Texto de la norma
Dec. núm. 232-26 que concede la nacionalidad dominicana, a título de naturalización
ordinaria, a 21 personas. Modifica el numeral 13 del artículo 1 del Decreto núm. 148-
26, que concedió naturalización dominicana a Carlos Mauricio Gallamini Cruz, su
esposa y su hija. G. O. núm. 11237 del 15 de abril de 2026.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 232-26
CONSIDERANDO: Que, el artículo 19 de la Constitución de la República, dispone para las
y los extranjeros la facultad de naturalizarse de conformidad con las condiciones y
formalidades requeridas por la ley.
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley núm. 1683, sobre Naturalización, en
el literal d) del artículo 1, establece que toda persona extranjera que haya residido sin
interrupción en el país por dos años o más, si ha contraído matrimonio con un dominicano y
está casada o casado, con el plazo tiempo cumplido podrá solicitar la naturalización ordinaria.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus
modificaciones.
VISTAS: Las instancias números 501, 502, 503, 504, 505, 506, 507, 508, 509, 510, 511, 512,
513, 514, 515, 516, 517, 518, 519, 520, 521 y 522 del 23 de marzo de 2026, del Ministerio
de Interior y Policía, mediante las cuales se presentan las solicitudes relativas a las personas
cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana, a título de
naturalización ordinaria, a las personas que se indican a continuación:
29. Alejandro Ganzo Amador, de nacionalidad cubana.
30. Alexander Valentinovich Mikheev, de nacionalidad rusa.
31. Aliaksandr Valentinovich Butenka y Natallia Vladimirovna Butenka, casados entre
sí, ambos de nacionalidad bielorrusia.
32. Cristóbal Alexis Durán Jorrin e Irene de los Ángeles Machado Cruz, casados entre sí,
ambos de nacionalidad cubana.
33. Daniel Elysee y Kethy Marie Jules-Elysee, casados entre sí, ambos de nacionalidad
estadounidense.
34. Daniel Ricardo Jacusiel Kirschstein, de nacionalidad alemana.
35. Ekaterina Viktorovna Borodina, de nacionalidad rusa.
36. Fedderman Betancor Martín, de nacionalidad venezolana.
37. Jaime Bonifasi Campollo, de nacionalidad guatemalteca.
38. Jenny García Torres, de nacionalidad cubana.
39. Jesús Lisandro Colmenarez Contreras, de nacionalidad venezolana.
40. Julia Vladimirovna Vedmashkina, de nacionalidad rusa.
41. Lisandra Barbara Proenza Guerrero, de nacionalidad cubana.
42. Marvi Mercedes Alviarez García, de nacionalidad venezolana.
43. Maurizio Cavasotto, de nacionalidad italiana.
44. Paola Viviana Tenorio Salomón, de nacionalidad colombiana.
45. Raúl Antonio Colorado y Martha Colorado, casados entre sí, su hijo mayor de edad
Remy Colorado, todos de nacionalidad canadiense.
46. Andrea Trevisan, de nacionalidad italiana.
47. Yunierki Álvarez Herrera, de nacionalidad cubana.
48. Aleksei Olegovich Chertovskikh, de nacionalidad rusa.
49. Sobeyda Morales García, de nacionalidad nicaragüense.
ARTÍCULO 2. Se modifica el numeral 13 del artículo 1 del Decreto núm. 148-26, del 4 de
marzo de 2026, para que en adelante se lea de la manera siguiente:
13. Carlos Mauricio Gallamini Cruz, su esposa Blanca Elena Suárez Sierra, y su hija
Ninette Elena Gallamini Suarez, todos de nacionalidad venezolana.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a
Los diez (10) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la
Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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