Texto de la norma
Dec. núm. 662-25 que crea el Premio Nacional de Investigación Cultural – Marcio Veloz
Maggiolo, organizado y coordinado por el Ministerio de Cultura, el cual será celebrado
el 13 de agosto de cada año, y consistirá en un premio metálico y un diploma. G. O.
núm. 11219 del 28 de noviembre de 2025.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 662-25
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República Dominicana, en su artículo 64,
numeral 1, dispone que el Estado establecerá políticas que promuevan y estimulen, en los
ámbitos nacionales e internacionales, las diversas manifestaciones y expresiones científicas,
artísticas y populares de la cultura dominicana e incentivará y apoyará los esfuerzos de
personas, instituciones y comunidades que desarrollen o financien planes y actividades
culturales.
CONSIDERANDO: Que la Constitución dominicana, en su artículo 64, numeral 3, indica
que el Estado reconocerá el valor de la identidad cultural, individual y colectiva, su
importancia para el desarrollo integral y sostenible, el crecimiento económico, la innovación
y el bienestar humano, mediante el apoyo y difusión de la investigación científica y la
producción cultural.
CONSIDERANDO: Que el numeral 4 del artículo 1 de la Ley núm. 41-00, establece que el
desarrollo cultural es el proceso de promoción del conjunto de factores capaces de acrecentar
de manera significativa el nivel de vida cultural de la población, es decir, el grado de acceso
o de participación en la vida cultural de la comunidad.
CONSIDERANDO: Que el artículo 3 de la Ley núm. 41-00, del 28 de junio de 2000,
establece que la Secretaría de Estado de Cultura (hoy Ministerio) es la instancia de nivel
superior, encargada de coordinar el Sistema Nacional de Cultura de la República
Dominicana, así como la responsable de la ejecución y puesta en marcha de las políticas,
planes, programas y proyectos de desarrollo cultural.
CONSIDERANDO: Que el artículo 36 de la Ley núm. 41-00, indica que el Ministerio de
Cultura establecerá estímulos especiales y proporcionará la creación, la actividad artística y
cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto
establecerá programas, becas de estudio, premios anuales, concursos, festivales, talleres de
formación artística, etc.
CONSIDERANDO: Que, Marcio Veloz Maggiolo fue un escritor, arqueólogo y antropólogo
dominicano, autor prolífico, tanto de temas académicos como literarios, sus obras han sido
traducidas al alemán, inglés, italiano y francés, contó con una extensa labor cultural y literaria
de más de cinco décadas y logró la proliferación de sus obras en el plano internacional.
CONSIDERANDO: Que, el señor Veloz Maggiolo fue un escritor con una vasta producción
bibliográfica como narrador, poeta, periodista y ensayista, resaltando sus obras: “El Sol y las
Cosas” publicada en 1957; “Intus” en 1962; “La Palabra Reunida” en 1982; “Apearse la
Máscara” en 1986; “Los Ángeles de Hueso” en 1967; “De Abril en Adelante” en 1975; “La
Vida no Tiene Nombre” en 1965; “La Fértil Agonía del Amor”, entre otros grandes trabajos
de investigación, novelas y cuentos.
CONSIDERANDO: Que, en la actualidad no existe un premio o reconocimiento nacional a
la investigación cultural por lo que crear una justa y adecuada premiación nacional a
escritores e investigadores, constituye un importante incentivo para quienes desarrollan esta
labor y asimismo un reconocimiento a la trayectoria de Marcio Veloz Maggiolo.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 41-00, del 28 de junio de 2000, que crea la Secretaría de Estado de
Cultura, hoy ministerio.
VISTA: La Ley núm. 423-06, del 17 de noviembre de 2006, Orgánica de Presupuesto para
el Sector Público.
VISTA: La Resolución núm. 233, del 16 de octubre de 1984, que aprueba la Convención
para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural, adoptada en París el 16 de
noviembre de 1972.
VISTA: La comunicación MINC/DE/1432/25, del 29 de octubre de 2025 de la viceministra
de Patrimonio Cultural al presidente de la República.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dictó el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Premio Nacional de Investigación Cultural - Marcio Veloz Maggiolo. Se
crea el Premio Nacional de Investigación Cultural - Marcio Veloz Maggiolo, organizado y
coordinado por el Ministerio de Cultura, con el objetivo de promover la investigación cultural
y estimular la producción literaria sobre temas culturales.
ARTÍCULO 2. El Premio Nacional de Investigación Cultural - Marcio Veloz Maggiolo se
otorgará anualmente, a obras inéditas escritas en español en género ensayo de investigación
que aborden temas culturales.
ARTÍCULO 3. El Premio Nacional de Investigación Cultural consistirá en un premio
metálico y un diploma al galardonado.
ARTÍCULO 4. El Ministerio de Cultura, mediante resolución ministerial, aprobará las bases
de la premiación, el perfil de los jurados, monto del premio, plazo del proceso del premio
desde su convocatoria hasta su premiación, los requisitos necesarios para participar, los
criterios de evaluación y selección del ganador, el tratamiento de la imagen y los derechos
de autor del ganador.
PÁRRAFO. El Premio Nacional de Investigación Cultural será convocado anualmente y su
premiación será el 13 de agosto de cada año.
ARTÍCULO 5. El Ministerio de Cultura dispondrá, dentro de la apropiación presupuestaria
correspondiente, la debida provisión de fondos para honrar el valor en metálico del galardón,
cuyo monto corresponderá al ministro(a) titular establecer mediante la resolución ministerial
correspondiente.
PÁRRAFO. Para la primera convocatoria del premio, el Ministerio de Cultura deberá contar
previamente con la apropiación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 6. Envíese al Ministerio de Cultura y a la Contraloría General de la República,
para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco
(2025); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.