miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 325-26

que modifica el numeral 25 del artículo 1 del Decreto núm. 158-26. Dispone excluir a la señora Rosaura Campusano Serrano, y le concede una pensión del Estado a la señora Luisa del Carmen Fernández. G. O. núm. 11242 del 20 de mayo de 2026

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 may de 2026fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 11242Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 325-26 que modifica el numeral 25 del artículo 1 del Decreto núm. 158-26. Dispone excluir a la señora Rosaura Campusano Serrano, y le concede una pensión del Estado a la señora Luisa del Carmen Fernández. G. O. núm. 11242 del 20 de mayo de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 325-26 CONSIDERANDO: Que, el 8 de marzo de cada año se conmemora el “Día Internacional de la Mujer”, declarado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1977, en el que se reconocen los logros y avances en favor de los derechos de las mujeres y sus aportes a la sociedad dominicana. CONSIDERANDO: Que, el Decreto núm. 158-26, del 9 de marzo de 2026, otorgó pensiones especiales del Estado dominicano a 52 damas, con motivo del Día Internacional de la Mujer. CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación del 14 de abril de 2026, la ministra de la Mujer solicitó al presidente de la República la modificación del Decreto núm. 158-26, en razón de que el artículo 1 en los numerales 3 y 25, beneficia erróneamente, de manera repetida a la señora Rosaura Campusano Serrano, lo que hace necesario la corrección de este error material. CONSIDERANDO: Que, en la referida comunicación se remitió el borrador de decreto que incluye como beneficiaria de una pensión especial del Estado dominicano por un monto de RD$60,000.00 mensuales, a la señora Luisa del Carmen Fernández, cuyo nombre no figura en el cuerpo de dicha misiva; por lo que, se hace necesario la modificación del citado decreto para adicionarla. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado. VISTA: La Ley núm. 494-06, del 27 de diciembre de 2006, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda. VISTO: El Decreto núm. 158-26, del 9 de marzo de 2026, que concede el beneficio de una pensión especial del Estado por el monto de sesenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$60,000.00) mensuales a 52 damas dominicanas, con motivo del Día Internacional de la Mujer. VISTO: El oficio del 14 de abril de 2026, suscrito por la ministra de la Mujer, dirigido al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se modifica el numeral 25 del artículo 1 del Decreto núm. 158-26, del 9 de marzo de 2026, a fin de excluir el nombre de Rosaura Campusano Serrano e incluir a Luisa del Carmen Fernández, y para que se lea de la manera siguiente: Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y electoral Luisa del Carmen Fernández [cédula] ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Hacienda, al Ministerio de la Mujer y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de mayo del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona