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Decreto

Decreto 33-25

que crea el Consejo Consultivo para la Transformación Administrativa y Financiera de la Policía Nacional. Dicho consejo estará adscrito al Ministerio de la Presidencia e integrado por cinco (5) miembros designados por el presidente de la República, los cuales ejercerán sus funciones de manera honorifica

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 ene de 2025fecha
Designacióntipo
G. O. 11186Gaceta Oficial del 25 ene de 2025
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. núm. 33-25 que crea el Consejo Consultivo para la Transformación Administrativa y Financiera de la Policía Nacional. Dicho consejo estará adscrito al Ministerio de la Presidencia e integrado por cinco (5) miembros designados por el presidente de la República, los cuales ejercerán sus funciones de manera honorifica. G. O. No. 11186 del 25 de enero de 2025. LUIS ABINADER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 33-25 CONSIDERANDO: Que la sociedad dominicana demanda mayor efectividad y transparencia en la formulación y ejecución de las políticas públicas orientadas a mejorar el clima de seguridad ciudadana y a fomentar la convivencia pacífica entre nuestros habitantes. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece en su artículo 8 como función esencial del Estado la protección efectiva de los derechos de la persona. CONSIDERANDO: Que es interés del gobierno como parte del proceso de reforma, modernización y transformación de la Policía Nacional, asegurar el diseño e implementación de un nuevo modelo de gestión administrativa y financiera de la Policía Nacional y todas sus dependencias, que garanticen la eficiencia y transparencia en el manejo de los recursos que se invierten en la Policía Nacional y así consolidar los objetivos que se han alcanzado hasta la fecha, contribuyendo así a su fortalecimiento institucional. VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024. VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto de 2012, Orgánica de la Administración Pública. VISTA: La Ley núm. 590-16, del 15 de julio de 2016, Orgánica de la Policía Nacional. VISTA: La Ley núm. 1-12, del 25 de enero de 2012, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030. VISTO: El Decreto núm. 729-21, del 10 de noviembre de 2021, que crea el Fideicomiso para la Transformación y Profesionalización de la Policía Nacional. VISTO: El Decreto núm. 2-22, del 17 de enero de 2022, que crea la Comisión Ejecutiva para la implementación de los planes, estrategias y políticas de transformación y profesionalización de la Policía Nacional. VISTO: El Decreto núm. 20-22, del 14 de enero de 2022, que dispone el Reglamento de Aplicación de la Ley Orgánica de la Policía Nacional. VISTO: El Decreto núm. 353-24, del 25 de junio de 2024, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública. VISTO: El Decreto núm. 643-24, del 11 de noviembre de 2024, que establece los principios rectores, los lineamientos generales y la gobernanza del proceso de reforma modernización y transformación policial. VISTO: El Decreto núm. 32-25, del 22 de enero de 2025 que modifica el Decreto núm. 643- 24, del 11 de noviembre de 2024. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1. Creación. Se crea el Consejo Consultivo para la Transformación Administrativa y Financiera de la Policía Nacional, con el objetivo de crear un nuevo modelo de gestión administrativa y financiera para la Policía Nacional, que asegure la administración eficiente y transparente de los recursos, y su cabal cumplimiento por la Policía Nacional y todas sus dependencias, conforme los principios rectores de la reforma policial. Estará adscrito al Ministerio de la Presidencia, de conformidad con las disposiciones del párrafo del artículo 55 del Decreto núm. 353-24, del 25 de junio de 2024, que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública. ARTÍCULO 2. Integración. El Consejo Consultivo para la Transformación Administrativa y Financiera de la Policía Nacional estará compuesto por cinco (5) miembros designados por el presidente de la República en base a sus competencias profesionales y experiencia, de reconocida solvencia moral. ARTÍCULO 3. Carácter Honorífico. Los miembros del Consejo Consultivo para la Transformación Administrativa y Financiera de la Policía Nacional ejercerán sus funciones con carácter honorífico. ARTÍCULO 4. Atribuciones. El consejo tendrá entre otras las siguientes atribuciones: a) Analizar y evaluar los diagnósticos actuales relativos a la gestión administrativa y financiera de la Policía Nacional. b) Diseñar un nuevo modelo de gestión administrativa y financiera para la Policía Nacional con el propósito de fortalecer las capacidades administrativas y financieras de la Policía Nacional para la administración eficiente y transparente de los recursos destinados al funcionamiento de la institución policial, incluyendo los mecanismos de control, responsables, organigrama de toma de decisiones, entre otros aspectos, con la finalidad de ser presentado a la Comisión Ejecutiva para su revisión y aprobación, y posterior implementación por la Policía Nacional. c) Preparar y proponer para revisión y aprobación de la Comisión Ejecutiva un plan de implementación y ejecución del nuevo modelo de gestión administrativa y financiera para la Policía Nacional y su correspondiente cronograma. d) Monitorear el cumplimiento del plan de implementación y ejecución del nuevo modelo de gestión administrativa y financiera para la Policía Nacional y su cronograma de ejecución que sea aprobado por la Comisión Ejecutiva y presentar informes de monitoreo al presidente de la República y a la Comisión Ejecutiva cada vez que esta se reúna, o cada vez que sea requerido o se entienda necesario. e) Presentar el Plan de Implementación y Ejecución del Nuevo Modelo de Gestión Administrativa y Financiera para la Policía Nacional y su cronograma de ejecución una vez sea aprobado por la Comisión Ejecutiva en las instancias correspondientes, con la finalidad de que se conozcan las necesidades financieras para la ejecución del plan y se logren los apoyos y aportes necesarios. f) Cualquier otra asignación que le sea encomendada por el presidente de la República, en el marco del proceso de transformación y profesionalización de la Policía Nacional. ARTICULO 5. Apoyo Técnico-Administrativo. El Consejo Consultivo para la Transformación Administrativa y Financiera de la Policía Nacional tendrá las unidades de apoyo técnico-administrativo necesarias que serán dirigidas por un coordinador técnico designado a estos fines por el presidente de la República para el cumplimiento de los objetivos del consejo, y se apoyará en cuanto entienda necesario de los equipos técnicos conformados por el comisionado ejecutivo. ARTICULO 6. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República, a los veintidós (22) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025), año 181 de la Independencia y 162 de la Restauración. LUIS ABINADER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona