Texto de la norma
Dec. núm. 306-25 que crea una comisión consultiva con el objeto de evaluar la viabilidad
de construir en terrenos propiedad del Estado dominicano, ubicados en el Ensanche La
Fe, del Distrito Nacional, un Estadio de Beisbol que cumpla con los requerimientos para
albergar equipos de las Grandes Ligas del Beisbol (Major League Baseball – MLB).
Dicha comisión estará presidida por el Dr. Jorge A. Subero Isa e integrada por varios
miembros, con dependencia funcional del presidente de la República y adscrita
administrativamente al Ministerio de Hacienda. G. O. No. 11198 del 9 de junio de 2025.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 306-25
CONSIDERANDO: Que la República Dominicana es una nación en pleno crecimiento y
expansión de sus actividades productivas, recreativas y educativas, lo que requiere la
constante adecuación de las instalaciones pertinentes para dichas actividades, en procura de
la satisfacción plena de los derechos de la ciudadanía.
CONSIDERANDO: Que todo el Gran Santo Domingo ha tenido un impresionante
crecimiento en las últimas décadas, lo que le permite hoy alojar a distintas instituciones
públicas en el Distrito Nacional, como capital de la República, así como las más variadas
instalaciones destinadas a la educación, la atención médica, el desempeño laboral, la
actividad comercial, el alojamiento turístico, el entretenimiento, la práctica deportiva, la
gastronomía, entre muchas otras actividades.
CONSIDERANDO: Que es interés del gobierno incentivar aún más este desarrollo, siempre
en el marco de la planificación adecuada, el uso correcto de los territorios afectados, el diseño
oportuno del sistema de transporte y todas aquellas medidas que permitan el acceso de las
personas a las distintas edificaciones de la ciudad, con seguridad y facilidad.
CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano es propietario de importantes terrenos en la
zona conocida como ;‘E1 Ensanche La Fe”, ubicada en el Distrito Nacional, que resultan
oportunos para la edificación de modernas instalaciones deportivas y distintos proyectos de
desarrollo inmobiliario, tales como, plazas comerciales, hoteles, zonas residenciales, entre
otros, lo que ofrece un escenario favorable para el trabajo mancomunado con el sector
privado, lo que permitiría un importante crecimiento en la zona, la manifestación de
inversiones significativas en provecho de los distintos sectores que interactúan en el ámbito
de la construcción y el uso planificado y oportuno de los territorios.
CONSIDERANDO: Que es igualmente importante que la República Dominicana cuente con
un estadio de béisbol moderno y amplio, cónsono con el prestigio y el desarrollo histórico de
ese deporte en la nación, que esté en condiciones de acoger los eventos de más alto nivel en
la disciplina, como los partidos efectuados por los equipos de las Grandes Ligas del Béisbol.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 247-12, del 14 de agosto del año 2012, Orgánica de la Administración
Pública.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se crea una comisión consultiva, que tendrá por objeto evaluar la viabilidad
de construir, en terrenos propiedad del Estado dominicano ubicados en el sector “Ensanche
La Fe”, Distrito Nacional, un moderno estadio de béisbol que cumpla con todos los
requerimientos para albergar equipos de las Grandes Ligas de Béisbol (Major League
Baseball - MLB). Asimismo, dicha comisión evaluará otros proyectos orientados al
desarrollo integral de toda la zona, con el propósito de promover un uso eficiente y estratégico
del espacio público en beneficio del deporte, la recreación y el desarrollo urbano.
ARTÍCULO 2. La comisión consultiva estará integrada por las siguientes personas:
1. Dr. Jorge A. Subero Isa, quien la presidirá.
2. El Ministro de Deportes, miembro.
3. El Gerente General del Banco de Desarrollo y Exportaciones, BANDEX, miembro.
4. El Director Ejecutivo del Comisionado Nacional de béisbol, miembro.
5. Licda. Angélica Noboa Pagán, miembro.
6. Licda. Elka Shecker Mendoza, miembro.
7. Lic. Olivo Rodríguez Huertas, miembro.
8. Lic. Edgar Torres Reynoso, quien fungirá como director ejecutivo de la comisión.
ARTÍCULO 3. La dependencia funcional de la comisión consultiva será al presidente de la
República y su adscripción administrativa será al Ministerio de Hacienda.
ARTÍCULO 4. La comisión consultiva tendrá carácter temporal, concluyendo las funciones
de la misma con la culminación del objeto del presente decreto.
ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda, Ministerio de Deportes y al Banco de
Desarrollo y Exportaciones (BANDEX), para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los seis (6) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025); año 182
de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
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