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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 242-25

que modifica el artículo 1 del Decreto núm. 588-23. Declara de utilidad pública e interés social una porción de terreno con una extensión de 6,707.17 mt2, ubicada en el municipio Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, para ser destinada a la construcción de dos (2) depósitos reguladores con capacidad para 1,300 m3 y 2,000 m3, como parte de la ampliación del Acueducto de Nagua a las comunidades Km. 3 y Km. 5, Altos de Palmares, Cruce Pirula, Cacaíto, Blanco y Emma Balaguer

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 may de 2025fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 11195Gaceta Oficial del 16 may de 2025
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 242-25 que modifica el artículo 1 del Decreto núm. 588-23. Declara de utilidad pública e interés social una porción de terreno con una extensión de 6,707.17 mt2, ubicada en el municipio Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, para ser destinada a la construcción de dos (2) depósitos reguladores con capacidad para 1,300 m3 y 2,000 m3, como parte de la ampliación del Acueducto de Nagua a las comunidades Km. 3 y Km. 5, Altos de Palmares, Cruce Pirula, Cacaíto, Blanco y Emma Balaguer. G. O. No. 11195 del 16 de mayo de 2025. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 242-25 CONSIDERADO: Que según los datos proporcionado por el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA), la cantidad de extensión superficial a utilizar y contratar con el propietario de la porción de terreno expropiada mediante el Decreto núm. 588-23, del 20 de noviembre de 2025, será de 6,707.17 m2. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 5994, y sus modificaciones, que crea el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA), del 30 de julio de 1962, y su reglamento de aplicación. VISTA: La Ley núm. 344, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943, y sus modificaciones. VISTO: El Decreto núm. 588-23, del 20 de noviembre de 2023, que declara de utilidad pública e interés social una porción de terreno con una extensión superficial de 7,404.13 m², dentro del ámbito de la parcela núm. 677, Distrito Catastral núm. 2, municipio Nagua, provincia María Trinidad Sánchez. VISTO: El oficio núm. 000339, del 28 de abril de 2025, remitido por el Director Ejecutivo del INAPA a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se modifica el artículo 1 del Decreto núm. 588-23, del 20 de noviembre de 2023, para que se lea de la manera siguiente: Se declara de utilidad pública e interés social para ser destinada a la construcción de dos (2) depósitos reguladores con capacidad de 1,300 m3 y 2,000 m3 como parte de la ampliación del Acueducto de Nagua a las comunidades Km. 3 y Km. 5, Altos de Palmares, Cruce Pirula, Cacaíto Blanco y Emma Balaguer, provincia María Trinidad Sánchez, una porción de terreno con una extensión superficial de 6,707.17 m², dentro del ámbito de la parcela núm. 677, Distrito Catastral núm. 2, municipio Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez, propiedad del señor Arístides Victoria José. Artículo 2. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA) y al Registrador de Títulos de Nagua, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona