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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 108-25

que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Comendador, al señor Salvador Francisco Holguín Haché. Deroga el Decreto núm. 657-24

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 mar de 2025fecha
Condecoracióntipo
G. O. 11190Gaceta Oficial del 20 mar de 2025
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 108-25 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Comendador, al señor Salvador Francisco Holguín Haché. Deroga el Decreto núm. 657-24. G. O. No. 11190 del 20 de marzo de 2025. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 108-25 CONSIDERANDO: Que el señor Salvador Francisco Holguín Haché, es un reputado jurista y académico con una destacada trayectoria y compromiso inquebrantable con la defensa de la soberanía nacional, las libertades fundamentales y los derechos esenciales. Además, se le reconoce por su labor en la difusión y promoción del legado del patricio Juan Pablo Duarte y Díez, tanto en vida como en obra. CONSIDERANDO: Que el ciudadano Salvador Francisco Holguín Haché ha participado de manera constante en la promoción de la educación y la cultura en el país, especialmente desde la entidad que hoy conocemos como Universidad de la Acción Pro Educación y Cultura (UNAPEC), de la cual ha sido por largos años miembro y posteriormente presidente de su Consejo Directivo, de su Comisión de Ética, hasta llegar al puesto de Rector Magnifico de dicho centro de estudios superiores. CONSIDERANDO: Que el ciudadano Salvador Francisco Holguín Haché, ha sido reconocido y condecorado por diversas instituciones públicas y privadas por llevar una vida de integridad y compromiso con nuestra sociedad, caracterizada por un gran liderazgo en la academia, un trabajo tesonero, una honestidad inquebrantable y dedicación incansable a las causas nobles que han inspirado a generaciones de dominicanos. CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano, en justo reconocimiento a la trayectoria profesional y a los aportes de don Salvador Francisco Holguín Haché a la sociedad dominicana, le hace merecedor de los más altos reconocimientos que concede el Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que conforme al artículo 10 de la Ley núm. 1113 de 1936, modificada por la Ley núm. 3916 de 1956, sobre la Orden del Mérito Duarte, Sánchez y Mella, el Grado Comendador se le confiere a aquellos dominicanos que hayan ostentado la función de: “gobernadores de provincias, a los secretarios de legaciones, a los encargados de negocios, a los presidentes o directores de academias o corporaciones científicas o literarias de mérito reconocido, a los decanos de facultades universitarias, a los superintendentes o directores generales de enseñanza, a los magistrados de las Cortes de Apelación y del Tribunal de Tierras, a los jefes de departamentos de la Administraci6n Pública, a los héroes de las guerras de Independencia y Restauración.” VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 1113, del 26 de mayo de 1936, que crea la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte, modificada por la Ley núm. 3916, del 9 de septiembre de 1954, que denomina la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte “Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella”. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se concede la condecoración de la Orden Duarte, Sánchez y Mella, en el Grado Comendador, al señor Salvador Francisco Holguín Haché. ARTÍCULO 2. Queda derogado el Decreto núm. 657-24 del 20 de noviembre de 2024. ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de marzo del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona