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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 428-25

que concede pensiones especiales del Estado por antigüedad en el servicio a 137 servidores públicos, y reajusta las pensiones de que disfrutan 11 personas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 jul de 2025fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 11205Gaceta Oficial del 30 jul de 2025
Poder Ejecutivoórgano
153personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Agripina del Corazon de Jesus OrtegaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Altagracia del Rosario Mendez MendezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Altagracia Sofia Abreu RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Andres Tejada VasquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Angela Evangelina Medrano MejiaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Apolonio Salvador Ureña JimenezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Aurelina Castillo PadillaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Brigida Mañon RudecindoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen del Rosario Nuñez GomezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Casilda GuerreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ciprian SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Clara Cabrera CabreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Deycys Caceres CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dominga Fidelina Saint-Hilaire de EspinalEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo Anselmo Morillo MorelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Doris Hortensia Aguasvivas FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eddy Maria Bautista CabralEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elva Mora MonteroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eugenia BonillaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisca Perdomo VasquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
German Antonio de Jesus Castellanos VenturaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gricelda RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jorge Paulino FloresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Dionicio Estevez FabianEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Luis EchavarriaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Joselin Altagracia Sanchez RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Joselyn Omal Guerrero AlcantaraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Carlos Peña PaulinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juana de Regla SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
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Juana Rosa PichardoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juana Tejada SimeEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Julian Rodriguez HicianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Liliana Gervacio VenturaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lourdes Bernarda Espinal VillafañaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lucia Mercedes Ramirez GomezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lucinda Vasquez SorianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Abelardo Casilla de LeonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Madilenis de los Santos ConsuegraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Magdalena Valdez Amador de PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel Victor Bello PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Margarita Nova Hernandez de CasillaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Concepcion Travieso BeltranEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria de los Angeles Docampo AlonzoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Elena Botier ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Magdalena Marte OlivoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Mercedes Alcantara UrbaezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Trinidad Burgos ParedesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marino Martinez LunaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mario Cesar Gil QuezadaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Martha Primitiva Corporan GuzmanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Masel de Lima GabrielEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Matilde del Rosario SolanoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Melida Ysabel Baez DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mercedes Gil TapiaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Miladys Solano Ortiz de CalderonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mirian Soraida Cuevas FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Napoleon Cordero ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Narciso Antonio Guzman AdamsEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Natividad Argentina Leonardo VillarEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nelson Antonio Mora de la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nidia Altagracia Tejada RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Noel Ferreras FerrerasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pablo Graciano CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pablo Ysidro GuzmanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Fernandez CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Praxedes VicenteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Cesario Beato de la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Antonio Perez FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Antonio SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Florentino MonteroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon Guerrero NuñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Reyna Evangelina Alcantara OtañoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Roberto Rafael CaraballoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Diaz MontesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosalina Vasquez de JesusEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosita Gonzalez DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ruth Esther Hernandez BrownEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sarah Orfelina Johnson de JesusEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Soraya Aracelis de la RosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Teofila Altagracia Rodriguez de QuezadaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Virginia Castillo SuarezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Xiomara Antonia GuzmanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Yolanda de Jesus Ventura AlmonteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ysabel Heredia CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ysolina PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Alicia Tolentino Carela de CarrascoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Argelia Mercedes Garcia NateraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Manuel Batista SotoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Casimiro AvilaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Confesor Tineo HernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ernesto Paniagua PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fernando Arturo Polanco AlemanyEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fernando Jimenez RivasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisco Gerardo Leon HilarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Geraldo Javier BritoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Antonio BeatoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marcelino Rijo GuzmanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Lorenza GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Milagros Altagracia NuñezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nestor de los Santos CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Radhames Garcia MercedesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rene Valdez OrtizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Silvio Cesar Alburquerque OlmosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Vicente Rhadames DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alberto Ernesto Ramirez de MarchenaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alberto Fernando TorresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alicia Antonia Taveras TejadaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Batista PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Francisca Feliz PlataEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Beatriz de Jesus Calderon PeraltaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Benito Antonio RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Candida GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Cesar Peña PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Digno Calderon VilasecaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dulce Maria Espinal Cerda de PeraltaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eduviges Diaz de LeonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eduviges Teresa Liriano RiveraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eulalia Ysabel Diaz Pujols de ValeraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gilberto Antonio Rivera DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gilda Josefina Rodriguez de MarteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Agustin TorresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Andres Galva PinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juanita Lluberes FloresEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Leoncia del Jesus Feliz de FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lidio Marino Gomez UlloaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Liliam Vidal Gomez de MontasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Modesto Antonio de la Cruz CarmonaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nelson Augusto Vallejo BrownEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Antonio Jose Sanchez InoaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Teodoro Tapia SenaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Tomasina Buten Mieses de TaveraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Yeudy Altagracia Rosario LopezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Yolanda Alcantara AlcantaraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ysabel Maria Benitez SosaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ysabel Turbi AlcantaraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alba Rosa Gomez TerreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisco de JesusEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mildred Rosalia RivasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pilar Altagracia Vasquez Angeles de GuzmanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Flor Maria Martinez MateoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jorge Luis Martinez VasquezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Armando Minyety RuizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Placido de Jesus Torres PolancoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona Sanchez TejadaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rhina Altagracia Rosario Valdez de JohnsonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ruben Perez GarabitoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dominga Fidelina Saint-HilairePensión—
German Antonio de Jesus CastellanosPensión—
Teofila Altagracia RodriguezPensión—
Ana Alicia Tolentino CarelaPensión—
Rhina Altagracia Rosario ValdezPensión—

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Texto

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Dec. núm. 428-25 que concede pensiones especiales del Estado por antigüedad en el servicio a 137 servidores públicos, y reajusta las pensiones de que disfrutan 11 personas. G. O. No. 11205 del 30 de julio de 2025. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 428-25 CONSIDERANDO: Que el artículo 60 de la Constitución de la República Dominicana, establece: “Derecho a la Seguridad Social. Toda persona tiene derecho a la seguridad social. El Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, la discapacidad, la desocupación y la vejez”. CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado (DGJP), es una dependencia del Ministerio de Hacienda, que tiene como propósito administrar el sistema de reparto amparado en la Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, que crea un nuevo régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado dominicano para Funcionarios y Empleados Públicos. CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 494-06, del 27 de diciembre de 2006, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda), la cual se encarga de administrar los fondos públicos generados por las cotizaciones de los ciudadanos en su vida laboral activa y del presupuesto que le es asignado conforme a la ley, destinado a hacer efectivo el pago de las pensiones que indican las leyes y planes correspondientes a tales fines. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 379, que establece un nuevo Régimen de Jubilaciones y Pensiones Civiles del Estado dominicano para los Funcionarios y Empleados Públicos, del 11 de diciembre de 1981. VISTA: La Ley núm. 494-06, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda), del 27 de diciembre de 2006. VISTA: La Resolución núm. 479-24, del 8 de enero de 2024 y sus modificaciones, aprobada por la Superintendencia de Pensiones, sobre Procesos Operativos para las Administradoras de Fondos de Pensiones, Fondos y Planes Sustitutivos, de la Superintendencia de Pensiones. VISTOS: Los oficios DGJP-2025-05610, DGJP-2025-05611, DGJP-2025-05612, DGJP- 2025-05632 y DGJP-2025-05633, del 7 y 8 de julio de 2025, del Subdirector General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, dirigidos al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado dominicano por antigüedad en el servicio a los siguientes servidores públicos: Monto Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y RD$ electoral 1 AGRIPINA DEL CORAZON DE JESUS ORTEGA [cédula] 21,000.00 2 ALTAGRACIA DEL ROSARIO MENDEZ MENDEZ [cédula] 10,044.96 3 ALTAGRACIA SOFIA ABREU RODRIGUEZ [cédula] 27,533.33 4 ANDRES TEJADA VASQUEZ [cédula] 28,000.00 5 ANGELA EVANGELINA MEDRANO MEJIA [cédula] 13,916.67 6 APOLONIO SALVADOR UREÑA JIMENEZ [cédula] 17,305.81 7 AURELINA CASTILLO PADILLA [cédula] 10,000.00 8 BRIGIDA MAÑON RUDECINDO [cédula] 10,193.04 9 CARMEN DEL ROSARIO NUÑEZ GOMEZ [cédula] 10,000.00 10 CASILDA GUERRERO [cédula] 13,805.56 11 CIPRIAN SANTOS [cédula] 10,000.00 12 CLARA CABRERA CABRERA [cédula] 10,000.00 13 DEYCYS CACERES CRUZ [cédula] 21,000.00 14 DOMINGA FIDELINA SAINT-HILAIRE DE ESPINAL [cédula] 27,029.00 15 DOMINGO ANSELMO MORILLO MOREL [cédula] 18,813.46 16 DORIS HORTENSIA AGUASVIVAS FELIZ [cédula] 10,000.00 17 EDDY MARIA BAUTISTA CABRAL [cédula] 10,000.00 18 ELVA MORA MONTERO [cédula] 10,000.00 19 EUGENIA BONILLA [cédula] 10,000.00 20 FRANCISCA PERDOMO VASQUEZ [cédula] 28,371.07 21 GERMAN ANTONIO DE JESUS CASTELLANOS VENTURA [cédula] 54,302.44 22 GRICELDA ROSARIO [cédula] 10,000.00 23 JORGE PAULINO FLORES [cédula] 13,860.00 24 JOSE DIONICIO ESTEVEZ FABIAN [cédula] 47,750.18 25 JOSE LUIS ECHAVARRIA [cédula] 60,000.00 26 JOSELIN ALTAGRACIA SANCHEZ ROSARIO [cédula] 51,834.09 27 JOSELYN OMAL GUERRERO ALCANTARA [cédula] 22,752.24 28 JUAN CARLOS PEÑA PAULINO [cédula] 48,084.80 29 JUANA DE REGLA SANTANA [cédula] 10,000.00 30 JUANA GARCIA [cédula] 10,000.00 31 JUANA ROSA PICHARDO [cédula] 27,029.00 32 JUANA TEJADA SIME [cédula] 10,000.00 33 JULIAN RODRIGUEZ HICIANO [cédula] 10,000.00 34 LILIANA GERVACIO VENTURA [cédula] 27,029.00 35 LOURDES BERNARDA ESPINAL VILLAFAÑA [cédula] 56,485.78 36 LUCIA MERCEDES RAMIREZ GOMEZ [cédula] 33,256.39 37 LUCINDA VASQUEZ SORIANO [cédula] 10,000.00 38 LUIS ABELARDO CASILLA DE LEON [cédula] 11,550.00 39 MADILENIS DE LOS SANTOS CONSUEGRA [cédula] 27,029.00 40 MAGDALENA VALDEZ AMADOR DE PEÑA [cédula] 27,029.00 41 MANUEL VICTOR BELLO PEREZ [cédula] 80,000.00 42 MARGARITA NOVA HERNANDEZ DE CASILLA [cédula] 47,750.00 43 MARIA CONCEPCION TRAVIESO BELTRAN [cédula] 20,015.04 44 MARIA DE LOS ANGELES DOCAMPO ALONZO [cédula] 31,542.42 45 MARIA ELENA BOTIER REYES [cédula] 17,525.76 46 MARIA MAGDALENA MARTE OLIVO [cédula] 27,029.00 47 MARIA MERCEDES ALCANTARA URBAEZ [cédula] 19,800.00 48 MARIA TRINIDAD BURGOS PAREDES [cédula] 43,371.02 49 MARINO MARTINEZ LUNA [cédula] 10,000.00 50 MARIO CESAR GIL QUEZADA [cédula] 10,000.00 51 MARTHA PRIMITIVA CORPORAN GUZMAN [cédula] 16,169.07 52 MASEL DE LIMA GABRIEL [cédula] 27,029.00 53 MATILDE DEL ROSARIO SOLANO [cédula] 10,000.00 54 MELIDA YSABEL BAEZ DIAZ [cédula] 27,250.00 55 MERCEDES GIL TAPIA [cédula] 11,368.23 56 MILADYS SOLANO ORTIZ DE CALDERON [cédula] 12,622.89 57 MIRIAN SORAIDA CUEVAS FELIZ [cédula] 10,000.00 58 NAPOLEON CORDERO REYES [cédula] 14,520.00 59 NARCISO ANTONIO GUZMAN ADAMS [cédula] 48,536.98 60 NATIVIDAD ARGENTINA LEONARDO VILLAR [cédula] 80,000.00 61 NELSON ANTONIO MORA DE LA ROSA [cédula] 15,333.33 62 NIDIA ALTAGRACIA TEJADA ROSARIO [cédula] 27,852.73 63 NOEL FERRERAS FERRERAS [cédula] 10,193.04 64 PABLO GRACIANO CRUZ [cédula] 71,748.18 65 PABLO YSIDRO GUZMAN [cédula] 27,333.33 66 PEDRO FERNANDEZ CRUZ [cédula] 10,000.00 67 PEDRO SANTOS [cédula] 10,000.00 68 PRAXEDES VICENTE [cédula] 10,000.00 69 RAFAEL CESARIO BEATO DE LA CRUZ [cédula] 12,000.00 70 RAFAEL ANTONIO PEREZ FELIZ [cédula] 24,500.00 71 RAFAEL ANTONIO SANCHEZ [cédula] 22,167.50 72 RAFAEL FLORENTINO MONTERO [cédula] 16,256.04 73 RAMON GUERRERO NUÑEZ [cédula] 10,000.00 74 REYNA EVANGELINA ALCANTARA OTAÑO [cédula] 10,000.00 75 ROBERTO RAFAEL CARABALLO [cédula] 18,579.17 76 ROSA DIAZ MONTES [cédula] 10,000.00 77 ROSALINA VASQUEZ DE JESUS [cédula] 19,900.00 78 ROSITA GONZALEZ DIAZ [cédula] 80,000.00 79 RUTH ESTHER HERNANDEZ BROWN [cédula] 32,785.85 80 SARAH ORFELINA JOHNSON DE JESUS [cédula] 57,750.00 81 SORAYA ARACELIS DE LA ROSA [cédula] 10,000.00 82 TEOFILA ALTAGRACIA RODRIGUEZ DE QUEZADA [cédula] 34,027.78 83 VIRGINIA CASTILLO SUAREZ [cédula] 21,003.26 84 XIOMARA ANTONIA GUZMAN [cédula] 23,928.92 85 YOLANDA DE JESUS VENTURA ALMONTE [cédula] 10,000.00 86 YSABEL HEREDIA CRUZ [cédula] 22,314.60 87 YSOLINA PEÑA [cédula] 10,000.00 88 ANA ALICIA TOLENTINO CARELA DE CARRASCO [cédula] 10,000.00 89 ARGELIA MERCEDES GARCIA NATERA [cédula] 10,000.00 90 CARLOS MANUEL BATISTA SOTO [cédula] 10,000.00 91 CASIMIRO AVILA [cédula] 10,000.00 92 CONFESOR TINEO HERNANDEZ [cédula] 10,000.00 93 ERNESTO PANIAGUA PEREZ [cédula] 10,000.00 94 FERNANDO ARTURO POLANCO ALEMANY [cédula] 10,800.00 95 FERNANDO JIMENEZ RIVAS [cédula] 10,000.00 96 FRANCISCO GERARDO LEON HILARIO [cédula] 17,500.00 97 GERALDO JAVIER BRITO [cédula] 10,000.00 98 JOSE ANTONIO BEATO [cédula] 36,796.30 99 MARCELINO RIJO GUZMAN [cédula] 57,086.33 100 MARIA LORENZA GONZALEZ [cédula] 22,213.80 101 MILAGROS ALTAGRACIA NUÑEZ [cédula] 10,000.00 102 NESTOR DE LOS SANTOS CASTILLO [cédula] 77,000.00 103 RADHAMES GARCIA MERCEDES [cédula] 80,000.00 104 RENE VALDEZ ORTIZ [cédula] 10,000.00 105 SILVIO CESAR ALBURQUERQUE OLMOS [cédula] 42,000.00 106 VICENTE RHADAMES DIAZ [cédula] 10,000.00 107 ALBERTO ERNESTO RAMIREZ DE MARCHENA [cédula] 11,619.09 108 ALBERTO FERNANDO TORRES [cédula] 13,989.45 109 ALICIA ANTONIA TAVERAS TEJADA [cédula] 10,000.00 110 ANA BATISTA PEREZ [cédula] 10,000.00 111 ANA FRANCISCA FELIZ PLATA [cédula] 18,513.08 112 BEATRIZ DE JESUS CALDERON PERALTA [cédula] 10,027.47 113 BENITO ANTONIO RODRIGUEZ [cédula] 10,000.00 114 CANDIDA GONZALEZ [cédula] 10,000.00 115 CARLOS CESAR PEÑA PEÑA [cédula] 10,000.00 116 DIGNO CALDERON VILASECA [cédula] 13,200.00 117 DULCE MARIA ESPINAL CERDA DE PERALTA [cédula] 25,628.89 118 EDUVIGES DIAZ DE LEON [cédula] 24,125.93 119 EDUVIGES TERESA LIRIANO RIVERA [cédula] 50,951.28 120 EULALIA YSABEL DIAZ PUJOLS DE VALERA [cédula] 51,416.67 121 GILBERTO ANTONIO RIVERA DIAZ [cédula] 10,000.00 122 GILDA JOSEFINA RODRIGUEZ DE MARTE [cédula] 51,000.00 123 JOSE AGUSTIN TORRES [cédula] 10,000.00 124 JOSE ANDRES GALVA PINA [cédula] 10,000.00 125 JUANITA LLUBERES FLORES [cédula] 10,000.00 126 LEONCIA DEL JESUS FELIZ DE FELIZ [cédula] 25,333.33 127 LIDIO MARINO GOMEZ ULLOA [cédula] 11,615.06 128 LILIAM VIDAL GOMEZ DE MONTAS [cédula] 17,150.65 129 MODESTO ANTONIO DE LA CRUZ CARMONA [cédula] 80,000.00 130 NELSON AUGUSTO VALLEJO BROWN [cédula] 27,196.86 131 RAFAEL ANTONIO JOSE SANCHEZ INOA [cédula] 47,395.83 132 TEODORO TAPIA SENA [cédula] 12,992.26 133 TOMASINA BUTEN MIESES DE TAVERA [cédula] 10,000.00 134 YEUDY ALTAGRACIA ROSARIO LOPEZ [cédula] 34,109.46 135 YOLANDA ALCANTARA ALCANTARA [cédula] 10,000.00 136 YSABEL MARIA BENITEZ SOSA [cédula] 10,000.00 137 YSABEL TURBI ALCANTARA [cédula] 10,000.00 ARTÍCULO 2. Se reajustan las pensiones que les fueron asignadas por el Estado dominicano a las siguientes personas: Monto Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y RD$ electoral ALBA ROSA GOMEZ TERRERO [cédula] 20,777.78 FRANCISCO DE JESUS [cédula] 13,098.65 MILDRED ROSALIA RIVAS [cédula] 22,050.00 PILAR ALTAGRACIA VASQUEZ ANGELES DE GUZMAN [cédula] 19,845.00 FLOR MARIA MARTINEZ MATEO [cédula] 33,164.77 JORGE LUIS MARTINEZ VASQUEZ [cédula] 26,155.56 LUIS ARMANDO MINYETY RUIZ [cédula] 31,555.56 PLACIDO DE JESUS TORRES POLANCO [cédula] 56,444.44 RAMONA SANCHEZ TEJADA [cédula] 26,883.31 10 RHINA ALTAGRACIA ROSARIO VALDEZ DE JOHNSON [cédula] 80,000.00 11 RUBEN PEREZ GARABITO [cédula] 16,252.72 ARTICULO 3. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión del Estado, éstos podrán optar por la pensión que más les favorezca. ARTÍCULO 4. Si los beneficiarios del presente Decreto hubiesen cotizado en el Sistema de Capitalización Individual previsto por la Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, deberán agotar el proceso de traspaso de fondos del Sistema de Capitalización Individual al Sistema de Reparto, siempre y cuando cumplan con las disposiciones de la Resolución núm. 479-24, del 8 de enero de 2024 y sus modificaciones, aprobada por la Superintendencia de Pensiones, sobre Procesos Operativos para las Administradoras de Fondos de Pensiones, Fondos y Planes Sustitutivos, y en consecuencia, su afiliación también deberá pasar al Sistema de Reparto. ARTÍCULO 5. Se dispone, conforme al artículo 1 y su párrafo del Decreto núm. 402-19, del 20 de noviembre de 2019, que estas pensiones otorgadas por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tengan efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la Nómina de los Jubilados y Pensionados del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda. PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado tendrá un plazo no mayor de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, a partir de la fecha que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la Nómina de Pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo después de cumplido dicho plazo. ARTÍCULO 6. Envíese al Ministerio de Hacienda, a la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de julio del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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