Texto de la norma
Dec. núm. 275-25 que aumenta las pensiones del Estado de que disfrutan tres (3)
servidores educativos del Ministerio de Educación. G. O. No. 11196 del 29 de mayo de
2025.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 275-25
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024.
VISTA: La Ley núm. 66-97, del 9 de abril de 1997, General de Educación y sus
modificaciones contenidas en la Ley núm. 451-08 del 15 de octubre de 2008.
VISTA: La Ley núm. 87-0l, del 9 de mayo de 2001, que crea el Sistema Dominicano de
Seguridad Social.
VISTAS: Las comunicaciones Pr-In-2025-9978 y Pr-In-2025-10827, del 1 y 12 de mayo de
2025, del secretario general del Gabinete del presidente, dirigidas al Consultor Jurídico del
Poder Ejecutivo.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1. Se aumentan las jubilaciones asignadas por el Estado dominicano a los
siguientes servidores educativos, del Ministerio de Educación:
Monto
Núm.
Nombres y apellidos
Cédula de
identidad y
RD$
electoral
[cédula]0
María Juliana Concepción Durán Romero de
Almonte
Domingo Rodríguez Reyes
[cédula] 35,000.00
Lesbia Casilda Núñez Regalado
[cédula] 40,000.00
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Educación y al Instituto Nacional de Bienestar
Magisterial (INABIMA), para la aplicación del presente decreto.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025);
año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.