jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 106-25

que declara de utilidad pública e interés social, para ser destinadas a la construcción de planteles escolares, varias porciones de terrenos ubicadas en las provincias Puerto Plata, Peravia, El Seibo y Sánchez Ramírez

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 feb de 2025fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 11189Gaceta Oficial del 28 feb de 2025
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 106-25 que declara de utilidad pública e interés social, para ser destinadas a la construcción de planteles escolares, varias porciones de terrenos ubicadas en las provincias Puerto Plata, Peravia, El Seibo y Sánchez Ramírez. G. O. No. 11189 del 28 de febrero de 2025. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 106-25 VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943. VISTO: El oficio núm. MINERD-DESP. 0585, del 18 de febrero de 2025, remitido por el Ministro de Educación a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Se declara de utilidad pública e interés social la adquisición, por parte del Estado dominicano, para ser utilizados en la construcción de planteles escolares, los inmuebles que se describen a continuación: 1) Designación catastral núm. [cédula], con una extensión superficial de 16,506.11 m2, ubicada en Villa Montellano, Puerto Plata, amparado en el certificado de título matrícula núm. 3001226006, emitido a favor de la empresa CONSTRUCTORA DUALMA, S.R.L., por el Registrador de Títulos de Puerto Plata, la cual será utilizada para la construcción del Politécnico Villa Montellano Puerto Plata. 2) Una porción de terreno con una extensión superficial de 16,103.15 m2, dentro de la parcela núm. 2524, del distrito catastral núm. 07, que tiene una extensión superficial de 13 HAS, 28 AS,42 CAS, ubicada en Baní, provincia Peravia, amparado en el certificado de título núm. 24501, emitido a favor de COMPAÑÍA DURÁN MENCÍA AGROINDUSTRIAL, C POR A., por el Registrador de Títulos de Peravia, la cual será utilizada para la construcción del Politécnico Matanzas. 3) Una porción de terreno con una extensión superficial de 16,000.00 m2, dentro de la designación catastral núm. [cédula], que tiene una extensión superficial de 84,873.82 m2, ubicado en Miches, El Seibo, amparado en el certificado de título matrícula núm. 3000832485, emitido a favor de LINA MARÍA BURGOS MERCEDES Y MARCIAL BURGOS MERCEDES, por el Registrador de Títulos de El Seibo, la cual será utilizada para la construcción del Politécnico El Seibo. 4) Designación catastral núm. [cédula], con una extensión superficial de 11,994.38 m2, ubicado en Cotuí, Sánchez Ramírez, amparado en el certificado de título matrícula núm. 3000501560, emitido a favor de JOSÉ MIGUEL MARTE ADAMES, por el Registrador de Títulos de Cotuí, la cual será utilizada para la construcción del centro educativo Sur Zona Urbana. ARTÍCULO 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de los inmuebles afectados, para su traspaso al Estado dominicano, el Ministro de Educación realizará todos los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo a las leyes, para obtener la expropiación. ARTÍCULO 3. Los inmuebles declarados de utilidad pública mediante el presente decreto, serán pagados con fondos provenientes del Ministerio de Educación (MINERD). ARTÍCULO 4. Envíese a la Dirección General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al Ministerio de Educación (MINERD) y al Registrador de Títulos de Puerto Plata, Peravia, El Seibo y Cotuí, para su conocimiento y ejecución. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de febrero del año dos mil veinticinco (2025); año 182 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona