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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 87-25

que deroga los artículos 3, 4, 5, y 7 del Decreto núm. 333-20, los artículos 1 y 2 del Decreto núm. 413-22, así como el artículo 1 del Decreto núm. 22-24, que nombraron procuradores adjuntos de la Procuraduría General de la República

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 feb de 2025fecha
Cese, renuncia o revocacióntipo
G. O. 11189Gaceta Oficial del 28 feb de 2025
Poder Ejecutivoórgano
6personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Emilio RodríguezDeja sin efecto su designaciónprocurador adjunto de la Procuradora General de la República
Yeni Berenice ReynosoDeja sin efecto su designaciónprocuradora adjunta de la Procuradora General de la República
Mártirez Cirilo QuiñonesDeja sin efecto su designaciónprocurador adjunto de la Procuradora General de la República
José Vitervo Enrique Cabral GonzálezDeja sin efecto su designaciónprocurador adjunto de la Procuradora General de la República
Isis Germania de la Cruz DuarteDeja sin efecto su designaciónprocuradora adjunta de la Procuradora General de la República
Pedro José Frías Morillo GonzálezDeja sin efecto su designaciónprocurador adjunto de la Procuradora General de la República

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 87-25 que deroga los artículos 3, 4, 5, y 7 del Decreto núm. 333-20, los artículos 1 y 2 del Decreto núm. 413-22, así como el artículo 1 del Decreto núm. 22-24, que nombraron procuradores adjuntos de la Procuraduría General de la República. G. O. No. 11189 del 28 de febrero de 2025. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 87-25 VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTO: El Decreto núm. 333-20, del 16 de agosto de 2020, que nombra a Rafael Suárez, Edwin Acosta, Emilio Rodríguez, Yeni Berenice Reynoso, Mártirez Cirilo Quiñones, Army Esperanza Ferreira Reyes, María Ramos y Víctor Rodríguez, procuradores adjuntos de la República. VISTO: El Decreto núm. 413-22, del 3 de agosto de 2022, que nombra a José Vitervo Enrique Cabral González e Isis Germania de la Cruz Duarte, procuradores adjuntos de la Procuraduría General de la República. VISTO: El Decreto núm. 22-24, del 15 de enero de 2024, que designa a Pedro José Frías Morillo, procurador adjunto de la Procuradora General de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 333-20, del 16 de agosto de 2020, que designó a Emilio Rodríguez, procurador adjunto de la Procuradora General de la República. ARTÍCULO 2. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 333-20, del 16 de agosto de 2020, que designó a Yeni Berenice Reynoso, procuradora adjunta de la Procuradora General de la República. ARTÍCULO 3. Queda derogado el artículo 5 del Decreto núm. 333-20, del 16 de agosto de 2020, que designó a Mártirez Cirilo Quiñones, procurador adjunto de la Procuradora General de la República. ARTÍCULO 4. Queda derogado el artículo 7 del Decreto núm. 333-20, del 16 de agosto de 2020, que designó a María Ramos, procuradora adjunta de la Procuradora General de la República. ARTÍCULO 5. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 413-22, del 3 de agosto de 2022, que designó a José Vitervo Enrique Cabral González, procurador adjunto de la Procuradora General de la República. ARTÍCULO 6. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 413-22, del 3 de agosto de 2022, que designó a Isis Germania de la Cruz Duarte, procuradora adjunta de la Procuradora General de la República. ARTÍCULO 7. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 22-24, del 15 de enero de 2024, que designó a Pedro José Frías Morillo González, procurador adjunto de la Procuradora General de la República. ARTÍCULO 8. Envíese a la Procuraduría General de la República, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de febrero del año dos mil veinticinco (2025); año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona