Texto de la norma
Dec. núm. 247-26 que concede la nacionalidad dominicana, a título de naturalización
privilegiada, al señor Arturo de las Heras García. G. O. núm. 11237 del 15 de abril de
2026.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 247-26
CONSIDERANDO: Que, el artículo 19 de la Constitución de la República, dispone para las
y los extranjeros la facultad de naturalizarse de conformidad con las condiciones y
formalidades requeridas por la ley.
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con artículo 18 de la Ley núm. 1683, sobre
Naturalización, el presidente de la República podrá investir por decreto con la nacionalidad
dominicana, a título de naturalización privilegiada, a aquellos extranjeros que a su juicio sean
merecedores de la dispensa.
CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la referida ley limita a un numero de cinco (5)
las naturalizaciones privilegiadas concedida por año.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus
modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede la nacionalidad dominicana, a título de naturalización
privilegiada, a Arturo de las Heras García, de nacionalidad española.
ARTÍCULO 2. Envíese a los ministerios de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores,
para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los quince (15) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026); año
183 de la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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