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Decreto

Decreto 107-26

que deroga el Decreto núm. 520-24, mediante el cual se otorgó al señor Melitón Cordero, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Caballero

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 feb de 2026fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 11233Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 107-26 que deroga el Decreto núm. 520-24, mediante el cual se otorgó al señor Melitón Cordero, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Caballero. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 107-26 CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano tiene el deber de preservar el prestigio, dignidad y valor simbólico de sus condecoraciones nacionales, las cuales están asociadas a los símbolos patrios plasmados por los Padres de la Patria. CONSIDERANDO: Que mediante el Memorándum núm. DCEP-28494 del 26 de julio de 2024, el ministro de Relaciones Exteriores, en su calidad de presidente del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sanchez y Mella, recomendó al presidente de la República conceder al señor Melitón Cordero, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Caballero, propuesta que contó con el voto favorable de los miembros del Consejo de la indicada Orden. CONSIDERANDO: Que, acogiendo la recomendación anterior, el presidente de la República, emitió el Decreto núm. 520-24, del 11 de septiembre de 2024, mediante el cual otorgó la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Caballero, al señor Melitón Cordero, supervisor de la DEA en la República Dominicana, en ese momento. CONSIDERANDO: Que, la Ley núm. 1113, del 26 de mayo de 1936, que crea la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte, modificada por la Ley núm. 3916, del 9 de septiembre de 1954, que denomina la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte “Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella”, constituye la más alta distinción honorífica otorgada por el Estado dominicano, con la finalidad de reconocer los servicios distinguidos a la Patria, el mérito sobresaliente, los grandes descubrimientos científicos, así como los hechos y trabajos meritorios en beneficios del país y de la humanidad. CONSIDERANDO: Que la referida condecoración se rige por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. CONSIDERANDO: Que la Ley 1113, en su artículo 18, numeral 3, establece las causas por las que se puede perder la condecoración de la Orden de Duarte, Sánchez y Mella. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 1113, del 26 de mayo de 1936, que crea la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte, modificada por la Ley núm. 3916, del 9 de septiembre de 1954, que denomina la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte “Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella”. VISTO: El Memorándum núm. DCEP-28494 del 26 de julio de 2024, remitido por el ministro de Relaciones Exteriores. OÍDO: El parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, constituido en Jurado de Honor, que recomiendan al presidente de la República, la derogación del Decreto núm. 520-24 del 11 de septiembre de 2024. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se deroga el Decreto núm. 520-24, del 11 de septiembre de 2024, mediante el cual se otorgó al señor Melitón Cordero, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Caballero. ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona