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Decreto

Decreto 524-25

que autoriza al Ayuntamiento de Santiago de los Caballeros a vender varias porciones de terrenos de su propiedad. Modifica los decretos núms.270-90, 143- 99, 295-99, 347-99, 297-00, 66-02, 503-02, 468-04, 303-05, 327-05, 65-07, 238-10 y 261- 23. G. O. núm. 11214 del 19 de septiembre de 2025

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9 sept de 2025fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 11214Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

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Dec. núm. 524-25 que autoriza al Ayuntamiento de Santiago de los Caballeros a vender varias porciones de terrenos de su propiedad. Modifica los decretos núms.270-90, 143- 99, 295-99, 347-99, 297-00, 66-02, 503-02, 468-04, 303-05, 327-05, 65-07, 238-10 y 261- 23. G. O. núm. 11214 del 19 de septiembre de 2025. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 524-25 VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del Distrito Nacional. VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los Municipios. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 12 de agosto de 2022 y del acta núm. 11-22, del 11 de agosto de 2022, que aprueba las correcciones del numeral 13 del artículo 1 del Decreto núm. 327-05, del 16 de junio de 2005, y el numeral 10 del artículo 1 del Decreto núm. 297- 00, del 10 de julio de 2000. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 11 de agosto de 2023 y del acta núm. 13-23, del 10 de agosto de 2023, que aprueba la corrección del artículo 23 del Decreto núm. 238-10, del 22 de abril de 2010. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 12 de diciembre de 2022 y del acta núm. 18-22, del 8 de diciembre de 2022, que aprueba las correcciones del numeral 4 del artículo 1 del Decreto núm. 347-99, del 30 de marzo de 1999, el numeral 17 del artículo 1 del Decreto núm. 303-05, del 7 de mayo de 2005, el artículo 13 del Decreto núm. 270-90, del 6 de agosto de 1990, el cual fue modificado por el artículo 15 del Decreto núm. 621-07, del 23 de octubre de 2007, y el artículo 6 del Decreto núm. 66-02, del 23 de enero de 2002. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 29 de marzo de 2022 y del acta núm. 03-22, del 17 de marzo de 2022, que aprueba la corrección del numeral 14 del artículo 1 del Decreto núm. 143-99, del 30 de marzo de 1999. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 24 de mayo de 2023 y del acta núm. 10-23, del 23 de mayo de 2023, que aprueba la corrección del artículo 3 del Decreto núm. 468-04, del 24 de mayo de 2004, el cual fue modificado por el artículo 37 del Decreto núm. 65-07, del 26 de febrero de 2007. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 15 de mayo de 2023 y del acta núm. 02-23, del 9 de febrero de 2023, que aprueba la corrección del artículo 11 del Decreto núm. 65-07, del 26 de febrero de 2007, el cual fue modificado por el artículo 5 del Decreto núm. 133-13, del 14 de mayo de 2013. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 15 de julio de 2022 y del acta núm. 10-22, del 14 de julio de 2022, que aprueba la corrección del numeral 14 del artículo 1 del Decreto núm. 295-99, del 13 de julio de 1999. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 20 de mayo de 2022 y del acta núm. 07-22, del 12 de mayo de 2022, que aprueba la corrección del artículo 25 del Decreto núm. 503-02, del 2 de julio de 2002. VISTA: La certificación del secretario municipal del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 6 de junio de 2024 y del acta núm. 10-24, del 6 de junio de 2024, que aprueba la corrección del artículo 39 del Decreto núm. 261-23, del 19 de junio de 2023. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Queda modificado el numeral 13 del artículo 1 del Decreto núm. 327-05, del 16 de junio de 2005, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente: 13. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a favor de Bienvenido de la Cruz García, titular de la cédula de identificación personal (cédula vieja) núm. [cédula], serie núm. 055, el solar municipal núm. 5, manzana municipal núm. 6-norte, dentro de la parcela catastral núm. 127-A-2, D. C. núm. 06, con un área que mide ciento setenta y siete punto cincuenta y tres metros cuadrados (177.53 m2), ubicado en el sector Ensanche Libertad, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de veintitrés mil ciento dieciséis pesos dominicanos con 80/100 (RD$23,116.80), con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar municipal núm. 24. 2. Al este, solar municipal núm. 4. 3. Al sur, calle núm. 5. 4. Al oeste, solar municipal núm. 6. ARTÍCULO 2. Queda modificado el artículo 23 del Decreto núm. 238-10, del 22 de abril de 2010, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente: ARTÍCULO 23. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a favor de Alberto Valerio, titular de la cédula de identidad núm. [cédula], y Lilian Esther Fernández Durán, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], el solar municipal núm. 14-B, manzana núm. 1, correspondiente a la parcela catastral núm. 4-B-10-Porción A, D. C. núm. 01, con un área que mide trescientos cincuenta y dos punto once metros cuadrados (352.11 m2), ubicado en el sector La Ciudad (Gurabito), municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de quinientos catorce mil seiscientos noventa y cinco pesos dominicanos con 00/100 (RD$514,695.00), con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar municipal núm. 14-A. 2. Al este, Av. Imbert. 3. Al sur, solar municipal núm. 15. 4. Al oeste, propiedad privada. ARTÍCULO 3. Queda modificado el numeral 4 del artículo 1 del Decreto núm. 347-99, del 12 de agosto de 1999, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente: 4. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a favor de Enrique Rodríguez Lima y Florinda Batista Rodríguez, el solar municipal núm. 127, manzana municipal núm. 8, dentro del ámbito de la parcela catastral núm. 1-C-1 Porción D, D. C. núm. 01, con un área que mide doscientos treinta y ocho punto ochenta y nueve metros cuadrados (238.89 m²), ubicado en el sector El Ejido, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de veinticinco mil novecientos ochenta y ocho pesos dominicanos con 00/100 (RD$25,988.00), con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar municipal núm. 126. 2. Al este, calle núm. 7. 3. Al sur, solar municipal núm. 128. 4. Al oeste, solares municipales núms. 129, 129-A y 129-B. ARTÍCULO 4. Queda modificado el numeral 14 del artículo 1 del Decreto núm. 143-99, del 30 de marzo de 1999, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente: 14. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a favor de los sucesores de Miguel Andrés Fernández Ramírez, y el 50% a favor de su esposa y copropietaria de Rosa Julia Vargas Ramírez de Fernández, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], el solar municipal núm. 4, manzana municipal núm. 58, correspondiente a la parcela catastral núm. 56, D. C. núm. 08, con un área que mide cuatrocientos nueve punto cero cinco metros cuadrados (409.05 m²), ubicado en el sector Los Héroes, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de trescientos cincuenta y nueve mil ciento treinta pesos dominicanos con 00/100 (RD$359,130.00), con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar municipal núm. 8. 2. Al este, calle núm. 6. 3. Al sur, solares municipales núms. 2 y 3. 4. Al oeste, propiedad privada. ARTÍCULO 5. Queda modificado el numeral 10 del artículo 1 del Decreto núm. 297-00, del 10 de julio de 2000, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente: 10. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a favor de los sucesores de Pedro Augusto Méndez Infante, el solar municipal núm. 1964, manzana municipal núm. 140, dentro del solar catastral núm. 2, de la manzana catastral núm. 115, D. C. núm. 01, con un área que mide noventa y siete punto treinta y dos metros cuadrados (97.32 m²), ubicado en el sector La Ciudad, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de dieciséis mil setecientos sesenta y cinco pesos dominicanos con 00/100 (RD$16,765.00), con los siguientes linderos: 1. Al norte, calle Independencia. 2. Al este, propiedad privada. 3. Al sur, propiedad privada. 4. Al oeste, propiedad privada. ARTÍCULO 6. Queda modificado el numeral 17 del artículo 1 del Decreto núm. 303-05, del 7 de mayo de 2005, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente: 17. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a favor de Iris Fernández Monsanto de Ramos, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], el solar municipal núm. 129, manzana municipal núm. 8, correspondiente a la parcela catastral núm. 1-C-1 Porción D, D. C. núm. 01, con un área que mide trescientos cuarenta y dos punto diecinueve metros cuadrados (342.19 m2), ubicado en el sector El Ejido, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de treinta mil quinientos noventa y un pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,591.00), con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar municipal núm. 129-A. 2. Al este, solares municipales núms. 127 y 128. 3. Al sur, calle primera. 4. Al oeste, calle núm. 11. ARTÍCULO 7. Queda modificado el artículo 13 del Decreto núm. 270-90, del 6 de agosto de 1990, el cual fue modificado por el artículo 15 del Decreto núm. 621-07, del 23 de octubre de 2007, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente: ARTÍCULO 13. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a favor de Francisco Antonio Aponte Díaz, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], el solar municipal núm. 28, manzana municipal núm. 6-A-Sur, dentro de la parcela catastral núm. 127-A-3, D. C. núm. 06, con un área que mide ochenta punto ochenta y ocho metros cuadrados (80.88 m2), ubicado en el sector Ensanche Libertad, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de dos mil veintidós pesos dominicanos con 00/100 (RD$2,022.00), con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar municipal núm. 10. 2. Al este, solar municipal núm. 27. 3. Al sur, calle núm. 1. 4. Al oeste, solar municipal núm. 29. ARTÍCULO 8. Queda modificado el artículo 3 del Decreto núm. 468-04, del 24 de mayo de 2004, el cual fue modificado por el artículo 37 del Decreto núm. 65-07, del 26 de febrero de 2007, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente: ARTÍCULO 3. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a favor de Fernando de Jesús Estévez Pichardo, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], el solar municipal núm. 2, manzana municipal núm. 28-norte, correspondiente a la parcela catastral núm. 127-A-2, D. C. núm. 06, con un área que mide noventa y tres punto ochenta y seis metros cuadrados (93.86 m2), ubicado en el sector Ensanche Libertad, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de trece mil quinientos setenta y ocho pesos dominicanos con 00/100 (RD$13,578.00), con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar municipal núm. 15. 2. Al este, solar municipal núm. 1. 3. Al sur, Av. Estrella Sadhalá. 4. Al oeste, solar municipal núm. 3. ARTÍCULO 9. Queda modificado el artículo 11 del Decreto núm. 65-07, del 26 de febrero de 2007, el cual fue modificado por el artículo 5 del Decreto núm. 133-13, del 14 de mayo de 2013, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente: ARTÍCULO 11. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a favor de Ramón Quilino Pimentel Sánchez, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], el solar municipal núm. 1158, manzana municipal núm. 71, correspondiente al solar catastral núm. 7, de la manzana catastral núm. 86, D. C. núm. 01, con un área que mide doscientos treinta y cuatro punto sesenta y ocho metros cuadrados (234.68 m2), ubicado en el sector La Cuidad, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y ocho pesos dominicanos con 20/100 (RD$47,848.20), con los siguientes linderos: 1. Al norte, solares municipales núms. 1156 y 2369. 2. Al este, calle Pedro M. Hungría. 3. Al sur, solares municipales núms. 1159-A, 1159-B y 1160. 4. Al oeste, solar municipal núm. 1161. ARTÍCULO 10. Queda modificado el artículo 6 del Decreto núm. 66-02, del 23 de enero de 2002, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente: ARTÍCULO 6. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a favor de Catalina de Jesús Jiminián, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], el solar municipal núm. 4, manzana municipal núm. 10, correspondiente a la parcela catastral núm. 154-A, D. C. núm. 06, con un área que mide trescientos seis punto veinte metros cuadrados (306.20 m2), ubicado en el sector Gregorio Luperón, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de cincuenta mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 20/100 (RD$50,117.20), con los siguientes linderos: 1. Al norte, solares municipales núms. 2 y 3. 2. Al este, Av. Hatuey. 3. Al sur, solar municipal núm. 5. 4. Al oeste, solares municipales núms. 38 y 39. ARTÍCULO 11. Queda modificado el numeral 14 del artículo 1 del Decreto núm. 295-99, del 13 de mayo de 1999, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente: 14. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a favor de Lucía Encarnación Domínguez Polanco, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], el solar municipal núm. 11, manzana municipal núm. 1-A, dentro de la catastral núm. 6-B-32, D. C. núm. 08, con un área que mide ciento setenta y un punto setenta y ocho metros cuadrados (171.78 m2), ubicado en el sector Hoya del Caimito, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de veintidós mil ochenta y nueve pesos dominicanos con 60/100 (RD$22,089.60), con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar municipal núm. 10. 2. Al este, calle núm. 20. 3. Al sur, solares municipales núms. 12 y 13. 4. Al oeste, solar municipal núm. 14. ARTÍCULO 12. Queda modificado el artículo 25 del Decreto núm. 503-02, del 2 de julio de 2002, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente: ARTÍCULO 25. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a favor de Adolfo César Blanco Germosén, Colombina Altagracia Blanco Germosén, Pedro Nicolás Blanco Germosén, Maritza del Carmen Blanco Germosén, Clariza Cecilia Blanco Germosén y Rafael Herminio Blanco Germosén, titulares de las cédulas de identidad y electoral núms. [cédula]3509-8, [cédula], [cédula], [cédula] y [cédula], respectivamente, Starling Rafael Blanco Ortiz, Rafael Blanco, Rafelina Blanco Rodríguez, Carlos Miguel Blanco Ortiz, Maribel Mercedes Blanco y Miguel Herminio Blanco, portadores de los pasaportes americanos núms. [omitido], respectivamente, únicos sucesores legales (en virtud del acto núm. 2054-2021 de determinación de herederos, del 10 de noviembre de 2021, legalizado por el notario público Rafael Luna Polanco) de la señora Gilda Altagracia Germosén de Blanco, el solar municipal núm. 8, manzana municipal núm. 25, dentro de la parcela núm. 154-A, D. C. núm. 06, con un área que mide doscientos noventa y cinco punto veintinueve metros cuadrados (295.29 m2), ubicado en el sector Gregorio Luperón, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de sesenta y dos mil novecientos seis pesos dominicanos con 38/100 (RD$62,906.38), con los siguientes linderos: 1. Al norte, solar municipal núm. 9. 2. Al este, solar municipal núm. 7-B. 3. Al sur, Av. Salvador Estrella Sadhalá. 4. Al oeste, calle Manuela Diez. ARTÍCULO 13. Queda modificado el artículo 39 del Decreto núm. 261-23, del 19 de junio de 2023, para que en lo adelante diga y disponga lo siguiente: ARTÍCULO 39. Se autoriza al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a Ana Susana Gómez Cabral, titular de la cédula de identidad y electoral núm. [cédula], el solar municipal núm. 3-A, manzana municipal núm. 2, parcela catastral núm. 216-RR, D. C. núm. 06, con un área que mide ciento cincuenta y dos punto ochenta y tres metros cuadrados (152.83 m2), ubicado en el sector Villa Progreso, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, por la suma de un millón sesenta y nueve mil ochocientos diez pesos dominicanos con 00/100 (RD$1,069,810.00), con los siguientes linderos: 1. Al norte, Av. 27 de febrero. 2. Al sur, solares núm. 1 y 2. 3. Al este, solar núm. 3-B. 4. Al oeste, terreno propio ARTÍCULO 14. Envíese al ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, al registrador de títulos correspondiente, a la Liga Municipal Dominicana (LMD) y al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona