Texto de la norma
Dec. núm. 415-25 que autoriza al Ayuntamiento Municipal del municipio Sabana de la
Mar, provincia Hato Mayor, a donar a favor del Estado dominicano, una porción de
terreno de 6,532,075.24 m2, ubicada en la parcela núm. 69, del Distrito Catastral núm.
39/6ta, provincia Hato Mayor, para ser incluida en el Plan Nacional de Titulación, a
través de la Comisión Permanente de Titulación de Terrenos del Estado. G. O. No.
11205 del 30 de julio de 2025.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 415-25
VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder
Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los Municipios o del
Distrito Nacional.
VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los
Municipios.
VISTA: La Resolución núm. 04/2024, del 25 de octubre de 2024, del Concejo de Regidores
del Ayuntamiento Municipal de Sabana de la Mar.
VISTA: La comunicación D.E. 1139-25, del 14 de julio de 2025, suscrita por el Director
Ejecutivo de la Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado (UTECT).
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se autoriza al Ayuntamiento Municipal del municipio Sabana de la Mar,
provincia Hato Mayor, a donar a favor del Estado dominicano la parcela que se describe a
continuación, con la finalidad de que sea incluida en el Plan Nacional de Titulación a través
de la Comisión Permanente de Titulación de Terrenos del Estado (CPTTE):
Parcela
Matrícula
Superficie
D. C.
Municipio/
Provincia
Propietario
Ayuntamiento
de Sabana de
[cédula],532,075.24 m2
39/6ta.
Hato Mayor
Sabana de la Mar
la Mar
ARTÍCULO 2. Envíese al Ayuntamiento del municipio Sabana de la Mar, provincia Hato
Mayor; a la Comisión Permanente de Títulos de Terrenos del Estado (CPTTE), al Ministerio
de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana (LMD), para su conocimiento y
ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de julio del año dos mil veinticinco (2025);
año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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