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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 718-25

que autoriza la ampliación del Parque de Innovación Laboral San Juan y modifica el artículo 2 del Decreto núm. 185-16. Dispone que dicho parque de zona franca funcionará en cinco (5) porciones de terrenos con un área total de dos millones mil ciento veintiún punto setenta y cinco metros cuadrados. G. O. núm. 11226 del 31 de diciembre de 2025

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 dic de 2025fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 11226Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 718-25 que autoriza la ampliación del Parque de Innovación Laboral San Juan y modifica el artículo 2 del Decreto núm. 185-16. Dispone que dicho parque de zona franca funcionará en cinco (5) porciones de terrenos con un área total de dos millones mil ciento veintiún punto setenta y cinco metros cuadrados. G. O. núm. 11226 del 31 de diciembre de 2025. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 718-25 CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportación en diferentes lugares del país, así como la ampliación de las ya existentes, ha contribuido eficazmente a la rehabilitación de la economía de aquellas demarcaciones donde operan y funcionan. CONSIDERANDO: Que es una tarea prioritaria del Estado dominicano continuar impulsando el desarrollo y crecimiento sostenido de los sectores industriales y de zonas francas en el país. CONSIDERANDO: Que es función del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación conocer las diferentes solicitudes de las empresas autorizadas a operar bajo el régimen de incentivos de la Ley núm. 8-90, del 15 de enero de 1990, que fomenta el establecimiento de zonas francas nuevas y el crecimiento de las existentes. CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 8-90, en su artículo 19, literal a), establece como funciones del Consejo: conocer, evaluar y recomendar al Poder Ejecutivo la instalación de zonas francas de exportación. CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 185-16, del 4 de julio de 2016, el Poder Ejecutivo autorizó a la empresa Operadora PIL, S.R.L., a desarrollar y operar el parque de zonas francas denominado PARQUE DE INNOVACIÓN LABORAL SAN JUAN, en un área de doscientos veinticinco mil setecientos cuatro punto sesenta y ocho metros cuadrados (225,704.68 m²), ubicada en el kilómetro 3 de la carretera San Juan-Mogollón, sección Mogollón, provincia San Juan, República Dominicana. CONSIDERANDO: Que el 7 de octubre de 2025, mediante comunicación registrada con el núm. 3639-25, la empresa PIL, S. R. L., solicitó al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación la autorización correspondiente para desarrollar una extensión del Parque de Innovación Laboral San Juan, en tres (3) porciones de terrenos que en conjunto totalizan un millón setecientos setenta y cinco mil cuatrocientos diecisiete punto ocho metros cuadrados (1,775,417.08 m²), ubicadas en el municipio de Boca Chica, provincia Santo Domingo, República Dominicana. CONSIDERANDO: Que la ampliación de dicha zona franca representa un esfuerzo del sector privado para contribuir a la solución del desempleo y el desarrollo industrial del municipio de Boca Chica y poblados aledaños. CONSIDERANDO: Que el Consejo Directivo del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, al ponderar dicha solicitud en sesión celebrada el 5 de noviembre de 2025, decidió acogerla favorablemente, emitiendo al efecto la Resolución núm. 5-25-MP de la misma fecha, mediante la cual aprobó la solicitud presentada y recomendó al Poder Ejecutivo autorizar la ampliación del Parque de Innovación Laboral San Juan. VISTA: La Constitución de la Republica Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 8-90, de Fomento de Zonas Francas, del 15 de enero de 1990. VISTO: El Decreto núm. 185-16 del 4 de julio de 2016. VISTA: La solicitud formulada por la empresa Operadora PIL, S.R.L., del 7 de octubre de 2025. VISTA: La Resolución núm. 5-25-MP, emitida por el Consejo Directivo del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación en fecha 5 de noviembre de 2025, mediante la cual se aprobó la solicitud presentada por la empresa PIL, S. R. L., y se recomendó al Poder Ejecutivo autorizar la ampliación del Parque de Innovación Laboral San Juan. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se autoriza la ampliación del PARQUE DE INNOVACIÓN LABORAL SAN JUAN, en consecuencia, se modifica el artículo 2 del Decreto núm. 185-16, del 4 de julio de 2016, para que en lo adelante se lea de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2. El parque de zona franca denominado PARQUE DE INNOVACIÓN LABORAL SAN JUAN funcionará en cinco (5) porciones de terrenos que en conjunto totalizaran un área de dos millones mil ciento veintiún punto setenta y cinco metros cuadrados (2,001,121.75 m²), distribuidos de la siguiente forma: 1. 116,912 m², dentro del ámbito de la parcela núm. 13-B-2-B, ubicados en el Km 3 de la carretera San Juan–Mogollón, sección Mogollón, con las siguientes colindancias: a. Al norte, parcela núm. 19-B-2-B (Resto) y carretera San Juan–Jínova. b. Al sur, parcela núm. 19-B-2-B (Resto). c. Al este, parcela núm. 19-B-2-B (Resto). d. Al oeste, parcela núm. 19-B-2-B (Resto). 2. 108,792.68 m², ubicados en el Km 3 de la carretera San Juan–Mogollón, sección Mogollón. a. 86,722.68 m², dentro del ámbito de la parcela núm. 19-B-2-F. b. 22,010 m², dentro del ámbito de la parcela núm. 19-B-2-B. Colindancias: a. Al norte, parcela núm. 19-B-2-B. b. Al sur, carretera San Juan–Mogollón. c. Al este, parcela núm. 19-B-2-B (Resto). d. Al oeste, parcelas núm. 19-B-2-F (Resto) y 19-B-2-B. 3. 69,640.97 m², dentro del inmueble identificado como [cédula], ubicado en el municipio de Boca Chica, provincia Santo Domingo, República Dominicana. 4. 981,230.27 m², ubicados en Los Tanquecitos, municipio Boca Chica, provincia Santo Domingo, República Dominicana, distribuidos como sigue: a. 333,334.49 m², dentro del inmueble identificado como [cédula]. b. 313,900.13 m², dentro del inmueble identificado como [cédula]. c. 333,995.65 m², dentro del inmueble identificado como [cédula]. 5. 724,545.84 m², ubicados en Los Tanquecitos, municipio Boca Chica, provincia Santo Domingo, República Dominicana, distribuidos como sigue: a. 235,626.06 m², dentro del inmueble identificado como [cédula]. b. 488,919.78 m² (equivalentes a 777.47 tareas), dentro del ámbito de la parcela núm. 264, del Distrito Catastral núm. 32. Colindancias: a. Al norte, parcelas núm. 264 (Resto), 242, 329, 248, 252, 239, 260 y 263. b. Al sur, parcela núm. 264 (Resto). c. Al este, parcela núm. 263 (Resto). d. Al oeste, prolongación avenida Caracoles”. ARTÍCULO 2. Se mantienen vigentes e inalterados, en todos sus efectos, aquellas disposiciones contenidas en el Decreto núm. 185-16, del 4 de julio de 2016, que no hayan sido modificadas por medio del presente decreto. ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona