Texto de la norma
Dec. núm. 521-25 que declara de utilidad pública e interés social una porción de terreno
de 146,174.76 m2, ubicada en la parcela núm. 52, del Distrito Catastral núm. 04,
municipio de Higüey, provincia La Altagracia, propiedad del señor Teófilo Enrique
Matos, para ser incluida en el Plan Nacional de Titulación. G. O. núm. 11213 del 9 de
septiembre de 2025.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 521-25
CONSIDERANDO: Que conforme lo establece la Constitución de la República, es un
derecho fundamental de los ciudadanos tener acceso a la propiedad inmobiliaria debidamente
titulada y, con ello, a la vivienda digna y adecuada.
CONSIDERANDO: Que el artículo 51, numeral 2, de la Constitución de la República, en
relación con el derecho de propiedad dispone que, “El Estado promoverá, de acuerdo con la
ley, el acceso a la propiedad, en especial a la propiedad inmobiliaria titulada”.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 1-12, que establece la Estrategia Nacional de
Desarrollo 2030, del 25 de enero de 2012, establece en su artículo 23, objetivo 2.5.1, lo
siguiente: “Facilitar el acceso de la población a viviendas económicas, seguras y dignas, con
seguridad jurídica y en asentamientos humanos sostenibles, socialmente integrados, que
cumplan con los criterios de adecuada gestión de riesgos y accesibilidad universal para las
personas con discapacidad físico-motora”.
CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Bienes Nacionales institución
representante del Estado dominicano, en la necesidad de dar continuidad y seguimiento a sus
programas y proyectos de ordenamiento urbano y titulación a nivel nacional requiere del uso
de inmuebles y terrenos, que en ocasiones son de propiedad privada, por lo que se hace
necesario, para la ejecución de dichos proyectos, los mismos sean objeto del decreto de
utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano.
CONSIDERANDO: Que, dentro de los programas de titulación llevados a cabo por la
Dirección General de Bienes Nacionales, por expresa disposición del gobierno se ha puesto
en marcha desarrollar un proyecto de titulación en el municipio de Higüey, provincia La
Altagracia específicamente sobre la parcela núm. 52, del Distrito Catastral núm. 4, con una
extensión de 146, 174.76 metros cuadrados, propiedad de Teófilo Enrique Matos.
CONSIDERANDO: Que es de alto interés para el Estado, que sus ciudadanos obtengan de
manera legítima la titularidad de sus propiedades, con apego a la legalidad y seguridad
jurídica, conforme a las normas vigentes en materia de tierras en República Dominicana.
CONSIDERANDO: Que el inmueble ante citado y en el cual se pretende desarrollar un
proyecto de titulación, ha sido objeto de investigación catastral y registral, así como de
valoración por ante la Dirección General de Catastro Nacional.
CONSIDERANDO: Que la Comisión Permanente de Titulación de Terrenos del Estado
tiene como propósito fundamental la formulación, concertación, apoyo y promoción de
políticas y estrategias tendentes a impulsar y materializar la solución definitiva del problema
de la falta de titulación o registro actualizado en la propiedad inmobiliaria en la República
Dominicana.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del
29 de julio de 1943.
VISTA: La Ley núm. 1832, del 3 de noviembre de 1948, que instituye la Dirección General
de Bienes Nacionales.
VISTA: La Ley núm. 108-05, sobre Registro Inmobiliario, del 23 de marzo de 2005.
VISTA: La Ley núm. 1-12, del 25 de enero de 2012, que establece la Estrategia Nacional de
Desarrollo 2030.
VISTO: El Decreto núm. 624-12, del 10 de noviembre de 2012, que crea la Comisión
Permanente de Titulación de Terrenos del Estado.
VISTO: El informe catastral y registral sobre la parcela núm. 52, Distrito Catastral núm. 04,
del municipio de Higüey, provincia La Altagracia, elaborado por la Unidad Técnica
Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado.
VISTA: La solicitud realizada mediante el oficio núm. 1822, de fecha 1 de septiembre de
2025, por el director general de Bienes Nacionales.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado
dominicano, una porción de terreno con una extensión superficial de ciento cuarenta y seis
mil ciento setenta y cuatro punto setenta y seis metros cuadrados (146,174.76 m2 ), dentro de
la parcela núm. 52, del Distrito Catastral núm. 04, ubicada en el municipio de Higüey,
provincia La Altagracia, amparada mediante el certificado de títulos matrícula núm.
3000194785, emitido por el registrador de títulos de Higüey, a favor de TEÓFILO
ENRIQUE MATOS, para ser incluida en el Plan Nacional de Titulación.
ARTÍCULO 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con el propietario de la referida
porción de terreno, el director general de Bienes Nacionales realizará todos los actos,
procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las leyes,
para obtener su expropiación.
PÁRRAFO I. Las porciones de terreno declaradas de utilidad pública e interés social
mediante el presente decreto serán pagadas con fondos provenientes de la Dirección General
de Bienes Nacionales.
ARTÍCULO 3. Envíese al director general de Bienes Nacionales, a la Comisión Permanente
de Titulación de Terrenos del Estado, al abogado del Estado y al registrador de título de
Higüey, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los ocho (8) días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco (2025);
año 182 de la Independencia y 163 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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