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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 352-26

que designa a los señores José García Ramírez, Rosa Pastora Méndez Méndez y Aníbal Amparo, miembros del Consejo de Directores del Consejo Estatal del Azúcar. Deroga los artículos 3, 4 y 6 del Decreto núm. 259-21. G. O. núm. 11244 del 3 de junio de 2026

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 jun de 2026fecha
Designacióntipo
G. O. 11244Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
3personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
José García RamírezDesignaciónmiembroConsejo de Directores del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), en representación del sector privado
Rosa Pastora Méndez MéndezDesignaciónmiembroConsejo de Directores del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), en representación del sector privado
Aníbal AmparoDesignaciónmiembroConsejo de Directores del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), en representación del sector fabril

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • José García Ramírez · miembro · Consejo de Directores del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), en representación del sector privado

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 2 jul de 2026. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 3 decretos con este nombre →

  • Rosa Pastora Méndez Méndez · miembro · Consejo de Directores del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), en representación del sector privado

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 2 jul de 2026. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

  • Aníbal Amparo · miembro · Consejo de Directores del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), en representación del sector fabril

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 2 jul de 2026. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 352-26 que designa a los señores José García Ramírez, Rosa Pastora Méndez Méndez y Aníbal Amparo, miembros del Consejo de Directores del Consejo Estatal del Azúcar. Deroga los artículos 3, 4 y 6 del Decreto núm. 259-21. G. O. núm. 11244 del 3 de junio de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 352-26 CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 128, numeral 2, literal a), confiere al presidente de la República la atribución de nombrar y remover a los funcionarios públicos que corresponda, conforme a la Constitución y las leyes. CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano tiene el deber de garantizar la eficiencia en el uso de los fondos públicos, incluyendo las acciones y recursos que ostenta en titularidad en empresas públicas. CONSIDERANDO: Que es de alto interés para el Gobierno eficientizar la organización estructural y funcional de la Administración Pública, por lo que mediante el Decreto núm. 422-20, del 31 de agosto de 2020, se creó, a cargo del Ministerio de la Presidencia, la Comisión de Liquidación de Órganos del Estado. CONSIDERANDO: Que el Consejo Estatal del Azúcar (CEA) ha sido identificado como un órgano a ser suprimido, para garantizar la reestructuración de su patrimonio y aprovechamiento de los bienes del Estado que están a su cargo. CONSIDERANDO: Que, mientras se lleva a cabo el citado proceso, es necesario asegurar el correcto funcionamiento del Consejo Estatal del Azúcar (CEA). VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto de 2012, Orgánica de la Administración Pública. VISTO: El Decreto núm. 422-20, del 31 de agosto de 2020, que crea la Comisión de Liquidación de Órganos del Estado. VISTO: El Decreto núm. 259-21, del 23 de abril de 2021. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. José García Ramírez, queda designado miembro del Consejo de Directores del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), en representación del sector privado. ARTÍCULO 2. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 259-21 del 23 de abril de 2021. ARTÍCULO 3. Rosa Pastora Méndez Méndez, queda designada miembro del Consejo de Directores del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), en representación del sector privado. ARTÍCULO 4. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 259-21 del 23 de abril de 2021. ARTÍCULO 5. Aníbal Amparo, queda designado miembro del Consejo de Directores del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), en representación del sector fabril. ARTÍCULO 6. Queda derogado el artículo 6 del Decreto núm. 259-21 del 23 de abril de 2021. ARTÍCULO 7. Las personas designadas en el presente decreto permanecerán en sus respectivos cargos, hasta que se complete el proceso de disolución del Consejo Estatal del Azúcar (CEA) o hasta que se disponga su sustitución. ARTÍCULO 8. Envíese al Consejo Estatal del Azúcar (CEA), a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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