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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 63-26

que deja sin efecto el artículo 16 del Decreto núm. 29-26 y deroga el artículo 8 del Decreto núm. 446-20. G. O. núm. 11231 del 31 de enero de 2026

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
31 ene de 2026fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 11231Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 63-26 que deja sin efecto el artículo 16 del Decreto núm. 29-26 y deroga el artículo 8 del Decreto núm. 446-20. G. O. núm. 11231 del 31 de enero de 2026. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 63-26 VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre del 2024. VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto del 2012, Orgánica de la Administración Pública. VISTO: El Decreto núm. 160-25, del 25 de marzo de 2025, que dispone la fusión del Programa Supérate y la Administradora de Subsidios Sociales, de conformidad con la Ley núm. 247-12, para crear la Dirección de Desarrollo Social Supérate, la cual funcionará como un órgano desconcentrado del Ministerio de la Presidencia, bajo la coordinación del Gabinete de Política Social. VISTO: El Decreto núm. 29-26, del 16 de enero de 2026. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Queda sin efecto el artículo 16 del Decreto núm. 29-26, del 16 de enero de 2026. ARTÍCULO 2. Queda derogado el artículo 8 del Decreto 446-20, del 7 de septiembre del 2020. ARTÍCULO 3. Envíese el presente decreto a la Dirección de Desarrollo Social Supérate, a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría General de la República, al Ministerio de Administración Pública, y a las demás instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treintaiún (31) días del mes enero del año dos mil veintiséis (2026), año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona