito”, otorgada por
el Gobierno de la República de Argentina. G. O. núm. 11244 del 3 de junio de 2026.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 364-26
CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 128 de la
Constitución de la República, el presidente de la República en su calidad de jefe de Estado y
de Gobierno, tiene la atribución de autorizar a ciudadanos dominicanos a aceptar y usar
condecoraciones otorgadas por gobiernos extranjeros.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 1325, del 13 de enero de 1947 y el Reglamento núm.
4157, del 4 de febrero de 1947, disponen el procedimiento y las condiciones conforme a las
cuales los ciudadanos dominicanos pueden aceptar y usar condecoraciones extranjeras,
previa autorización del Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO: Que mediante el artículo 2 del Decreto núm. 550-20, del 13 de octubre
de 2020, el señor Gustavo Enrique Hernando Castillo fue designado embajador
extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en la República Argentina,
superando tres años de servicio diplomático en el fortalecimiento de las relaciones bilaterales
entre ambos estados.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus
Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, dispone que las
actuaciones de la administración deben estar motivadas, de manera que se garantice que las
decisiones y preceptos emitidos por los órganos de la Administración Pública reposen sobre
el interés general, la legalidad, la transparencia y la debida justificación de sus actuaciones,
así como en los demás principios establecidos en la referida norma.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTO: El Decreto núm. 550-20, del 13 de octubre de 2020, que designó al señor Gustavo
Enrique Hernando Castillo, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República
Dominicana en la República Argentina.
VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero de 1947, que reglamenta la obtención de cargos
públicos y extranjeros, y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos
dominicanos.
VISTO: El Reglamento núm. 4157, del 4 de febrero de 1947, sobre aceptación de
condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos, y sus modificaciones.
VISTA: La Nota núm. 26/2026, del 18 de mayo de 2026, de la Embajada de la República
Argentina en República Dominicana.
VISTO: El memorándum núm. DCEP-021155, del 20 de mayo de 2026, suscrito por el señor
Roberto Álvarez Gil, ministro de Relaciones Exteriores.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede la autorización al señor Gustavo Enrique Hernando Castillo,
para que pueda aceptar y usar la condecoración real de “Orden de Mayo al Mérito”, en el
Grado de Gran Cruz, otorgada por el Gobierno de la República Argentina.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dos (2) días del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de
la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER