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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 218-26

QUE DESIGNA CUATRO (4) MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA INDUSTRIA MILITAR DOMINICANA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 abr de 2026fecha
Designacióntipo
G. O. 11237Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 218-26 que designa cuatro (4) miembros del Consejo de Administración de la Industria Militar Dominicana. G. O. núm. 11237 del 15 de abril de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 218-26 CONSIDERANDO: Que el artículo 128 de la Constitución atribuye al Presidente de la República la dirección de la administración militar, en su calidad de autoridad suprema de las Fuerzas Armadas. CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 221-25, del 28 de abril de 2025, se constituyó la Industria Militar Dominicana, S.A. (IMDOM), como una empresa pública de capital único estatal, organizada bajo la modalidad de sociedad anónima, de conformidad con la Ley núm. 479-08, del 11 de diciembre de 2008. CONSIDERANDO: Que la Industria Militar Dominicana, S.A. (IMDOM) tiene por objeto la prestación de servicios y el desarrollo de actividades vinculadas a la producción, mantenimiento e innovación en materia de logística, tecnología e infraestructura de defensa, orientadas al apoyo de las Fuerzas Armadas y al fortalecimiento del sector industrial militar. CONSIDERANDO: Que el artículo 7 del Decreto núm. 221-25, dispone que parte de los miembros del Consejo de Administración de la Industria Militar Dominicana, S.A. (IMDOM), así como su vicepresidente ejecutivo, serán designados por el Presidente de la República. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 41-08, de Función Pública, del 16 de enero de 2008. VISTA: La Ley núm. 479-08, del 11 de diciembre de 2008, General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada. VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto de 2012, Orgánica de la Administración Pública. VISTA: La Ley núm. 139-13, del 13 de septiembre de 2013, Orgánica de las Fuerzas Armadas. VISTO: El Decreto núm. 221-25, del 28 de abril de 2025, que constituye la Industria Militar Dominicana, S.A., como una empresa pública de capital único estatal, en la forma de sociedad anónima. VISTO: El Decreto núm. 4-26, del 7 de enero de 2026, que modifica el artículo 7 del Decreto núm. 221-25, del 20 de abril de 2025. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se designan como miembros del Consejo de Administración de la Industria Militar Dominicana. S.A. (IMDOM), las siguientes personas: 1. Oscar Augusto Medina Calderón 2. Carlos Alberto Peignand Cabrera 3. José Ricardo Estrella Fernández 4. Pavel Giordano García Matos ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Defensa (MIDE) y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al primer (1er) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona