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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 151-26

QUE OTORGA LA MEDALLA AL MÉRITO DE LA MUJER DOMINICANA 2026, A 22 DESTACADAS DAMAS DOMINICANAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 mar de 2026fecha
Condecoracióntipo
G. O. 11234Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 151-26 que otorga la Medalla al Mérito de la Mujer Dominicana 2026, a 22 destacadas damas dominicanas. G. O. núm. 11234 del 11 de marzo de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 151-26 CONSIDERANDO: Que cada 8 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Mujer, reconociendo la lucha histórica de las mujeres por la igualdad de derechos, la dignidad, la justicia social y participación en todos los ámbitos de la vida pública y privada. CONSIDERANDO: Que en el marco de dicho homenaje, el Gobierno dominicano reconoce de manera especial a mujeres que se han destacado en distintos ámbitos como son el político, social, salud, empresarial, deportivo, militar o policial, entre otros. CONSIDERANDO: Que las mujeres dominicanas ejercen un liderazgo activo, de manera creciente y efectiva en los diferentes procesos que impulsan el desarrollo social de la Nación. CONSIDERANDO: Que es de suma importancia continuar promoviendo, reconociendo y dando la visibilidad que merece la participación cada vez más notable de las mujeres dominicanas en las distintas esferas de nuestra sociedad y reconocer sus grandes aportes. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTO: El Decreto núm. 3013, del 29 de mayo de 1985, que crea la Medalla al Mérito de la Mujer Dominicana. VISTO: El Acto Notarial núm. 08/2026, folios núm. 07, 08 y 09, de la sesión del Ministerio de la Mujer y el Consejo Consultivo, del 24 de febrero de 2026, dirigido al presidente de la República Dominicana, con los resultados de las candidatas seleccionadas para recibir la Medalla al Mérito de la Mujer Dominicana 2026. VISTO: El oficio registrado con el núm. PR-E-2026-3233, del 5 de marzo de 2026, suscrito por la ministra de la Mujer, al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se otorga la Medalla al Mérito de la Mujer Dominicana 2026, como reconocimiento a su papel destacado en las distintas esferas del quehacer social, económico y político a las siguientes mujeres: NÚM. NOMBRES Y APELLIDOS RENGLÓN 1. Carmen Cristina de Aza Mejía Educación 2. María Josefina Mejía de Sosa Financiero 3. Alba Carolina Vásquez Almonte Ciencia y Tecnología 4. Aldaleny Correa Liranzo Religioso 5. Ana Lidia Gerónimo Félix de Rodríguez Militar o Policial 6. Ginnette Altagracia Bournigal Socías de Participación Política Jiménez 7. Angie Shakira Martínez Servicio Diplomático 8. Elsa Johanne Sánchez Ramírez Sector Rural 9. Ertuania Jorge Mencía Destacada en el Extranjero 10. Arisleida José Ortega Social y Comunitario 11. Eunisis Vásquez Acosta Sector Judicial 12. María Susana de Jesús Gautreau de Servicio Público Windt 13. Mérida Franchesca Carina Noble Ureña Ámbito Cultural y Artístico 14. Yudelina Mejía Peguero Deportes 15. Camila Ramona Díaz Cuello Gremial y Sindical 16. Margarita Cordero Comunicación y Periodismo 17. Luisa Marisela Valdez Aguasvivas Empresarial 18. Nalini Campillo Vilorio Sector Salud 19. Rosanna Guillermina Santana Martínez Promoción de la Inclusión 20. Yildalina Noemí Taten Brache Promoción Igualdad de Género 21. Dominga Zorilla Remírez Trayectoria Profesional 22. Zobeyda Alejandrina Cepeda Peña Póstumo ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de la Mujer, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona