miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 70-26

que dispone la entrega en extradición a la República de Polonia del nacional polaco, Szymon Tomkiel. G. O. núm. 11232 del 15 de febrero de 2026

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 feb de 2026fecha
Extradicióntipo
G. O. 11232Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 70-26 que dispone la entrega en extradición a la República de Polonia del nacional polaco, Szymon Tomkiel. G. O. núm. 11232 del 15 de febrero de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 70-26 CONSIDERANDO: Que la República de Polonia, a través de su Embajada en la República de Panamá, mediante Nota Diplomática núm. AMB.PANA.342.04.2024/1, del 7 de agosto de 2024, solicitó al Gobierno dominicano la entrega en extradición del nacional polaco Szymon Tomkiel, para el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Regional de Suwalki, del 7 de marzo de 2016, en el procedimiento II K 82/13, a saber: 2 años, 11 meses y 23 días de privación de libertad por el delito previsto en el artículo 258 del Código Penal Polaco. CONSIDERANDO: Que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia fue apoderada de la solicitud de extradición del nacional polaco Szymon Tomkiel, mediante instancia de la Procuraduría General de la República, del 30 de septiembre de 2024. CONSIDERANDO: Que, mediante la sentencia núm. SCJ-SS-25-1579, del 28 de noviembre de 2025, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia falló la solicitud de extradición del nacional polaco Szymon Tomkiel, de la siguiente manera: Primero: Declara regular y válida en cuanto a la forma la solicitud de extradición formulada por la República de Polonia en contra del ciudadano polaco Szymon Tomkiel, por haber sido incoada de conformidad con la normativa nacional y con los instrumentos jurídicos internacionales vinculantes de ambos países. Segundo: En cuanto al fondo, declara con lugar la extradición del ciudadano polaco Szymon Tomkiel, hacia el país requirente, República de Polonia. Tercero: Pone a cargo de la Procuradora General de la República la tramitación y ejecución de la presente decisión, para que sea comunicada a la autoridad administrativa correspondiente para la emisión del decreto de entrega del solicitado en extradición al país requirente, República de Polonia, de conformidad con los términos de la Constitución de la República y las leyes que rigen la materia. Cuarto: Ordena que la presente decisión sea comunicada a las partes implicadas en el presente proceso y publicada en el Boletín Judicial. CONSIDERANDO: Que, la solicitud de detención y entrega del citado condenado a efectos de ejecución de la pena que le ha sido impuesta se hace en virtud de lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5 y 16 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo), adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 15 de noviembre de 2000, y aprobada por la República Dominicana mediante Resolución núm. 355-06, del 15 de octubre de 2006. CONSIDERANDO: Que la asistencia internacional para la extradición del nacional polaco fue solicitada en cumplimiento de las disposiciones de los artículos 162 y siguientes de la Ley núm. 97-25, del 7 de diciembre de 2025, Orgánica que instituye el Código Procesal Penal. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Resolución núm. 355-06, del 15 de octubre de 2006, que aprueba la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. VISTA: La Ley núm. 97-25, del 7 de diciembre de 2025, Orgánica que instituye el Código Procesal Penal. VISTA: La Sentencia núm. SCJ-SS-25-1579, del 28 de noviembre de 2025, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia. VISTA: La Nota Diplomática núm. AMB.PANA.342.04.2024/1, del 7 de agosto de 2024, de la Embajada de la Republica de Polonia en la República de Panamá al Gobierno dominicano. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se dispone la entrega en extradición a la República de Polonia del nacional polaco Szymon Tomkiel, para el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Regional de Suwalki, del 7 de marzo de 2016, en el procedimiento II K 82/13, a saber: 2 años, 11 meses y 23 días de privación de libertad por el delito previsto en el artículo 258 del Código Penal Polaco. ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Procuraduría General de la República y a la Dirección General de Migración, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona