Texto de la norma
Dec. núm. 107-26 que deroga el Decreto núm. 520-24, mediante el cual se otorgó al señor
Melitón Cordero, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella
en el Grado de Caballero.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 107-26
CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano tiene el deber de preservar el prestigio,
dignidad y valor simbólico de sus condecoraciones nacionales, las cuales están asociadas a
los símbolos patrios plasmados por los Padres de la Patria.
CONSIDERANDO: Que mediante el Memorándum núm. DCEP-28494 del 26 de julio de
2024, el ministro de Relaciones Exteriores, en su calidad de presidente del Consejo de la
Orden del Mérito de Duarte, Sanchez y Mella, recomendó al presidente de la República
conceder al señor Melitón Cordero, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte,
Sánchez y Mella en el Grado de Caballero, propuesta que contó con el voto favorable de los
miembros del Consejo de la indicada Orden.
CONSIDERANDO: Que, acogiendo la recomendación anterior, el presidente de la
República, emitió el Decreto núm. 520-24, del 11 de septiembre de 2024, mediante el cual
otorgó la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de
Caballero, al señor Melitón Cordero, supervisor de la DEA en la República Dominicana, en
ese momento.
CONSIDERANDO: Que, la Ley núm. 1113, del 26 de mayo de 1936, que crea la Orden del
Mérito de Juan Pablo Duarte, modificada por la Ley núm. 3916, del 9 de septiembre de 1954,
que denomina la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte “Orden del Mérito de Duarte,
Sánchez y Mella”, constituye la más alta distinción honorífica otorgada por el Estado
dominicano, con la finalidad de reconocer los servicios distinguidos a la Patria, el mérito
sobresaliente, los grandes descubrimientos científicos, así como los hechos y trabajos
meritorios en beneficios del país y de la humanidad.
CONSIDERANDO: Que la referida condecoración se rige por las disposiciones legales y
reglamentarias vigentes.
CONSIDERANDO: Que la Ley 1113, en su artículo 18, numeral 3, establece las causas por
las que se puede perder la condecoración de la Orden de Duarte, Sánchez y Mella.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 1113, del 26 de mayo de 1936, que crea la Orden del Mérito de Juan
Pablo Duarte, modificada por la Ley núm. 3916, del 9 de septiembre de 1954, que denomina
la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte “Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella”.
VISTO: El Memorándum núm. DCEP-28494 del 26 de julio de 2024, remitido por el
ministro de Relaciones Exteriores.
OÍDO: El parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella,
constituido en Jurado de Honor, que recomiendan al presidente de la República, la derogación
del Decreto núm. 520-24 del 11 de septiembre de 2024.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se deroga el Decreto núm. 520-24, del 11 de septiembre de 2024, mediante
el cual se otorgó al señor Melitón Cordero, la condecoración de la Orden del Mérito de
Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Caballero.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026);
año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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