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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 326-25

que concede pensiones especiales del Estado de RD$50,000.00 mensuales, a 116 economistas, y aumenta las pensiones del Estado de que disfrutan seis (6) personas

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 jun de 2025fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 11199Gaceta Oficial del 17 jun de 2025
Poder Ejecutivoórgano
124personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Agueda Ondina Garcia Garcia de OsorioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Agustina Joseph UreñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Alcibiades Perez FriasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Altagracia Mildred Rosario AmparoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Amneris Guadalupe Ortiz Garcia de DominguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ana Romilda Suero Fanini de InoaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Aneudy Altagracia CustodioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Angel Antonio Dominguez SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Angel Maria Veloz ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Angel Miguel Inoa UreñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Angeles Santana LopezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Angelica Altagracia Tapia HernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Antonio BrazobanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Antonio Eladio Fernandez MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Balbina Joscelyne del Carmen Felix AriasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Bellamin Altagracia Velez RegaladoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Beneranda Antonia Garcia de MuesesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Benito Cordero ConcepcionEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Beronica Juliana Gomez MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Brigida Antonia Quezada BernabeEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmela Herasme MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carmen Virginia Guerrero LunaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cecilio Reyes SantanaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cesar Oriolys SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cleotilde Magdeleine Mendez Cuesta de de los SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Cristobal Rafael Brito GuerreroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Daniel CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Daniel Marte MarteEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Diego Roberto Wagner MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Diocelin Esther Velazquez SierraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Dionicio Eduardo Catano CatanoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Domingo Cedeño PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Efigenia Maritza Molina Cabrera de RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elisa Altagracia FranciscoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Elsa Josefina Lopez de RosarioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Epifanio JavierEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eugenio Cordero TaverasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Eusebio Rodriguez de LeonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fausta Maritza Altagracia Genere PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Felix Padilla CastellanosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fior Daliza Altagracia Lora PegueroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisca Antonia Cruz PaulinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Francisco Antonio Santana PerezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Frank Felix Puente CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Franklyn Martinez LirianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gerardo Antonio Taveras TaverasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gisela del Rosario Taveras de MaderaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Grecia Lucila Reyes WeberEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Guillermo Atanasio Torres CorsinoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Gustavo Adolfo Diaz HerreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ignacio de los Santos CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Indiana Martinez LirianoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Iris Celeste Merette de CabreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Isabel del Rosario Erazo Baez de EstrellaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jesus Maria Mendez DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Armando Ramon Miolan BadiaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Francisco Peña DominguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Jose Rafael Angeles TapiaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Antonio PlataEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Carlos Vargas MatosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juan Valerio Diaz DiazEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juana DipreEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Juanerys de Jesus Beard Gomez de GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Justiniano CabreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lidia Guillermina Urraca de la CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Lincoln Jocelyn Minaya GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Llamil Mercedes Herrera JimenezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Alberto Amador CastilloEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Fellito Moscoso RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Gonzaga Roman FerrandEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Julio Carreras AriasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luis Rafael Liriano MariaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Luz Adelaida Berreiro JimenezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel de Jesus Ramirez BautistaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel Enrique DumeEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Manuel Perez MesaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marcelino Galvez CapellanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Yoselin Martinez de RodriguezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Marianela Altagracia Olivares SamaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mayra Cecilia Santos Day de GermanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mayra Yvelisse Diaz SantiagoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mercedes Elizabeth Ramirez ContrerasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mirtha Xiomara Sierra LugoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nicolas Willian MendozaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nilda Mercedes Taveras CeballosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Nury Ricelda de Oleo MaderaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Orlando Antonio Hernandez MejiaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Osilia Ydalmy Mateo de VogelEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pablo Francisco Jimenez CabreraEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pablo Rafael Sosa AcostaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Pedro Luis Virella RivasEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Percido Rosario SueroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Porfiria Ferreras MedinaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Publio Cornelio Atila Saldivar SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Radys Maribel Vargas de RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Bedredin Antonio Mok GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Justino Lugo PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rafael Ledesma JoseEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramon Rodriguez SantiagoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ramona Victoria Jose Quezada de SalgadoEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Rosa Candida Davis Penn de GrullonEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ruth Mery Jimenez GarciaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sandra Magdalena del Jesus Cespedes de RubioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Santa Agueda Mieses JabierEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sonia Magaly Then OsorioEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sonia Mercedes Ceballos GuzmanEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Teresa Arias SanchezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Vianca Liorna Matos FernandezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Wellington de Jesus Guerrero RuizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Xiomara de los Angeles Arias Anziani de PegueroEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Yaskara de Jesus Vega de CruzEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Yolanda Eugenia Perez ReyesEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ysolina FelizEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Ysrael Feliz PeñaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Zacarias Zarzuela MartinezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Zoila Luz Mercedes Tiburcio QuezadaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Altagracia Emilia Guerrero de BautistaEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Carlos Manuel RamirezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Fernando Temistocles Feliz SuarezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Licelot Antonia Cambero Kevelier de GonzalezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Maria Altagracia Sosa Perez de SantosEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Mayra Luz Roa LopezEl decreto trae su cédula (no se publica)Pensión—
Sandra Magdalena del Jesus CespedesPensión—
Xiomara de los Angeles Arias AnzianiPensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 326-25 que concede pensiones especiales del Estado de RD$50,000.00 mensuales, a 116 economistas, y aumenta las pensiones del Estado de que disfrutan seis (6) personas. G. O. No. 11199 del 17 de junio de 2025. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 326-25 CONSIDERANDO: Que en el artículo 60 de la Constitución dominicana se consagra el derecho a la Seguridad Social, a través del cual el Estado tiene el deber de estimular el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, la discapacidad, la desocupación y la vejez”. CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado (DGJP), es una dependencia del Ministerio de Hacienda, que tiene como propósito administrar el sistema de reparto amparado en la Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, que crea un nuevo régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado dominicano para Funcionarios y Empleados Públicos, y que la Ley núm. 494-06, del 27 de diciembre de 2006, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda), la cual se encarga de administrar los fondos públicos generados por las cotizaciones de los ciudadanos en su vida laboral activa y del presupuesto que le es asignado conforme a la ley, destinado a hacer efectivo el pago de las pensiones que indican las leyes y planes correspondientes a tales fines. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, que establece un nuevo Régimen de Jubilaciones y Pensiones Civiles del Estado dominicano para los Funcionarios y Empleados Públicos. VISTA: La Ley núm. 494-06, del 27 de diciembre de 2006, de Organización de la Secretaría de Estado de Hacienda (hoy Ministerio de Hacienda). VISTA: La Resolución núm. 479-24, del 8 de enero de 2024, de la Superintendencia de Pensiones, que establece los Procesos Operativos para las Administradoras de Fondos de Pensiones, Fondos y Planes sustitutivos. VISTO: El oficio DGJP-2025-03827, del 13 de mayo de 2025, del Director General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, dirigido al presidente de la República en el que solicita pensiones especiales para varios economistas. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano por un monto de cincuenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$50,000.00) mensuales, a los siguientes economistas: Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y electoral AGUEDA ONDINA GARCIA GARCIA DE OSORIO [cédula] AGUSTINA JOSEPH UREÑA [cédula] ALCIBIADES PEREZ FRIAS [cédula] ALTAGRACIA MILDRED ROSARIO AMPARO [cédula] AMNERIS GUADALUPE ORTIZ GARCIA DE DOMINGUEZ [cédula] ANA ROMILDA SUERO FANINI DE INOA [cédula] ANEUDY ALTAGRACIA CUSTODIO [cédula] ANGEL ANTONIO DOMINGUEZ SANTANA [cédula] ANGEL MARIA VELOZ REYES [cédula] ANGEL MIGUEL INOA UREÑA [cédula] ANGELES SANTANA LOPEZ [cédula] ANGELICA ALTAGRACIA TAPIA HERNANDEZ [cédula] ANTONIO BRAZOBAN [cédula] ANTONIO ELADIO FERNANDEZ MARTINEZ [cédula] BALBINA JOSCELYNE DEL CARMEN FELIX ARIAS [cédula] BELLAMIN ALTAGRACIA VELEZ REGALADO [cédula] BENERANDA ANTONIA GARCIA DE MUESES [cédula] BENITO CORDERO CONCEPCION [cédula] BERONICA JULIANA GOMEZ MARTINEZ [cédula] BRIGIDA ANTONIA QUEZADA BERNABE [cédula] CARMELA HERASME MEDINA [cédula] CARMEN VIRGINIA GUERRERO LUNA [cédula] CECILIO REYES SANTANA [cédula] CESAR ORIOLYS SANCHEZ [cédula] CLEOTILDE MAGDELEINE MENDEZ CUESTA DE DE LOS SANTOS [cédula] CRISTOBAL RAFAEL BRITO GUERRERO [cédula] DANIEL CRUZ [cédula] DANIEL MARTE MARTE [cédula] DIEGO ROBERTO WAGNER MARTINEZ [cédula] DIOCELIN ESTHER VELAZQUEZ SIERRA [cédula] DIONICIO EDUARDO CATANO CATANO [cédula] DOMINGO CEDEÑO PEREZ [cédula] EFIGENIA MARITZA MOLINA CABRERA DE RODRIGUEZ [cédula] ELISA ALTAGRACIA FRANCISCO [cédula] ELSA JOSEFINA LOPEZ DE ROSARIO [cédula] EPIFANIO JAVIER [cédula] EUGENIO CORDERO TAVERAS [cédula] EUSEBIO RODRIGUEZ DE LEON [cédula] FAUSTA MARITZA ALTAGRACIA GENERE PEÑA [cédula] FELIX PADILLA CASTELLANOS [cédula] FIOR DALIZA ALTAGRACIA LORA PEGUERO [cédula] FRANCISCA ANTONIA CRUZ PAULINO [cédula] FRANCISCO ANTONIO SANTANA PEREZ [cédula] FRANK FELIX PUENTE CASTILLO [cédula] FRANKLYN MARTINEZ LIRIANO [cédula] GERARDO ANTONIO TAVERAS TAVERAS [cédula] GISELA DEL ROSARIO TAVERAS DE MADERA [cédula] GRECIA LUCILA REYES WEBER [cédula] GUILLERMO ATANASIO TORRES CORSINO [cédula] GUSTAVO ADOLFO DIAZ HERRERA [cédula] IGNACIO DE LOS SANTOS CASTILLO [cédula] INDIANA MARTINEZ LIRIANO [cédula] IRIS CELESTE MERETTE DE CABRERA [cédula] ISABEL DEL ROSARIO ERAZO BAEZ DE ESTRELLA [cédula] JESUS MARIA MENDEZ DIAZ [cédula] JOSE ARMANDO RAMON MIOLAN BADIA [cédula] JOSE FRANCISCO PEÑA DOMINGUEZ [cédula] JOSE RAFAEL ANGELES TAPIA [cédula] JUAN ANTONIO PLATA [cédula] JUAN CARLOS VARGAS MATOS [cédula] JUAN VALERIO DIAZ DIAZ [cédula] JUANA DIPRE [cédula] JUANERYS DE JESUS BEARD GOMEZ DE GONZALEZ [cédula] JUSTINIANO CABRERA [cédula] LIDIA GUILLERMINA URRACA DE LA CRUZ [cédula] LINCOLN JOCELYN MINAYA GARCIA [cédula] LLAMIL MERCEDES HERRERA JIMENEZ [cédula] LUIS ALBERTO AMADOR CASTILLO [cédula] LUIS FELLITO MOSCOSO RAMIREZ [cédula] LUIS GONZAGA ROMAN FERRAND [cédula] LUIS JULIO CARRERAS ARIAS [cédula] LUIS RAFAEL LIRIANO MARIA [cédula] LUZ ADELAIDA BERREIRO JIMENEZ [cédula] MANUEL DE JESUS RAMIREZ BAUTISTA [cédula] MANUEL ENRIQUE DUME [cédula] MANUEL PEREZ MESA [cédula] MARCELINO GALVEZ CAPELLAN [cédula] MARIA YOSELIN MARTINEZ DE RODRIGUEZ [cédula] MARIANELA ALTAGRACIA OLIVARES SAMA [cédula] MAYRA CECILIA SANTOS DAY DE GERMAN [cédula] MAYRA YVELISSE DIAZ SANTIAGO [cédula] MERCEDES ELIZABETH RAMIREZ CONTRERAS [cédula] MIRTHA XIOMARA SIERRA LUGO [cédula] NICOLAS WILLIAN MENDOZA [cédula] NILDA MERCEDES TAVERAS CEBALLOS [cédula] NURY RICELDA DE OLEO MADERA [cédula] ORLANDO ANTONIO HERNANDEZ MEJIA [cédula] OSILIA YDALMY MATEO DE VOGEL [cédula] PABLO FRANCISCO JIMENEZ CABRERA [cédula] PABLO RAFAEL SOSA ACOSTA [cédula] PEDRO LUIS VIRELLA RIVAS [cédula] PERCIDO ROSARIO SUERO [cédula] PORFIRIA FERRERAS MEDINA [cédula] PUBLIO CORNELIO ATILA SALDIVAR SANCHEZ [cédula] RADYS MARIBEL VARGAS DE RAMIREZ [cédula] RAFAEL BEDREDIN ANTONIO MOK GONZALEZ [cédula] RAFAEL JUSTINO LUGO PEÑA [cédula] RAFAEL LEDESMA JOSE [cédula] RAMON RODRIGUEZ SANTIAGO [cédula] 100 RAMONA VICTORIA JOSE QUEZADA DE SALGADO [cédula] 101 ROSA CANDIDA DAVIS PENN DE GRULLON [cédula] 102 RUTH MERY JIMENEZ GARCIA [cédula] 103 SANDRA MAGDALENA DEL JESUS CESPEDES DE RUBIO [cédula] 104 SANTA AGUEDA MIESES JABIER [cédula] 105 SONIA MAGALY THEN OSORIO [cédula] 106 SONIA MERCEDES CEBALLOS GUZMAN [cédula] 107 TERESA ARIAS SANCHEZ [cédula] 108 VIANCA LIORNA MATOS FERNANDEZ [cédula] 109 WELLINGTON DE JESUS GUERRERO RUIZ [cédula] 110 XIOMARA DE LOS ANGELES ARIAS ANZIANI DE PEGUERO [cédula] 111 YASKARA DE JESUS VEGA DE CRUZ [cédula] 112 YOLANDA EUGENIA PEREZ REYES [cédula] 113 YSOLINA FELIZ [cédula] 114 YSRAEL FELIZ PEÑA [cédula] 115 ZACARIAS ZARZUELA MARTINEZ [cédula] 116 ZOILA LUZ MERCEDES TIBURCIO QUEZADA [cédula] ARTÍCULO 2. Se aumentan a la suma de cincuenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$50,000.00) las pensiones que le fueron asignadas por el Estado dominicano, a las siguientes personas: Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y electoral ALTAGRACIA EMILIA GUERRERO DE BAUTISTA [cédula] CARLOS MANUEL RAMIREZ [cédula] FERNANDO TEMISTOCLES FELIZ SUAREZ [cédula] LICELOT ANTONIA CAMBERO KEVELIER DE GONZALEZ [cédula] MARIA ALTAGRACIA SOSA PEREZ DE SANTOS [cédula] MAYRA LUZ ROA LOPEZ [cédula] ARTÍCULO 3. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión del Estado, éstos podrán optar por la pensión que más les favorezca. ARTÍCULO 4. Se dispone, conforme al artículo 1 y su párrafo del Decreto núm. 402-19, del 20 de noviembre de 2019, que estas pensiones otorgadas por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tengan efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la Nómina de los Jubilados y Pensionados del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, del Ministerio de Hacienda. PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado tendrá un plazo no mayor de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, a partir de la fecha que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la Nómina de Pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo después de cumplido dicho plazo. ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda, a la Superintendencia de Pensiones y a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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