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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 625-25

que ratifica el permiso otorgado por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación a la empresa Amber Cove Cruise Terminal, S.A.S., para la administración técnica y operativa del parque de zonas francas y de servicios Zona Franca Bahía de Maimón, en lugar y sustitución de la empresa D.R. Cruise Port, LTD. G. O. núm. 11217 del 31 de octubre de 2025

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 oct de 2025fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 11217Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 625-25 que ratifica el permiso otorgado por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación a la empresa Amber Cove Cruise Terminal, S.A.S., para la administración técnica y operativa del parque de zonas francas y de servicios Zona Franca Bahía de Maimón, en lugar y sustitución de la empresa D.R. Cruise Port, LTD. G. O. núm. 11217 del 31 de octubre de 2025. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 625-25 CONSIDERANDO: Que el establecimiento de zonas francas de exportación en diferentes lugares del territorio nacional, así como la ampliación de las ya existentes, ha contribuido de manera significativa a la dinamización y rehabilitación de la economía en las demarcaciones donde operan. CONSIDERANDO: Que es función del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación conocer las diferentes solicitudes de las empresas autorizadas a operar bajo el régimen de incentivos de la Ley núm. 8-90, del 15 de enero de 1990, que fomenta el establecimiento de zonas francas nuevas y el crecimiento de las existentes. CONSIDERANDO: Que constituye una prioridad del Estado dominicano continuar impulsando el desarrollo, fortalecimiento y crecimiento sostenido de los sectores industriales y de zonas francas en el país. CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto núm. 241-12, del 12 de mayo de 2012, el Poder Ejecutivo autorizó a la empresa D.R. Cruise Port, LTD a desarrollar y operar el parque de zonas francas y de servicios Zona Franca Bahía de Maimón, en un área de ciento diecinueve mil quinientos cuarenta y cuatro metros cuadrados (119,544 m²), distribuidos de la manera siguiente: a) Parcela núm. 203, del Distrito Catastral núm. 12 de Puerto Plata (48,319 m²). b) Parcela núm. 223, parte E, del Distrito Catastral núm. 12 de Puerto Plata (12,137 m²). c) Parcela núm. 223, parte D, del Distrito Catastral núm. 12 de Puerto Plata (14,137 m²). d) Aproximadamente 44,951 m² de terrenos que serán adicionados hacia el Océano Atlántico, previa autorización del Poder Ejecutivo para levantar, dentro de la franja de terreno de sesenta (60) metros de ancho paralela al mar, una terminal de cruceros internacional. CONSIDERANDO: Que, el 1 de julio de 2025, la empresa D.R. Cruise Port, LTD solicitó a la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación (CNZFE) el traspaso de los beneficios, obligaciones y la administración técnica y operativa del parque de zonas francas y de servicios Zona Franca Bahía de Maimón a favor de la empresa Amber Cove Cruise Terminal, S.A.S. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución núm. 05-25-TPI, del 3 de septiembre de 2025, el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación aprobó la solicitud presentada por la empresa D.R. Cruise Port, LTD, así como la remisión al Poder Ejecutivo del permiso de administración técnica y operativa del parque de zonas francas y de servicios Zona Franca Bahía de Maimón, otorgado a la empresa Amber Cove Cruise Terminal, S.A.S., para la ratificación correspondiente. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 8-90, del 15 de enero de 1990, sobre Fomento de Zonas Francas. VISTO: El Decreto núm. 241-12 del 12 de mayo de 2012. VISTA: La solicitud formulada por la empresa operadora D.R. Cruise Port, LTD, del 1 de septiembre de 2025. VISTA: La Resolución núm. 05-25-TPI, emitida por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación el 3 de septiembre de 2025. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se ratifica el permiso expedido por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación a favor de la empresa Amber Cove Cruise Terminal, S.A.S., para la administración técnica y operativa del parque de zonas francas y de servicios Zona Franca Bahía de Maimón, la cual se beneficiará del régimen de incentivos y obligaciones establecidos en la Ley núm. 8-90, del 15 de enero de 1990, en lugar y sustitución de la empresa D.R. Cruise Port, LTD, quien estuvo ejerciendo la administración técnica y operativa de dicha zona franca, en virtud del Decreto núm. 241-12, del 12 de mayo de 2012. ARTÍCULO 2. Se mantienen vigentes, en todos sus efectos, las disposiciones contenidas en el Decreto núm. 241-12, del 12 de mayo de 2012, que no hayan sido modificadas mediante el presente decreto. ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y al Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona