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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 335-26

que deroga el artículo 3 del Decreto núm. 223-19, que designó a la señora Ely Marleny Pérez Adames, consejera en la Embajada de nuestro país en Antigua y Barbuda. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 241-22, que dejó sin efecto la derogación establecida en el artículo 4 del Decreto núm. 140-22. G. O. núm. 11242 del 20 de mayo de 2026

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 may de 2026fecha
Cese, renuncia o revocacióntipo
G. O. 11242Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Ely Marleny Pérez AdamesDeja sin efecto su designaciónconsejeraEmbajada de la República Dominicana en Antigua y Barbuda (renunciante)

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 335-26 que deroga el artículo 3 del Decreto núm. 223-19, que designó a la señora Ely Marleny Pérez Adames, consejera en la Embajada de nuestro país en Antigua y Barbuda. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 241-22, que dejó sin efecto la derogación establecida en el artículo 4 del Decreto núm. 140-22. G. O. núm. 11242 del 20 de mayo de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 335-26 CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, en su artículo 128, numeral 3, literal a, enviste al presidente de la República con la atribución de dirigir la política exterior y, en consecuencia, le faculta para designar, aceptar renuncias y remover a los miembros del cuerpo diplomático. CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior, establece el marco jurídico que regula la organización y funcionamiento del servicio exterior de la República Dominicana, y dispone que los funcionarios designados en misiones diplomáticas y consulares podrán ser removidos mediante decreto del Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, dispone que las actuaciones de la administración deben estar motivadas, de manera que se garantice que las decisiones y preceptos emitidos por los órganos de la Administración Pública reposen sobre el interés general, la legalidad, la transparencia y la debida justificación de sus actuaciones, así como en los demás principios establecidos en la referida norma. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 107-13, del 6 de agosto de 2013, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. VISTA: La Ley núm. 630-16, Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior, del 28 de julio de 2016, y su Reglamento de Aplicación. VISTO: El memorándum núm. DM-NUM-019215, del 14 de mayo de 2026, suscrito por el Ministerio de Relaciones Exteriores. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 223-19, del 24 de junio de 2019, que designó a Ely Marleny Pérez Adames, consejera en la Embajada de la República Dominicana en Antigua y Barbuda (renunciante). ARTÍCULO 2. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 241-22, del 13 de mayo de 2022, que dejó sin efecto la derogación establecida en el artículo 4 del Decreto núm. 140-22 del 23 de marzo de 2022. ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de mayo del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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