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Decreto

Decreto 662-25

que crea el Premio Nacional de Investigación Cultural – Marcio Veloz Maggiolo, organizado y coordinado por el Ministerio de Cultura, el cual será celebrado el 13 de agosto de cada año, y consistirá en un premio metálico y un diploma. G. O. núm. 11219 del 28 de noviembre de 2025

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25 nov de 2025fecha
Otrostipo
G. O. 11219Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 662-25 que crea el Premio Nacional de Investigación Cultural – Marcio Veloz Maggiolo, organizado y coordinado por el Ministerio de Cultura, el cual será celebrado el 13 de agosto de cada año, y consistirá en un premio metálico y un diploma. G. O. núm. 11219 del 28 de noviembre de 2025. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 662-25 CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República Dominicana, en su artículo 64, numeral 1, dispone que el Estado establecerá políticas que promuevan y estimulen, en los ámbitos nacionales e internacionales, las diversas manifestaciones y expresiones científicas, artísticas y populares de la cultura dominicana e incentivará y apoyará los esfuerzos de personas, instituciones y comunidades que desarrollen o financien planes y actividades culturales. CONSIDERANDO: Que la Constitución dominicana, en su artículo 64, numeral 3, indica que el Estado reconocerá el valor de la identidad cultural, individual y colectiva, su importancia para el desarrollo integral y sostenible, el crecimiento económico, la innovación y el bienestar humano, mediante el apoyo y difusión de la investigación científica y la producción cultural. CONSIDERANDO: Que el numeral 4 del artículo 1 de la Ley núm. 41-00, establece que el desarrollo cultural es el proceso de promoción del conjunto de factores capaces de acrecentar de manera significativa el nivel de vida cultural de la población, es decir, el grado de acceso o de participación en la vida cultural de la comunidad. CONSIDERANDO: Que el artículo 3 de la Ley núm. 41-00, del 28 de junio de 2000, establece que la Secretaría de Estado de Cultura (hoy Ministerio) es la instancia de nivel superior, encargada de coordinar el Sistema Nacional de Cultura de la República Dominicana, así como la responsable de la ejecución y puesta en marcha de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo cultural. CONSIDERANDO: Que el artículo 36 de la Ley núm. 41-00, indica que el Ministerio de Cultura establecerá estímulos especiales y proporcionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá programas, becas de estudio, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, etc. CONSIDERANDO: Que, Marcio Veloz Maggiolo fue un escritor, arqueólogo y antropólogo dominicano, autor prolífico, tanto de temas académicos como literarios, sus obras han sido traducidas al alemán, inglés, italiano y francés, contó con una extensa labor cultural y literaria de más de cinco décadas y logró la proliferación de sus obras en el plano internacional. CONSIDERANDO: Que, el señor Veloz Maggiolo fue un escritor con una vasta producción bibliográfica como narrador, poeta, periodista y ensayista, resaltando sus obras: “El Sol y las Cosas” publicada en 1957; “Intus” en 1962; “La Palabra Reunida” en 1982; “Apearse la Máscara” en 1986; “Los Ángeles de Hueso” en 1967; “De Abril en Adelante” en 1975; “La Vida no Tiene Nombre” en 1965; “La Fértil Agonía del Amor”, entre otros grandes trabajos de investigación, novelas y cuentos. CONSIDERANDO: Que, en la actualidad no existe un premio o reconocimiento nacional a la investigación cultural por lo que crear una justa y adecuada premiación nacional a escritores e investigadores, constituye un importante incentivo para quienes desarrollan esta labor y asimismo un reconocimiento a la trayectoria de Marcio Veloz Maggiolo. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 41-00, del 28 de junio de 2000, que crea la Secretaría de Estado de Cultura, hoy ministerio. VISTA: La Ley núm. 423-06, del 17 de noviembre de 2006, Orgánica de Presupuesto para el Sector Público. VISTA: La Resolución núm. 233, del 16 de octubre de 1984, que aprueba la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural, adoptada en París el 16 de noviembre de 1972. VISTA: La comunicación MINC/DE/1432/25, del 29 de octubre de 2025 de la viceministra de Patrimonio Cultural al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dictó el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Premio Nacional de Investigación Cultural - Marcio Veloz Maggiolo. Se crea el Premio Nacional de Investigación Cultural - Marcio Veloz Maggiolo, organizado y coordinado por el Ministerio de Cultura, con el objetivo de promover la investigación cultural y estimular la producción literaria sobre temas culturales. ARTÍCULO 2. El Premio Nacional de Investigación Cultural - Marcio Veloz Maggiolo se otorgará anualmente, a obras inéditas escritas en español en género ensayo de investigación que aborden temas culturales. ARTÍCULO 3. El Premio Nacional de Investigación Cultural consistirá en un premio metálico y un diploma al galardonado. ARTÍCULO 4. El Ministerio de Cultura, mediante resolución ministerial, aprobará las bases de la premiación, el perfil de los jurados, monto del premio, plazo del proceso del premio desde su convocatoria hasta su premiación, los requisitos necesarios para participar, los criterios de evaluación y selección del ganador, el tratamiento de la imagen y los derechos de autor del ganador. PÁRRAFO. El Premio Nacional de Investigación Cultural será convocado anualmente y su premiación será el 13 de agosto de cada año. ARTÍCULO 5. El Ministerio de Cultura dispondrá, dentro de la apropiación presupuestaria correspondiente, la debida provisión de fondos para honrar el valor en metálico del galardón, cuyo monto corresponderá al ministro(a) titular establecer mediante la resolución ministerial correspondiente. PÁRRAFO. Para la primera convocatoria del premio, el Ministerio de Cultura deberá contar previamente con la apropiación presupuestaria correspondiente. ARTÍCULO 6. Envíese al Ministerio de Cultura y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona